juntar a Cabildo para oy dicho dia a benido a este Cabildo con los demas regidores para que se haga la elesion que falta y no se dilate mas tiempo y asi lo pidio y requirio a los señores Capitulares. E bista la dicha propusision por los dichos Capitulares atento que Luys Gonsales portero de este Cavildo tiene dado por fe como busco a todos los regidores y no hallo a Juan Barragan ni a Bysente de Bracamonte y que en su posada le dixeron que habia ydo a Lujan nuebe leguas de esta siudad se haga la dicha elesion y se bote como es costumbre. Yo el dicho escrivano hize saber a los señores alcaldes y Capitulares abian remitido a el una petision presenta por parte de Fransisco Gonsales Pacheco alguazil Mayor de esta siudad-con una certificasion de como estaba pagado y enterado en la Real Caxa de Potosi todos los treyta y un mill pesos del presio del dicho su ofisio la qual los dichos Capitulares mandaron que se leyese y por ellos bista dijeron que yo el dicho escrivano trayga el proceso y autos y confirmasion que el dicho Señor Governador hizo sobre la bara del dicho Francisco Gonzales Pacheco para que se bean. E yo el dicho escribano doy fe que los autos fechos por el dicho Señor Gobernador sobre la bara del dicho Francisco Gonsales Pacheco me los tomo y pidio el dicho Señor Gobernador y yo se los entregue originalmente por su auto y carta de pago que me dio la qual esta presto de ysibir con el titulo de la confirmasion de el dicho ofisio que eso solo tengo en my poder-Y bisto por los dichos Capitulares y la Real cedula de confirmasion que yo el dicho escribano ysibi yncontinente firmado de el rey nuestro señor y refrendada de Pedro de Ledesma su data en Madrid a dies de Noviembre de mil y ceysientos y beynte y tres Confirmasion del Alguacil Mayor Francisco Gonsales Pacheco. Capitulo. años en la qual esta un capitulo del tenor siguiente. La qual dicha merced os hago con tanto que luego que sea cumplido el plaso de que abeis de aber acabado de pagar el presio del dicho ofisio entereys mi Caja Real de toda la cantidad que debieredes como estais. obligado y no lo cumpliendo asi es mi voluntad y mando a el Cabildo de la dicha siudad no os deje usar mas del y os quiten esta my probision y no os la vuelvan hasta que conste que abeis cumplido con lo sobre dicho. Y bisto por los dichos Capitulares la dicha Real Confirmasion la obedesieron con el debido acatamiento besandola y poniendola sobre su cabesa y atento que por la dicha certificacion costa que el dicho Francisco Gonsales Pacheco tiene pagado y enterado en la Real Caja de Potosi todos los treynta y un mil pesos de el presio del dicho su ofisio como costa de la dicha certificacion del contador Gusepe Say de Lurdua-fecha en Potosi a beynte y quatro de Setiembre de mil y ceysientos y beynte y siete años-todos unanimes y conformes mandaron que yo el dicho escribano ponga un traslado autorizado en este libro de cavildo de la petision de el dicho Francisco Gonsales Pacheco y de la dicha certificacion y real cedula de confirmacion y del auto y carta de pago que digo tener en my poder de el resibo de los autos originales de la causa del dicho Alguasil Mayor que me pidio el dicho Señor Gobernador. Y mandaron que el dicho Francisco Gonsales Pacheco Alguasil Mayor use su ofisio como su Magestad lo manda por la dicha Real confirmasion la qual se le entregue originalmente despues que este asentada en este libro dejando carta de pago de el resibo y se le notifique a Antonio de Aspitia deje la bara que trae y no use della so las penas por derecho dispuestas contra los que usan ofisios de que no tienen facultad. Y todos los dichos Capitulares mandaron a Luys Gonsales Portero de este Cabildo baya a casa del dicho Francisco Gonsales Pacheco Alguasil Mayor y lo llame para que se halle en este cabildo a la elesiones y demas cosas el qual bino y entro en este Cabildo el dicho Alguasil Mayor y se sento en su lugar y se le notifico lo probeydo por este cabildo y se le dio notisia de todo lo que esta propuesto en el sobre las elesiones de procurador general y mayordomos de los propios y del ospital y fecho esto se trato y confirio de elexir personas para procurador general y abiendolo tratado y conferido todos. los dichos capitulares. El Capitan Gonsalo de Carabajal Alcalde de primer boto-dijo que atento a la satisfasion que tiene de el alferes Simon Guerra de Herrera vezino de esta siudad y la buena quenta que a dado este año pasado en el uso y ejersisio del ofisio de procurador general en que fue elexido y que salio a la Real Audiensia a dar quenta de los esesos y daños de la real hazienda fechos por el Gobernador y otras personas sobre que se a traydo jues para su remedio. Dijo que su boto y pareser es que lo da y es para que el dicho alferes Simon Guerra de Herrera sea procurador general de esta siudad este presente año de ceysientos y veynte y ocho por que lo reelige por tal procurador general-y el dicho Señor alcalde Pedro Sanches Garson y los dichos Señores Francisco Gonsales Pacheco alguasil Mayor y Bernardo de Leon depositario general y Capitan Juan de Bergara y Capitan Domingo de Ybarra regidores y cada uno dellos dijeron que se conformaban y conformaron con el boto y pareser de el dicho Señor Alcalde Gonsalo de Carabajal y asi de conformidad todos los dichos Capitulares alcaldes y regidores relijieron al dicho alferes Simon Guerra de Es llamado el Alguasil mayor para que asista al cabildo. Reeleccion de Procurador Gene ral. Juramento. Herrera por procurador general de esta siudad para que no aunque aqui no bayan declarados de manera que por falta Y luego los dichos capitulares todos de un acuerdo y conformidad religieron y nonbraron por mayordomo de los propios de este cabildo a el dicho Bernardo de Leon depositario general el qual dio su boto para Mayordomo a el alferes Simon Guerra de Herrera y mediante la dicha elesion lo aseto el dicho Bernardo de Leon el dicho cargo de Mayordomo de la siudad y juro por Dios nuestro Señor y por los santos ebangelios y por una señal de la crus que hiso con su mano de usar bien y fielmente del dicho ofisio como debe y es obligado a su leal saber y entender y dar buena quenta dellos quando se le pidiere y asi quedo resibido por tal Mayordomo dellos por este año de ceysientos y beynte y ocho. Y luego los dichos capitulares trataron de nonbrar Mayordomo de el ospital del Señor San Martin de esta siudad como patron que es de esta siudad y cada año se acostumbra mediante ser patron del este cabildo y abiendolo tratado y conferido todos de conformidad digeron que atento que el hermano Martin de Ro Mayordomo. Mayordomo del |