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que tenían el Excmo. Señor Marqués de Grimaldi y la Dirección General de Madrid.

>Se publicaron los Vandos correspondientes para anunciar en todo el Reyno la Administración bajo las mismas reglas que hasta entonces había observado el Correo mayor Méndez Prieto, por haber S. M. prevenido no se hiciese la menor novedad, añadiendo que tampoco se cobrase sobre porte de Tierra en las Cartas de la correspondencia Marítima; pero con el motivo de las franquicias que estavan en práctica por lo respectivo á los pliegos del Reyno y á favor de los Tribunales y Ministros que exercen empleos y Comisiones del Real servicio, se arregló este punto en otra Providencia, sin que pudiera trascender á los portes del Correo Marítimo, de que ni aun los Señores Virreyes están exentos en América.

>> La absoluta falta de fondos en los Ramos de penas de Cámara y gastos de Justizia, y las repetidas Instancias que hicieron algunos particulares empleados al Superior Govierno quando me hallava ausente en las Provincias Internas, dieron margen á que se extendiera la franquicia más allá de los límites prefinidos, pues llegó á importar más de catorce mil pesos, y con este motivo previno el Excmo. Señor Marqués de Grimaldi que los portes de todas las cartas del Correo Marítimo se pagasen conforme á lo dispuesto en el Reglamento Provisional, arbitrando á este fin medios equivalentes, en defecto de fondo de pena de Cámara y gastos de Justizia.

» Acabamos de resolver este punto, justamente recomendado, con la prevención de que á falta de caudal en los expresados Ramos de penas de Cámara y gastos de Justizia se paguen de Real Hazienda los portes de pliegos y cartas de oficio que vengan de España ó de las Islas dirigidos al Virreynato y Tribunales Superiores ó perpetuos del Reyno.

>>El otro punto de los extraordinarios de acaballo y de apié, que también queda arreglado en Vando de 10 del

presente mes, será tan útil á la Renta como de conocido beneficio á la causa Pública y alivio á los pobres Naturales que suministran los caballos y mulas de carga quando las necesitan los correos; mas supuesto que los perjuicios continuos que sufren y reclaman los miserables sobre quienes recae esta carga, no cesarán enteramente hasta que se establezcan Postas en las carreras principales del Reyno, es preciso informar desde luego sobre este particular al Excmo. Señor Marqués de Grimaldi, en consecuencia de la reserva que hemos hecho por la última providencia de 10 del corriente, recordando á S. E. que desde el año de 64, en que formó el Reglamento y dió Instrucción particular á Don Domingo López para establecer el correo marítimo y la correspondencia de México á Veracruz, le mandó poner Postas en esta Carrera, que es la más frecuentada por los muchos Extraordinarios que se despachan.

>>Hay vastantes Provincias donde hasta ahora no se ha establecido Estafeta ni correo ordinario, por la corta ó ninguna utilidad que ofrece la poca correspondencia de ella con esta Capital y las demás Poblaciones grandes del Reyno; pero á vista de hallarse en Administración de cuenta de la Real Hazienda varios Ramos de ella, y que desde principios del año inmediato deben pagarse de cada uno los portes de cartas y pliegos que anteriormente fueron francos ó se remitían por cordillera con notable retardación, soy de sentir que se establezcan oficios en los Pueblos de Provincia que sean cabezas de partido, y que se destinen Correos de apié á conducir estas correspondencias, que aunque dejen corta utilidad á la Renta, fomentarán el Comercio y producirán otros beneficios al Real Erario y al Público.

»Creo, por fin, que habiendo llegado los valores líquidos de este Ramo á cerca de ochenta mil pesos en el año próximo anterior, quando están ceñidos sus oficios y giro á solo dos carreras, podrá tener un considerable aumento con las Providencias dadas ahora, y por el medio de extender las Estafetas á los Pueblos de numeroso Vecindario que hay en

diferentes Provincias, economizando los gastos mediante los Indios ú otros correos de apié que hacen tanta ó más diligencia que un extraordinario acaballo y ganan mucho

menos.»

Del estado anexo al informe que precede, aparece, con efecto, que en el año de 1770 la renta de correos produjo en México y Veracruz 1.110.101 reales, de los cuales se descontaron, por cartas sobrantes, francas de portes y devueltas, más de 132.000; por gastos propiamente dichos, cosa de 466.000, y el resto íntegro, de 612.844 reales ($ 76.855), se remitió á la Habana, conforme á lo entonces establecido, para los gastos de esa dependencia de la Corona.

