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El Representante del Estado de Antioquia, Arcesio Escobar. El Representante del Estado de Antioquia, Remigio Martínez. El Representante del Estado de Antioquia, José de la Cruz: Restrepo. El Representante del Estado de Antioquia, Julián Vásquez. El Senador del Estado de Bolívar, Manuel José Anaya. El Senador del Estado de Bolívar, Federico Brid. El Representante del Estado de Bolívar, José María Amaris Pedrozo. El Representante del Estado de Bolívar, Francisco Tomás Fernández. El Representante del Estado de Bolívar, Enrique Grice. El Representante del Estado de Bolívar, Joaquin Posada Gutiérrez. El Representante del Estado de Bolívar, José Martín Tatis. El Senador del Estado de Boyacá, Antonio Maria Amézquita. El Senador del Estado de Boyacá, Pedro Cortés. El Senador del Estado de Boyacá, Ignacio Vargas. El Representante del Estado de Boyacá, Indalecio Barreto. El Representante del Estado de Boyocá, Isidro Barreto. El Representante del Estado de Boyacá, Antonio Bernal. El Representante del Estado de Boyacá, Ramón Bohórquez. El Representante del Estado de Boyacá, Climaco Gómez. El Representante del Estado de Boyacá, Ramón Gómez. El Representante del Estado de Boyacá, José María Malo. El Representante del Estado de Boyacá, Pioquinto Márquez. El Representante del Estado de Boyacá, José Segundo Peña. El Senador del Estado del Cauca, Antonio José Chaves. El Senador del Estado del Cauca, Carlos Martínez. El Senador del Estado del Cauca, Miguel Quijano. El Representante del Estado del Cauca, Ramón Argáez. El Representante del Estado del Cauca, Manuel María Castro. El Representante del Estado del Cauca, Cayetano Delgado. El Representante del Estado del Cauca, Eustaquio Urrutia. El Representante del Estado del Cauca, Miguel Villota. El Senador del Estado de CundiJ. Uldarico Leiva. El Senador del Estado de Cundinamarca, Rufino Vega. El Representante del Estado de Cundinamarca, Luis Amay. El Representante del Estado de Cundinamarca, José Joaquín Borda. El Representante del Estado de Cundinamarca, Emigdio Briceño. El Representante del Estado de Cundinamarea, Marcelo Buitrago. El Representante del Estado de Cundinamarca, Miguel Calderón. El Representante del Estado de Cundinamarca, Néstor Escobar. El Representante del Estado de Cundinamarca, Cosme Gómez Maz. El Representante del Estado de Cundinamarca, Pedro Gutiérrez Lee. El Representante del Estado de Cundinamarca, Mariano G. Manrique. El Representante del Estado de Cundinamarca, Gregorio Obregón. El Representante del Estado de Cundinamarca, Joaquin Perdomo Cuenca. El Representante del Esta

namarca,

do de Cundinamarca, Venancio Restrepo. El Senador del Estado del Magdalena, José María L. Herrera. El Senador del Estado del Magdalena, Manuel Murillo. El Senador del Estado del Magdalena, M. A. Vengoechea. El Representante del Estado del Magdalena, Pedro A. Lara. El Representante del Estado del Magdalena, M. Maya. El Senador del Estado de Panamá, Antonio Amador. El Senador del Estado de Panamá, Dionisio Facio. El Senador del Estado de Panamá, Ildefonso Monteza. El Representante del Estado de Panamá, Manuel Amador Guerrero. El Representante del Estado de Panamá, Gil Colunje. El Representante del Estado de Panamá, Demetrio Porras. El Senador del Estado de Santander, Eustorgio Salgar. El Senador del Estado de Santander, Francisco J. Zaldua. El Representante del Estado de Santander, Narciso Cadena. El Representante del Estado de Santander, Eduardo Galvis. El Representante del Estado de Santander, Cupertino Rueda. El Representante del Estado de Santander, Antonio Vargas Vega. El Representante del Estado de Santander, Germán Vargas. El Representante del Estado de Santander, José María Villamizar G.

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El Congreso de 1859 expidió algunas disposiciones de carácter grave é importante, porque en ellas se fundó la gran revolución que asoló al país hasta 1862; tales fueron: la ley de 23 de Febrero, sobre pié de fuerza nacional; la de 8 de Abril, que daba intervención á los Poderes federales en los escrutinios para cerciorarse de la validez con que se ejecutaban las elecciones; la que creaba intendentes de Hacienda destinados á ejercer en los Estados ciertas funciones de supervigilancia en las Aduanas, y el decreto de 28 de Marzo, á favor de un solo individuo.

