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hacer mayor agravio, que intentar excluirles de estos honores.

A los regulares de esta provincia cupo parte de esta lucha en razon de la prelacía: sobre lo cual Solórzano lib. 4 cap. 19 nota el desconsuelo de verse en sus propias tierras olvidados y á punto de caer en un género de desesperacion que les hiciese aborrecer la virtud y los estudios: en el cap. 26 dice: causaba gran dolor y sentimiento á los criollos verse excluidos en su patria de estos honores, teniendo partes para poder esperarlos. Vazquez, escritor de la órden de San Francisco, tratando esta materia, cuenta que en el transcurso de un siglo apénas habian sido provinciales dos criollos, á saber, el p. Salcedo en 1596, y el p. Camargo, en 1623, hasta el capítulo general celebrado en Toledo el año de 1633, en que el p. Tovilla negoció, ya que no alternacion entre nacidos en España y nacidos en Indias, á lo ménos ternativa, esto es, que pudiesen estos últimos en cada tres elecciones obtener una, celebrándose la primera el año de 38; pero en el siguiente capítulo celebrado el año de 41 se estableció ya la alternativa, que subsistió en lo sucesivo. Los domínicos no habian obtenido hasta entonces ningun provincial criollo, pero el p. Morcillo, natural de Sonsonate, hijo de padres ricos, mirando por el año de 33, que los franciscanos hacian solicitud de alternativa, con dinero que le dió la madre Ana de la Cerda, hizo viaje á Roma, hasta conseguir breve sobre ello, cuyo pase, aunque fué resistido en España por contradiccion de los religiosos domínicos el espacio de ocho años, al fin fué otorgado por el consejo en vista y revista, como parece de ejecutoria de 15 de diciembre de 52, que corre en libro suelto con 51 fojas. En su contexto resulta la solicitud fundada en el ejemplo de las provincias de Andalucía y Aragon, donde los naturáles alternaban con los domiciliados. En fin, el primer provincial criollo fué fray Jacinto Dias del Castillo y Cárcamo, nieto del conquistador Bernal Dias del Castillo, y hermano del doctor Ambrosio Dias del Castillo y Cárcamo, dean de esta iglesia catedral.

La postergacion de los regulares criollos quedó remediada, mas no la de los optantes de encomiendas. La provincia de Nicaragua envió por procurador suyo á España á Sebastian Ramirez con esta querella, y en cédula de 3 de diciembre de 631 se apercibe al presidente, diciéndole: sin embargo de esto, se dan á vuestros parientes, criados y allegados y á los de mis oidores, fiscales y otras personas. Semejante especie de apecibimiento y de querella no debió

parecer bien á los presidentes, y sin duda, para precaverse de ellas aplicaron su atencion á las elecciones de alcaldes por su influjo en el ayuntamiento. Al comenzarse en esta capital la del año de 41, dijo el presidente Osorio, que por causas justas, que á ello le movian concernientes al servicio de S. M. mandaba y mando, por aquella vez, sin que sirviese de ejemplar, que la eleccion se hiciese precisamente y sin réplica de las catorce personas nominadas en la lista que llevó y corre agregada. Y aunque el alferez Carranza, que no estaba en ella apeló á la Audiencia la libertad de eleccion, el punto se declaró, solo apelable al consejo. En la del año de 46 el presidente Avendaño encareció la conveniencia universal de la república en que las personas, que se eligiesen de alcaldes fuesen quietas y pacíficas; y lo fué de primer voto el alferez Carranza que va mencionado.

