Fallos de la Corte suprema de justicia de la nación: con la relación de sus respectivas causas, Volumen42 |
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Términos y frases comunes
17 de Octubre ABEL BAZAN accion actor Aduana Aleman apelado de foja argentina auto apelado BENJAMIN VICTORICA billetes bolsas de arroz Calzetta Carlos Rosselli causa cien bolsas cion citado cobro de pesos Código Civil competencia considerando contestó contrato Coronel Pringles Corte Buenos Aires costas cumplimiento daños y perjuicios debe declaracion declaraciones deducida defecto legal demanda demandante derecho despues devolucion devuélvanse disposicion Doctor documentos domicilio Doña efecto ejecucion ejecutivo escrito de foja escritura establece excepcion expropiacion expropiado extradicion Fallo del Juez Febrero Ferrocarril fundamentos incompetencia indemnizacion interdicto judicial Juez de Seccion Juez Federal jurisdiccion Juzgado Lavin Leipzig Llavallol LUIS SAENZ PEÑA marca mil ochocientos mujer Municipalidad Nacional nulidad obligacion pago pedido peritos pesos bolivianos pesos moneda nacional pidiendo posesion prescripcion presente Procedimientos propiedad prueba Repónganse los sellos resolucion respecto resulta Rio Uruguay sentencia Sumario Suprema Corte Buenos tambien término probatorio terreno título traslado Tribunales Ugarriza vapor Varela Véase Vienna Vistos
Pasajes populares
Página 54 - El portador de una letra debidamente protestada, puede reembolsarse de uno de los dos modos siguientes : 1°. Girando una nueva letra ó resaca del lugar donde debía ser pagada la primitiva, contra el librador ó uno de los endosantes, por el capital, intereses, recambios y gastos legales; de manera que, deducidos los gastos é intereses, venga á recibir en el lugar donde debió verificarse el pago, exactamente lo mismo que habría recibido si se hubiese pagado la letra; 2°. Remitiendo la letra...
Página 230 - Civ.), y agrega que las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma (art.
Página 277 - Los tribunales y jueces nacionales en el ejercicio de sus funciones procederán aplicando la Constitución como ley suprema de la Nación, las leyes que haya sancionado o sancione el Congreso, los tratados con naciones extranjeras, las leyes particulares de las Provincias, las leyes generales que han regido anteriormente a la Nación y los principios del derecho de gentes, según lo exijan respectivamente los casos que se sujeten a su conocimiento, en el orden de prelación que va establecido.
Página 133 - República. 2 . Los hijos de argentinos nativos que habiendo nacido en país extranjero optaren por la ciudadanía de origen. 3 . Los nacidos en las Legaciones y buques de guerra de la República. 4...
Página 175 - Todo comerciante, fabricante, consignatario- Capitán de buque, lanchero, dueño de carros, y otras personas, que por su comercio ó profesión, tengan relaciones con las Aduanas, serán responsables de los hechos de sus empleados, dependientes, obreros, domésticos ú otras personas asalariadas por ellos, en cuanto esos hechos sean relativos á las operaciones de Aduana y puedan perjudicar la renta.
Página 230 - En los contratos bilaterales una de las partes no podrá demandar su cumplimiento, si no probase haberlo ella cumplido u ofreciese cumplirlo, o que su obligación es a plazo".
Página 332 - El domicilio de derecho y el domicilio real determinan la competencia de las autoridades públicas, para el conocimiento de los derechos y cumplimiento de las obligaciones.
Página 133 - Todos los individuos nacidos o que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres con excepción de los hijos de los Ministros Extranjeros y miembros de las Legaciones residentes en la República.
Página 332 - Las compañías que tengan muchos establecimientos o sucursales,, tienen su domicilio especial en el lugar de dichos establecimientos para sólo la ejecución de las obligaciones allí contraídas por los agentes locales de la sociedad.
Página 391 - ... los nombres de las personas, bajo una forma particular, los emblemas, los monogramas, los grabados ó estampados, los sellos, viñetas y relieves, las letras y números con dibujo especial...