En la instrucción reservada que el conde de Revilla Gigedo, don Juan Vicente Güemes y Pacheco, dejó á su sucesor el marqués de Branciforte, con fecha 30 de Junio de 1794, vemos que esta renta producía entonces 1.400.000 reales, ó sean $ 175.000 líquidos, y que habíase establecido un segundo correo semanario en los caminos principales, que eran los de Veracruz, Tierra-dentro y Valladolid,

El barón de Humboldt, en su «Ensayo político sobre la Nueva España (1)», estimaba ya en doscientos cincuenta mil pesos anuales el producto líquido de la renta de correos á principios del siglo pasado; suma que lejos de aumentar había disminuído al principio de nuestra vida nacional, sin duda por el desquiciamiento que en todos los ramos de la administración pública produjeron, primero, la guerra de Independencia y después nuestras perpetuas contiendas interiores, pues el señor doctor Mora (2) nos hace saber que en el año fiscal de 1832, el correo sólo tuvo un rendimiento líquido de $ 213.844.

En ésta, como en otras muchas materias, México independiente no hizo por largo tiempo sino continuar las tradiciones y prácticas coloniales, considerando el correo más como fuente de recursos que como servicio puesto á cargo y

(1) Tomo IV, pág. 224

(2) México y sus revoluciones, tomo I, pág. 462.

bajo la salvaguardia de la autoridad en beneficio común. No es, pues, extraño que este ramo haya dependido del Ministerio de Hacienda, hasta que en 13 de Septiembre de 1863 pasó al de Gobernación, que en la memoria presentada al sexto Congreso á fines de 1871, le informa de que este ramo estaba regido todavía por las «Ordenanzas coloniales, con muy ligeras modificaciones hechas por las leyes de 4 de Octubre de 1842 y 28 de Agosto de 1852».

Así continuaron las cosas, procurando, sin embargo, todos los gobiernos desde el restablecimiento de la República en 1867, invertir los productos del correo en mejorar gradualmente el servicio, que fué extendiéndose poco á poco y que, subviniendo con sumas algunas veces de importancia á varias líneas de vapores en el Golfo de México y en el Pacífico, á fin de que establecieran y mantuvieran una comunicación regular entre nuestros puertos y algunos del extranjero, contribuyó en mucho á desarrollar el tráfico mercantil.

Á pesar de todo, nuestras instituciones postales vivían bajo un anticuado régimen de rutina y de tradición; y aunque en 1852 habíase introducido la importante reforma del previo franqueo por el uso del sello ó estampilla postal, distaba todavía mucho nuestro correo de prestar al público. los numerosos servicios que en otros países le prestaba ya por entonces.

El acontecimiento que vino á modificar radicalmente el correo entre nosotros fué nuestro ingreso á la Unión Postal Universal, acordado en 1877 por el ministro de Gobernación don Trinidad García y llevado á efecto en 1878 con tanto acierto como atrevimiento; pues necesitábase, en verdad, una valerosa resolución para obligar á la República por pacto internacional á desempeñar, conforme á las reglas adoptadas en las naciones más cultas y ricas de la tierra, un servicio que estaba aquí en pañales y para el que no teníamos ni buenas vías de comunicación, ni empleados bien instruídos y casi ni los recursos pecuniarios ni los medios de acción más indispensables. Y para que no se crea que

exageramos la importancia de este acontecimiento, véase cómo la juzga el último y progresista Director general de Correos don Manuel de Zamacona é Inclán, en el discurso que pronunció el 14 de Septiembre de 1902, al colocarse la primera piedra de la nueva Casa de Correos de esta capital:

«Contribuyó, empero, muy eficazmente á introducir saludables reformas en nuestro servicio de correos, la adhesión de México á la Unión Postal Universal en 1878. El cambio activo de correspondencias con otros países más adelantados, hizo patente lo defectuoso de nuestras instituciones postales, produciéndose tan singulares anomalías como la de que los portes internacionales fueran más bajos que los del interior del país, en términos de que una correspondencia podía enviarse de la ciudad de México á nuestros antipodas y volver á Veracruz, dando la vuelta á la tierra, por menos costo que si se enviara de la capital de la República directamente al puerto más inmediato en nuestro litoral del Golfo.

»

>> Se impuso entonces como urgente una reforma radical, y de allí nacieron los Códigos de 1883 y 1894 y el Decreto de 26 de Enero de 1899.

>> La Unión Postal Universal, esa obra digna de enumerarse entre las más grandiosas de nuestros días, no sólo vino á hacernos accesible casi toda la superficie del globo, sino que fué para nosotros verdadera escuela en materia de correos y fuerza irresistible que nos obligó á adoptar las prácticas postales modernas.

»¡Bien hayan quiénes decretaron el ingreso de México en ese pacto de Unión que, salvando las fronteras internacionales, ha venido á constituir un solo territorio postal de cien inillones de kilómetros cuadrados, con mil millones de habitantes! ¡Bien hayan los genios creadores de organización tan benéfica, que influye sobre los mismos elementos que la forman, remolcando aún á los pueblos rezagados en el camino del progreso é infundiéndoles con su contacto mágico movimiento y vida!»

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