Estas disposiciones y algunos artículos de oposición al Gobierno general publicados en El Tiempo, exaltaron los ánimos y dieron margen á la revolución que estalló en Santander en Febrero de aquel año, y que se hizo luégo extensiva á los Estados de Bolívar y Cauca. Los conservadores fueron vencidos en Güepsa, San Andrés, Oratorio y Suratá (donde murió asesinado el General Vicente Herrera, Gobernador de Santander); pero los vencidos se prepararon á nueva lucha en Boyacá y quedaron nuevamente derrotados en la Concepción.

El Presidente de la Confederación, viendo la gravedad de las circunstancias, declaró la Nación en estado de guerra el 3 de Septiembre de 1859, al propio tiempo que era acusado por el Gobernador de Santander, General Eustorgio Salgar, como autor de la revolución de aquel Estado. Terminaba, pues, el año con tristes presagios para lo porvenir, y con principios de guerra en toda la Nación.

El General Herrán, que acababa de llegar de los Estados Unidos, celebró una exponsión con el señor Nieto, quien había triunfado en Bolívar del partido conservador, y que fué luégo Gobernador de aquel Estado.

El 28 de Enero de 1860 se pronunció Pedro J. Carrillo en el Cauca contra su Gobernador, el General Mosquera, quien se unió para la defensa con su antiguo enemigo político General Obando, y derrotó á los revolucionarios.

Como las relaciones entre el Presidente de la Confederación y el General Mosquera se agriaban cada día más, éste dictó un decreto el 8 de Mayo, por el cual separaba al Estado del Cauca de la sujeción al Gobierno general y desconocía algunas leyes dadas en 1859. Envió luégo un comisionado al Congreso pidiendo la derogatoria de la ley de elecciones, que era verdaderamente pésima; y aun cuando yá el Cuerpo Legislativo trataba de derogarla, Mosquera sin aguardar contestación, se pronunció contra el Gobierno general y se proclamó Supremo Director de la Guerra.

Desde entonces la revolución proclamó como principio la Soberanía de los Estados.

El Presidente Ospina, una vez que envió fuerzas para someter al General Mosquera, declaró la guerra al Estado de Santander el 26 de Junio; y él mismo marchó con el General Herrán. En esta campaña, que fué bien corta, triunfó el Gobierno legítimo en las acciones de Galán, Jaboncillo y Oratorio, y trajo preso al personal del Gobierno del Estado. El General Leonardo Canal quedó allí de Gobernador.

Entretanto en el Sur había triunfado el General Obando. Mosquera pretendió tomar á Antioquia, pero fué derrotado en Manizales por los Jefes legitimistas Posada y Enao, con quienes celebró una exponsión, en virtud de la cual Mosquera se comprometía á derogar su decreto de 8 de Mayo y á entregar las armas de la Nación tomadas por él; pero el señor Ospina nada resolvió acerca de esta exponsión, que si se hubiera llevado á efecto habría quitado á la revolución el Jefe de más prestigio.

Oigamos sobre esto al señor Vergara y Vergara :

"El Presidente Ospina no aceptó la exponsión de Manizales; y la creencia de que Posada la había hecho por orden del General en Jefe, Herrán, para salvar al General Mosquera hizo que los conservadores del círculo más inmediato al Gobierno, cambiaran la candidatura del General Herrán para Presidente en el próximo período constitucional, que estaba aceptada y fir mada por los conservadores hacía un año, por la candidatura del señor Julio Arboleda, que estaba entonces en Santa Marta de regreso de París."

Mientras esto sucedía, el General Mosquera volvió al Cauca y derrotó el ejército legitimista comandado por el General Joaquín París, en la sangrien

ta batalla de Segovia el 19 de Noviembre de 1860; y después del combate invitó al señor Nieto, Gobernador de Bolívar, á firmar un pacto de unión ofensiva y defensiva contra el Gobierno de la Confederación. Pasó luégo á Neiva, donde se le unió el General José Hilario López, y se dirigió á Bogotá. En el sitio llamado "La Barrigona” atacó al Gobernador de Cundinamarca, Coronel Gutiérrez Lee, y celebró otra exponsión por la cual el Congreso debía nombrar un Designado que se encargara del Poder Ejecutivo. Esta exponsión se quedó escrita como la anterior.

El doctor Ospina terminó su período en medio de la más borrascosa tempestad. Se distinguió este honrado Magistrado por su celo en arreglar la deuda extranjera y por su fiel observancia á la Constitución y á las leyes. El Congreso, cuya reunión se deseaba tánto, no pudo instalarse por falta de quorum, pues los dos Senadores de Santander se hallaban prisioneros.

