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marques de Casa-fuerte informó al rey nuestro señor largamente sobre lo importante que será en esta ciudad la casa y fábrica de moneda, que tanto deseamos conseguir. Por último, en las de noviembre y diciembre del mismo año 730 se da noticia de la llegada de azogues, la viveza y provecho del trabajo en las minas, y la venida de 9 mil marcos de plata.

La concesion de casa de moneda á Guatemala fué hecha en cédula de 17 de enero de 1731, y la noticia de ello comunicada por el agente, recibida en 7 de agosto siguiente. Fué cometida su ejecucion al virey de Nueva-España, quien en cumplimiento nombró oficiales que viniesen, y por director al presbítero don José Eustaquio de Leon, remitiendo así mismo utensilios de labor y los sellos: de lo cual envia noticia el virey en carta de 3 de agosto de 1732, que vino con otra de 6 de agosto del señor Cosio marques de Torre-Campo, manifestando lo satisfactorio que le habia sido cooperar á la concesion y ejecucion de todo, que fueron recibidas en cabildo de 31 de octubre siguiente.

Puesto á camino el director con sus oficiales, los sellos é instrumentos, avisa hallarse en Oaxaca en carta recibida en cabildo de 27 de enero de 1733, en el cual se dispuso la solemnidad de su recibimiento que se hizo el dia 17 de febrero, segun relacion de Juarros trat. 2 cap. 9; quien añade que en marzo siguiente comenzó á acuñarse la primera moneda. Entónces regia el sello de Felipe V, y como este monarca era de la casa de Borbon, habian desaparecido otra vez las columnas, y se fabricaba la moneda con dos escudos de armas, las de Castilla y Leon de un lado; y del otro, no ya las de la casa de Austria, sino de la familia reinante, en que aparecen las flores de lis, y el escudo todo con corona imperial. Tales faces muestran cuatro monedas de á dos reales, que se han traido á la vista, todas circulares sin labor al canto, con el nombre de Felipe V de un lado, y del otro: rey de las Españas; sin designacion de lugar: una tiene el año de 1718, dos el de 1722 y la otra de 1725. En otra moneda, de tradicion, mexicana tambien de á dos reales, se han reconocido ambos escudos, y puede pertenecer al mismo reinado: tiene ambas superficies medianamente planas, y el contorno trozado en varias direcciones.

De este último género ocurre estimar la primera moneda acuñada en Guatemala por el esmero con que estan marcados multitud de pesos, que se han tenido á la vista, y llevar la letra de Phe

lippe V por la gracia de Dios rey de las Espaňás y las Indias, y así mismo el año de 1733. Ademas de estos pesos, se han reconocido otros vaciados de ley inferior del mismo año, sin duda falseados. Uno del Perú tambien del año de 1733 de buena ley aparece con columnas, y con toda la irregularidad de los moclones. En el año de 1734 ya hubo novacion. En un peso mexicano de este año, las armas que antes llenaban dos escudos, ahora ocupan uno solo, siendo colocadas las flores de lis en el centro de los castillos y leones; y quedando despejada la otra faz de la moneda, son repuestas las columnas, no ya solas, sino al resguardo de los hemisferios, con la letra: ambas uno, que hace un solo reyno de ambas Españas. Ademas, este duro es circular, y tiene el canto ó lomo labrado con un cordon, que ciñe toda la medianía, ampliandose, y angostándose, y llenándose las angosturas con labor que sale de los lados para el medio, todo muy bien calado, y haciendo juego con la guarda de la superficie. En 1735 aun continúan en el Perú las columnas enrejadas y la irregularidad moclona.