Para la eleccion siguiente se puso mas cuidado. En acuerdo de último de diciembre los oidores dijeron al mismo presidente. Se ha entendido que don Diego de Padilla pretende ser alcalde este año que viene, y que hace muchas diligencias que son públicas y otras secretas, quizás por no ser lícitas, y ni permitidas por derecho, y porque es constante y cierto, que los disgustos y diferencias, que á avido estos años pasados se originaron de cuando fué alcalde el dicho don Diego por la inquietud de su natural, siempre inclinado á la turbacion de la paz, y se puede presumir, que hoy lo pretende para lo mismo, y mas cuando el dicho don Diego á querido introducir para su pretension la diferencia entre los nacidos en España y de otras partes, cosa jamas usada en esta ciudad, y de muy malas consecuencias, por aver avido siempre entre unos y otros mucha conformidad sin diferencia ninguna en esta materia, que en otras repúblicas y comunidades á sido de tanto perjuicio, y pues todo lo dicho es cierto esta audiencia suplica á S. S. como se ha de hallar á estas elecciones, procure se hagan con toda libertad, no permitiendo sea electo el dicho don Diego de Padilla: el presidente respondió, que no á entendido hasta agora que don Diego de Padilla trate de ser alcalde, y que lo que estuviere en mano de su señoría, lo procurará.

Como la eleccion de criollo que seguia, era del alcalde segundo, no la obtuvo Padilla, y empatada la votacion entre don Estévan de Alvarado y Celidon de Santiago, quedó decidida por el primero con el voto del presidente. Alcalde primero salió don Antonio Masa

riegos, acaso en manera de triunfo, y sin duda persona importante en sus circunstancias, porque en adelante se advierte que tomó este nombre uno de los bandos en que se dividieron las familias de la ciudad. Sea como fuere, el ayuntamiento á pesar de la falta de libertad que gozaba en las deliberaciones de interes de los criollos, en cabildo de 31 de mayo del propio año de 47 remite instruccion á su procurador residente en España, ordenándole en el art. 2o suplique á S. M. no se den encomiendas, á las personas que estan en los reynos de España; y en el 8o que sea efectiva en favor de los descendientes de conquistadores la provision en los corregimientos, oficios y beneficios y otros aprovechamientos, y no se den á parientes, criados de los señores presidente, obispo, oidores, ni fiscal y oficiales reales.

Sin embargo, el mal iba en aumento. Hasta entonces la querella era de que las encomiendas se daban á personas que venian de España; ahora ya es de que se daban á las que no venian, y las disfrutaban en la Península. Ya el obispo Zapata, segun testifica Solórzano lib. 3 cap. 3, habia vituperado esta especie de concesiones, reputándola por contraria no solamente á la justicia distributiva, mas tambien á la conmutativa, por privarse á los beneméritos del nuevo orbe, no ya del galardon, cuanto del estipendio y compensacion de los grandes trabajos de sus antepasados, y sangre derramada en estas provincias. La misma observacion hacia el propio Solórzano, diciendo: lo cual es muy digno de advertir en el tiempo presente para tener la mano, y cerrar la puerta que tan franca se vá abriendo en hacer merced de ellas á señores y señoras de España, y otras personas, que aunque sean de gran calidad y servicios, no los han hecho en aquellas partes, ni tratan de ir á vivir en ellas. Al cap. 32 decia: las mas de ellas y las mejores se hallan dadas á señores y señoras de España y á otros que ni residen, ni han de residir en las índias, ni tienen méritos ni servicios concernientes á la conquista de ellas.

Esto, que Zapata y Solórzano llaman abiertamente injusticia, debia mantener los ánimos de los vecinos de Guatemala interesados en las encomiendas, descontentos, en turbacion y sin reposo, que hacia tiempo echaba ménós la audiencia; y así no es mucho que en 8 de octubre de 48 fuesen llamados al acuerdo diferentes vecinos de la ciudad, hasta en número de ocho, sin duda para apercibimientos sobre el sosiego y la paz. Al propio tiempo, el memorial del ayun

tamiento fué bien acojido en España, y despachado como se deseaba, porque en 20 del mismo mes de octubre se libró cédula, en que insertándose otras antiguas, y encareciendo el mérito de los conquistadores, pobladores, sus hijos y descendientes, se ordena de nuevo sean preferidos así en las encomiendas, como en los corregimientos y otros oficios y aprovechamientos.

