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86 CAP. LVI.-OBSTACULOS PARA LA NAVEGACIÓN. justa y oportuna la pretension del ayuntamiento; pero el rey, acaso atendiendo á la paz de la audiencia, que en otras partes era turbada por sus ministros como en Panamá, segun Alcedo, proveyó primero un título de Castilla, como va referido, y sucesivamente caballeros de las órdenos militares. Y ¿qué sucedió? una aberracion de costumbres y del carácter del pais: porque los vecinos, andando el tiempo, ya no quisieron ser soldados, sino caballeros: ya no hubo 400 arcabuceros y gente bien ejercitada, como á fines del siglo anterior: no hubo mas tropa viva ni milicias. Los que hacian caudal obtenian hábitos de las órdenes militares á toda costa, y los demas que era mucha gente lucida, afectando no valer ménos y ser caballeros de órden heróica, no desdeñaban las jactancias del pundonor, como se ha visto con detrimento del sosiego de las familias y sin tendencia á objetos útiles.

Gage, que vino á este reyno corriendo el año de 625, lo encontró sin soldados, sin armas ni municiones. Guatemala, dice, sin embargo que no tiene armas ni municiones de guerra, se puede considerar bien fuerte por la raza de negros esclavos que hay en las estancias y obrages de añil, y aunque no tienen mas armas que machete y pullas ó lanzas para pullar el ganado, son tan desesperados, que la misma ciudad de Guatemala los ha temido muchas veces, como tambien los mismos amos: alguno de ellos no tiene embarazo en atacar un toro.

Así es que era cosa singular este reyno. No son fortalecidos sus puertos como los de las íslas, los de Tierra firme y Nueva-España: no son obligados los presidentes á embarcar bastimentos, ni es fomentado su tráfico de mantenimientos, como en Nueva-España, Panamá y Tierra firme: sus embarcaciones no son abrigadas por la flota y armada como las de Nueva-España, Tierra firme y Panamá; ni tiene comandancia viva como Panamá, Chile y Filipinas. Poco debe haberle faltado, para quedar aislado en el centro de la América. Ademas de su posicion geográfica, el ayuntamiento representò desde el año de 586, como va referido, que estaba en medio de dos tan importantes reynos, como son los de Tierra firme, y el Perú y de Nueva-España, y por lo mismo corria este riesgo.

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CAPÍTULO 57.

Abolicion del comercio de la Habana.

Lo que faltaba para el aislamiento de Guatemala era un estropiezo de comerciar con la Habana. En tiempo de Gage estaba aun en corriente este tráfico. Así lo supone en la p. 4 cap. 1, en que refiere haber escogido para volverse á Europa el camino por Nicaragua y lago de Granada, puesto que el tiempo, dice, en que las fragatas salian de este lago para la Habana era ordinariamente despues de mediados de enero; y en el cap. 3, describiendo la ciudad de Leon, nota en sus vecinos que tenian pájaros y jardines, pero no aspiran, dice, mucho al trato y comercio, no obstante tener tan cerca la laguna, adonde llegan todos los años algunas fragatas de la Habana del lado del norte, pero sí son tan peripuestos y fantásticos como los de Chiapa. Este permiso fué renovado en cédula de 9 de febrero de 646, que forma la ley 33 tít. 33 lib. 9. En junta de hacienda de 14 de julio de 659, se habla de una fragata que vino de la Habana á Puerto Caballos por frutos de la tierra, y fué requerida para que llevase los soldados de un galeon que naufragó en el Golfo, y no podian irse en dos embarcaciones menores que estaban haciendo en él, porque les faltaba mucho.

Mas adelante se suspendió este comercio, segun parece en cédula de 10 de febrero de 1676, por la cual el rey aprueba los capítulos que hizo el comercio de Sevilla para el despacho de galeones y flotas por tiempo de cinco años, de los cuales fué uno, que durante dicho asiento, no habia de permitir el gobernador de la Habana, que de allí salieran embarcaciones algunas para estos puertos de Honduras, ni para la Veracruz por el daño que recibiría la flota con que abundase la ropa y frutos de aquellas partes, mediante las embarcaciones de la Habana.