En extracto tomado de los expedientes de la casa de moneda, al artículo 22 se leé: que puesta en corriente, se observó, que las labores de plata no correspondian á los informes echos á S. M. de la abundancia de metales, que dió motivo principalmente á concederse su establecimiento; y en cabildo de 26 de octubre de 734 se ve dársele traslado de una pretension que hacen los oficiales inferiores de la casa, pidiendo se les hagan buenos los 75 mil marcos, que informó esta ciudad, podrán labrarse, atento á que no tenian ellos en qué trabajar, y adquirir su manutencion. Se refiere tambien en el art. 22, que se dictaron varias providencias para celar el extravio de las platas, que se destinaron para rescate de ellas 80 mil pesos del caudal de la real hacienda, y que el director propusiese las ordenanzas mas adaptables para el gobierno de la casa. Mas adelante desaprueba el rey que los 80 mil pesos destinados para rescate de platas, se aplicasen á la habilitacion de los mineros; y son aprobadas las monedas remitidas y labradas en esta casa en cédula de 5 de julio de 739, porque habiéndose reconocido, dice, por la junta de moneda y comercio, se encontraron ajustadas con muy poca diferencia á la ley y peso que deben tener.

Echevers en la primera parte de su ensayo mercantil impresa en 1741, al número 33 escribe: creyéndose por los zelosos del bien público, que para adelantar las minas era el mejor medio el esta

blecimiento de la casa de moneda, se empleó todo esfuerzo en conseguirla; pero el efecto no ha respondido como se deseaba, porque sin fomentarse la saca de metales, es imposible verse plata, y todos han concebido mucho riesgo para dicha labor. Al presente se beneficia la plata á fuego, á excepcion de la de Alotepeque, en que es por azogue, y en ello reconocerémos cuanto podrá adelantarse con el ahorro: porque en los Potrerillos donde ay mayor abundancia de metales, aunque no de los mas ricos, para el beneficio de la liga, necesitan entre otras cosas 4 tiradores de fuelles á 4 reales, los que se pudieran ahorrar, haciendo en lugar de los fuelles, un soplo de agua, con que, en tanto que por los fuelles se fundan 6 quintales, por el soplo se funden 30. De la escasez de víveres se originan tambien desórdenes con gran menoscabo de las minas, porque las desamparan casi todos los años la mayor parte de los operarios por la falta de bastimentos. Al número 44, dice: la mina de Opoteca al presente está desamparada por causa de la dureza de sus metales, al tanto que son los mas ricos. Tambien está la mina del Corpus al presente desamparada por falta de medios para el socabon que necesita.

En la segunda parte impresa el año de 742 al número 32 escribe. Las minas por ahora trabajadas por gente pobre, producen al año 300 mil pesos. Pudieran rendir doblada cantidad solo con que se costearan por una compañia algunos ingenios ó molinos para beneficiar por azogue todos los metales que no son de fuego. Para todo ayudan las disposiciones de este reyno. Así se ve haciéndose el careo con las minas de Zacatecas que mantienen 7315 mulas para el manejo de 97 molinos: en las minas de este reyno se ahorraba la exorbitancia de este gasto por los rios que ay, para mover los molinos. Allá les cuesta el azogue á 90 pesos quintal: acá por la nueva concesion de S. M. á favor de la minería les costará poco mas de 30 pesos.

Al número 37 dice. Los españoles luego que se posesionaron de este reyno, se aplicaron á la minería, que en los primeros tiempos floreció, hasta que en estos últimos ha llegado á la mayor decadencia, y no obstante esta, entran cada año en esta ciudad como producto de las minas 300 mil pesos, fuera de lo que se extarvia para el comercio ilícito á la costa de Honduras: multipliçados pues éstos por 218 años, que ha que estan establecidos los españoles montan 65,400.000 pesos, sin que en esta suma se in

cluyan las inmensas cantidades de oro, que se sacaron al fin del siglo pasado de las minas del Corpus, del que no ha quedado mas que el que se empleó en dorar retablos, ni tampoco (así el original) de la moneda de plata y oro venida del Perú en todo este tiempo; sino solo la poca plata perulera, que está circulando en el comercio, y por gastada no es apetecida para fuera del reyno, cuyas dos partidas pueden importar igual ó mayor cantidad de miIlones que los que se regulan de la saca anual, y de todos estos no ha quedado mas que una bagilla, y la plata que religiosamente se ha destinado para el culto y adorno de los templos.