Como habia costumbre de oir semejante lenguage, habiendo ya visto repetidas veces, que los hechos no correspondian á las palabras, no se estrañó que en consecuencia, el mal llegase á su colmo, y sucedió luego; pero dolió harto á Guatemala el que le cupiese ser presa suya. Zapata y Solórzano en sus declamaciones no lamentaron en órden á otras partes de las Indias lo que tuvo que deplorar esta provincia en particular. En carta de 3 de mayo de 49, dice el ayuntamiento á sus procuradores: la mayor parte de los señores del consejo real de las índias tienen rentas y cédulas para que se les den, y aí mismo algunos del supremo de Castilla. En carta de 8 de abril del mismo año, expresa: que de cierto tiempo á aquella fecha habian ido á España de rentas de encomiendas arriba de 40 mil pesos, y que una habia de 10 mil ducados en poder de personas residentes en ella: encarece, que destituidos de los socorros destinados para los pobladores que habian ganado la tierra, se veían en la necesidad de dejarla, y quedaría desierta: admira igualmente como los mismos consejeros eran jueces y partes; y concluye intimando, se pida á S. M. nombre ministros de otros consejos para jueces de ella. Pero un procurador lejano, escasamente pagado, y otros puramente encargados, no fueron capaces de llevar adelante semejante recurso: Por el tenor de las encomiendas, es de inferirse la suerte que correrían los corregimientos.

De aquí dimanó, como era natural, la exasperacion de los criollos; pero fieles al rey, no se volvieron contra el consejo; ni contra el gobierno, y sin ocuparse mas en nuevas reclamaciones, desgraciadamente hallaron otro objeto en qué emplear su animosidad. Como la prerogativa de los conquistadores llegó á ostigar en la corte, y lo ilusorio del derecho de sus descendientes, tocaba en la prescripcion, los criollos de este género no soportaban que se juzgase igual el agravio que ellos sufrian al que presumian recibir los que -no lo eran, y no aspiraban ménos á oficios y rentas; y rodando sobre ello rivalidad, resentimientos y luego enconos, creció la exaltacion de los bandos entre los mismos criollos. Juarros hace

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memoria de ellos, de duelos ruidosos, y oposiciones recíprocas de familias por los años de 54; añadiendo, que el presidente Altamirano, por ladearse á la parte de los Masariegos, tuvo varias pesadumbres, incurso desde luego en la rivalidad, que condujo al Golfo en su tiempo á Padilla. El conde de las Casas alaba la conducta de los gobernadores de Cuba residentes en la Habana su capital, refiriendo, que sus autoridades nunca influyeron en dar orígen al ódio entre unos y otros españoles, como generalmente ha acontecido en los demas paises del continente. La ciudad de Santiago de los caballeros, animada de este título en aquella época, no solamente vió divididos á los españoles unos de otros, mas tambien á los mismos criollos entre sí; y al propio Altamirano, desde luego se impu tó pertenecer al bando de su clase, por lo mismo que era criollo natural de México, segun testifica Ximenez lib. 5 cap. 4, y sin duda procedente cercanamente de españoles peninsulares. La discusion de esta materia habia llegado á un refinamiento, que al fin halló término afortunadamente en la naturaleza misma de las cosas; pues no tardó la época en suscitar necesidades de un interes supe→ rior, que afectando la propia conservacion, debian amortiguar toda disension ántes de fenecer el siglo.

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CAPÍTULO 45.

Alternativa de Alcaldes.

Solórzano lib. 5 cap. 1, hablando de la institucion de los cabildos y justicia en las Indias, hace mencion de una cédula del año de 1565, por la cual se manda, que para alcaldes ordinarios sean preferidos los primeros conquistadores y pobladores y sus hijos; y cita á Juan Matienzo donde dice, cuan conveniente es, que uno de estos alcaldes ordinarios sea de los vecinos encomenderos, y otros de los que llaman domiciliados en las mesmas ciudades. Y así puede congeturarse, que la alternativa comenzó primero por deferencia de los conquistadores en los domiciliados, y luego continuó por la de sus hijos en los nuevos domiciliados, que sucesivamente ocurrían, y partieron con ellos los cargos y honores de la república en toda conformidad.

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