No se sabe que para este asiento fuesen oidas las provincias de Guatemala, ni que diesen su consentimiento. Para negarlo tenian por motivo la tardanza que en este tiempo gastaban las naos de España, demorando seis y mas años su venida á estos puertos, como se ha observado. Nueva-España que tenia consulado debe haber sido oida, y cuando no, siempre contaba con la llegada de la flota á Veracruz. Mas sea como fuere, transcurrido el periodo del

asiento, debió cesar el estropiezo para la salida de las naos de la Habana. A lo menos debe haberse restablecido el comercio recíproco de este puerto con Nueva-España, que por otra parte era de ley; pero no parece que fuese restablecido el de Guatemala. El agente de esta ciudad en España, en carta de 9 de octubre de 685, le dice. En conformidad de lo que me escribió el señor maestro de campo don José Agustin de Estrada y la carta de U. S. para S. M. tengo introducida la pretension de que se ábra el comercio de la Abana para que se puedan comerciar los frutos que U. S. tiene en su provincia con aquella ciudad: está para verse, y estoy con recelo de que se ha de mandar que informe el consulado de Sevilla. Haré todas las diligencias que sean posibles: el señor don Lope Sierra me da mui buenas esperanzas.

En otra de 2 de mayo de 687 dice el propio agente. En cuanto á la pretension del comercio desde Honduras á la Abana con los frutos de la tierra, habiéndose llevado al señor fiscal, á dado respuesta, pidiendo lo mesmo, y añadiendo que lo mesmo estaba representado por el governador de la Abana, sobre que habia expediente, y que era mui justo el concederse. Está para verse con brevedad; hanse juntado los autos que hay: el relator es bueno: emos de tener buen suceso, y mas con la ayuda del señor Lope Sierra, que mira las cosas de U. S. con cariño, y puedo decir ingénuamente que es su agente. A cabo de otro año, con fecha 6 de junio de 687, escribe al propio ayuntamiento. En órden al comercio de Honduras con la Abana, tambien está para verse. En este negocio abiendo comunicado á los señores don Lope Sierra y don Diego Balverde, los allo mui descordes, el señor Sierra á nuestro favor, y el señor Balverde contrario, y así es menester guardar el ayre. Todavía con fecha 3 de diciembre dice. Comercio de la Abana: tambien está para verse, y aguardo ocasion que sea á propósito; é visto mui favorable al señor marques de los Velez.

He aquí la suerte que llevaban en la corte los asuntos mas importantes; y como al propio tiempo no habia consulado en Guatemala, y el ayuntamiento era el único cuerpo regulador del bien general, que hallándose diminuto en esta época por la escasez de compradores de sus oficios, y recargado de negocios que ocurrian de nuevo de interes mas inmediato, prestaba á éstos la atencion y las expensas, con ellos postergadas otras solicitudes, caducaban amortiguadas con el tiempo; y por este tenor continuó el estropiezo del

asiento de Sevilla para poder comerciar con la Habana, y ya se extendia á Cartagena, hasta que en principios del siglo siguiente, no pudiendo el vecindario soportar la falta y carestía de géneros de Castilla, celebró cabildo en 7 de julio de 707. En él se propuso solicitar se abra el comercio del Perú, el de la ciudad de la Habana, de Cartagena, y otras islas de barlovento, por hallarse estas provincias sin que tengan salida sus frutos; y habiéndose conferido se resolvió se busquen todos los papeles conducentes á esta materia: los cuales vistos en el del dia 12 inmediato, se determinó solicitar cabildo abierto, en que se deliberase sobre todo, y se tuvo el dia 13 de diciembre de 1707.

Se abrió la junta con la lectura de un papel que presentó el maestro de campo don Juan Antonio de Bustamante caballero de la órden de Santiago, alcalde ordinario mas antiguo, en que la ciudad, dice, pone en consideracion de los señores concurrentes la falta de navíos de registro en tantos años, la carestía de los frutos de Castilla y ropa, cuyos precios extenuan el caudal de los vecinos de esta ciudad y sus provincias, y como su penuria pende de la oposicion del comercio de Sevilla: que la ciudad junta discurra el remedio, y si es necesario se ejecute à la real piedad y grandeza de S. M. con el rendimiento y postracion de esta ciudad, recordándole su lealtad, y ser de las mas antiguas de la América. Así son Hamadas por primera vez las Indias en cabildo, despues de Gage.