En real órden de 31 de julio de 746 se avisa la remision de nuevos sellos con el nombre de Fernando VI por fallecimiento del monarca antecesor: se han reconocido multitud de pesos y tostones de esta clase, reputados mexicanos con el nombre del príncipe reinante, los dos hemisferios, y el año de la acuñacion entre dos GG, planos en ambas superficies y trozados en todas direcciones. En otra de 14 de mayo de 751 manda S. M. se labre la moneda circular, como en la casa de México: lo que comenzó á verificarse, y tuvo cumplimiento el año de 754.

El director Leon, evacuó el encargo de proponer unas ordenanzas; y el superintendente Aguirre, haciendo observaciones acerca de ellas, en el cap. 2 da noticia, de que el año de 736 se amonedaron 28.930 marcos de plata: en 737 la cantidad de 33.642 marcos en 738 la de 32.601: en el de 739 la de 38 mil; y en el de 752 la de 31 mil. Mas estos fueron los años de abundancia, que en algunos fueron 16 mil: en el de 49 quince mil: en el de 50 diez y ocho mil: en el de 54 veinte y un mil, y debe haber habido otros de escasez de metales en que bajase la acuñacion á menos de 20 mil marcos: porque agrega el mismo Aguirre, que desde la ereccion de la casa que fué el año de 733, hasta el de 754, que hacen 22 años se habian labrado 508.401 marcos de plata, que repartidos en ellos, á cada uno caben 23.112 marcos: todo esto sin los febles que en los 22 años dieron 7715 pesos, 4 reales. Con respecto al oro, añade, que se labraron en los propios 22 años 2124 marcos, que repartidos del mismo modo, dan por año 96 marcos 4 onzas. Su fecha junio 28 de 1755. Un toston de á 4 reales fabricado en Guatemala en 1755, no se diferencia del peso mexicano del año de 734, que va descrito, sino en el nombre del príncipe reinante, y el del lugar de la acuñacion, que son las dos GG.

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en vez de dos MM. una á cada lado de la numeracion del año. Tambien se diferencia el cordon en dos hojas que salen del medio á los lados.

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CAPÍTULO 76.

Macacos.

Tratándose de dar cumplimiento á una cédula de 9 de agosto de 1755, acerca de la moneda antigua, anterior á la circular ú orbicular, se celebró una junta, y para esclarecimiento de la materia, dió el director Leon un parecer en 20 de abril de 1757, reducido á cuatro puntos. Trata en el primero de la moneda defectuosa que hay en estas provincias, y dice: con motivo de no correr la moneda que aquí circula, en otros dominios de S. M. ha ocurrido á centruarse en este reyno, introduciéndola los advertidos á cambio de los efectos que aquí se hallan para ahorrarse de la pérdida, que les ofrece renovarla en las casas de moneda que debieran, y para adelantar en los géneros por que la cambian: por lo que parece conveniente cerrar la puerta, para que no se introduzga mas de la que corre en todas las provincias de este reyno: pues así como los que se pasan de este á otros, llevan de aquí moneda circular para su transporte y comercios, tambien es justo, que los que vienen del Perú y sus provincias traigan de la moneda circular, que allá se labra para los propios fines.

De la moneda antigua mexicana ha quedado mui poca; y la menuda tan gastada, que apenas se percibe su estampa: de la trozada que se labró aquí, ha quedado poquísima; y la circular labrada despues, es mui rara por el crédito con que una y otra ha corrido: como los frutos de este reyno no equivalen á los que entran de China y España, para completar sus importes, se ha llevado la moneda mas florida de ambas especies, trozadas y circular.

En el segundo punto, sobre qué moneda circular se ha labrado en este reyno, escribe: desde el año de 1754, en que se comenzó á labrar, hasta la fecha van 72.085 marcos, inclusos los febles, que han producido 614.118 pesos 6 reales. Sobre el tercer punto, expone, conviene recoger la moneda antigua defectuosa; porque no es conforme, que cuando en todos los dominios de S. M. se ha

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