El 1.o de Abril, en virtud del artículo 42 constitucional, se encargó del Ejecutivo el doctor Bartolomé Calvo, Procurador general de la Nación.

Unidas las fuerzas revolucionarias del Norte al mando del General Santos Gutiérrez con el Ejército del General Mosquera, y después de los sangrientos combates de 12 y 13 de Junio en Usaquén, fué tomada Bogotá el 18 de Julio, después de un batallar de seis horas.

"Esta victoria fué manchada con tres patíbulos y con la prisión del ex-Presidente Ospina, la de su hermano y la de otras personas, en el Castillo de Bocachica, sin juicio y sin fórmula." *

ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA

Durante la sangrienta y fratricida lucha, que tánto tiempo duró, y para la cual no hubo un motivo suficiente bajo ningún aspecto, los revolucionarios habían reconocido al General Tomás C. de Mosquera como Autoridad suprema. Este entró á Bogotá el 8 de Julio de 1860, titulándose "Presidente provisorio de los Estados Unidos de Nueva Granada y Supremo Director de la Guerra."

Celebróse un Tratado llamado "Pacto provisorio," el 10 de Septiembre entre los señores Alaix y José Araújo; comisionado el primero por el Gobernador del Cauca, ó sea el General Mosquera, y el segundo por el señor Nieto.

Los actos oficiales del Gobierno provisorio son los que en seguida se enumeran: El que desconocía las leyes de 1860; el que estableció el derecho de tuición; el que convocó un Congreso de Plenipotenciarios; el que hacía de Bogotá un Distrito federal; el que creaba el Estado del Tolima dividía el de Cundinamarca; el de 29 de Julio por el cual se expulsaba á los padres Jesuítas; el de 9 de Septiembre, sobre desamortización de los bienes de Manos Muertas; el de 20 del mismo, que daba á la Nación el glorioso nombre de Colombia; el de 5 de Noviembre, sobre extinción de las comunidades religiosas; el que mandaba emitir billetes de Tesorería; el que ordenaba la prisión del Arzobispo de Bogotá; y en fin, el de 25 de Agosto, que con vocaba una Convención.

El Congreso de Plenipotenciarios se reunió en Bogotá el 10 de Septiembre de 1861, y el 20 del mismo fué expedido el "Pacto de Unión" y el Pacto transitorio. Por este último, aquél podía suspenderse mientras hubiera guerra, que por cierto continuaba en sentido de reacciones sucesivas de los conservadores en distintas partes, y aun en luchas con la vecina República del Ecuador.

* Felipe Pérez, GEOGRAFÍA DE COLOMBIA.

PACTO DE UNION

DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1861

ENTRE LOS ESTADOS SOBERANOS

DE

Bolivar, Boyaca, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Santander y Tolima

Los infrascritos, Antonio González Carazo, Plenipotenciario por el Estado soberano de Bolívar; Santos Acosta, Plenipotenciario por el Estado soberano de Boyacá; Manuel de Jesús Quijano, Plenipotenciario por el Estado soberano del Cauca; Francisco Javier Zaldúa, Plenipotenciario por el Estado soberano de Cundinamarca; Manuel Abello, Plenipotenciario por el Estado soberano del Magdalena; Januario Salgar, Plenipotenciario por el Estado soberano de Santander, y Antonio Mendoza, Plenipotenciario por el Estado soberano del Tolima; después de haber canjeado y encontrado en debida forma los plenos poderes de que están revestidos por sus respectivos Gobiernos, y con el fin de proceder á la organización de una nueva asociación política que asegure para siempre el orden, la paz, la libertad y la consolidación del sistema federal, bajo cuyos auspicios desean y quieren fundar su nacionalidad los Estados que representan, y de acuerdo con lo dispuesto en la parte motiva del Tratado de Cartagena de 10 de Septiembre de 1860, han convenido en el siguiente

PACTO DE UNION

Art. 1. Los Estados soberanos é independientes de Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Santander y Tolima se unen, ligan y confederan para siempre, y forman una Nación libre, soberana é independiente, que se denominará "Estados Unidos de Colombia."

Art. 2. Los dichos Estados se obligan de la manera más solemne y formal á socorrerse y defenderse mutuamente contra toda violencia que dañe la soberanía de la unión, ó la de los Estados, ó las libertades y derechos que por este Pacto corresponden á los ciudadanos de la Unión Colombiana.

Art. 3. Los mismos Estados reconocen como miembros y ciudadanos de los Estados Unidos de Colombia á los ciudada

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