En la junta, la inteligencia comun de todos era, segun el acta, que desde luego debia procurarse el trato y comercio con los de la Habana, y de estos con aquellos con tal seguridad que nunca se atribuiría á culpa ó delito, no habiendo órden, ley ni cédula que lo prohibiera, sind el asiento del consulado de Sevilla, el cual habia pasado, y las cosas vuelto al tiempo antiguo, en que hubo este comercio, y quisieron practicarlo así. Pero conferido y tratado todo, se resolvió que el procurador síndico ocurra al superior gobierno á pedir expresa declaracion, sobre si los vecinos y moradores de este reyno pueden libremente y sin embarazo alguno tratar y negociar con la ciudad de la Habana y sus puertos, y aquellos vecinos y moradores con los de este reyno, para que declarándose, no haber impedimento para el tráfico y comercio con la Habana, se solicite el que se tenga, y en caso de negarse, se ocurra á S. M. á suplicarle rendidamente se sirva concederlo.

No hubo en esta ocasion un gobernador en la Habana que tu

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CAP. LVII.-COMERCIO DE LA HABANA.

viese los comedimientos del virey Toledo del Perú, ni en Guatemala un presidente Osorio que tomase trazas en favor del comercio. Hecho el ocurso, y seguidos autos el fiscal en 20 de octubre de 708 pidió no se hiciese novedad, y se consultase á S. M. como se ejecutó el año siguiente. El ayuntamiento de su parte dispuso el memorial que va citado bastantemente historial, razonado y metódico. Entre otras cosas expone, que la vara de ruan llegó á valer 12 reales, otro tanto una de bretaña, 28 pesos una resma de papel, 25 una libra de canela, y á este tenor otros géneros. Funda la solicitud, 1o en que dicho comercio de su naturaleza, y por las leyes era franco y libre: 2o en que las naos de registro, que debian venir de España á estos puertos á lo menos cada dos años, hacian muchos que no habian venido mas que dos, segun se ha observado otra vez: 3o que faltando los géneros y frutos de España, como se amontonan muchos que se introducen de varias partes en la Habana, sus vecinos los traerán, ó estos habitadores, dice, irán, ó enviarán por ellos, alentándose para este fin y para este efecto á la fábrica de embarcaciones de mayor o menor porte, que conseguirán en breve tiempo y á mediana costa por la abundancia de maderas y demas materiales, que les ofrecen y franquean las dichas provincias y sus puertos: 4o que lograrán sus moradores el expendio de sus preciosos y abundantes frutos: 5o que obtendrán los géneros y frutos de España á precios acomodados y no ecxesivos como en los que compran á los mercaderes de Nueva-España: 6o que serán muchos ménos los costos de conducion de la tinta, achiote y otros géneros de estos puertos á la Habana, que los que han tenido de esta ciudad á la de México y Veracruz: 7o que este comercio rendirá á S. M. crecida utilidad en los reales derechos de almojarifazgo, avería, alcabala y barlovento; y por último, para los casos y cosas del real servicio, añade, se hallarán á mano embarcaciones, que den avisos, lleven noticias, y limpien de piratas las costas. Firman don Sebastian de Loaysa y Ledesma, José Bernardo Cabrejo y Rosas, José Fernandez de Córdova, don José Agustin de Estrada y Aspeytia, Alejandro Antonio Pacheco, y don Juan de Uría.

Esta segunda instancia, desde luego con el contrapeso del consulado de Sevilla, quedó en el mismo estado de la primera, hecha habia mas de 20 años. A los otros veinte se hizo la tercera, que tuvo aun peor éxito, porque en ella fué denegado á Guatemala el comercio con la Habana en cédula de 1 de enero de 730, se

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