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Por las primeras líneas que dejo transcritas preferencia á los que debían su nombramiento ya se comprende que este real decreto es en al «Gobierno intruso» de la Península. todo referente á los empleados públicos y con

96.-(Arriba de la pág.:) Gobernacion de Ultramar./ (Un espacio como de ocho líneas en blanco.) EL REY ha observado por las noticias que llegan diariamente al Ministerio de/Gracia y y (sic) Justicia, que se executan prisiones de personas, las quales, aunque por las/opiniones que acaso han manifestado, hayan dado muestras de afecto á las novedade (sic)/que se iban introduciendo, etc.

Fol. de 150X235 milmts., impresa por un solo lado.
B. N. S.

Este real decreto, fecha en Madrid, á 1.° de Junio de 1814 y con la dirección impresa al «Sr. Gobernador Capitán General de Santiago

de Chile» es, sin género de duda, impresión santiaguina, y tiene por objeto recomendar á los jueces y personas encargadas de la policía que no procedan sin pruebas contra los indivíduos sospechosos de ser «tumultuantes y sediciosos.>>

97.—(En el comienzo de la primera pág.:) Explicacion/que hace Don Manuel/Fernandez, del objeto que se propuso/para escribir la Câncion que salió impresa en la Au-/rora de Chile N. 3. del Jueves 27 de Febrero/de 1812; y del genuíno sentido que/quiso dar à sus expresiones./ (Bigote de adorno).

4.0-13 pp. fols., y al pié una línea para la errata. -F. bl.

Briseño, Est. Bibl., I, pág. 130.

B. N. S.

Fernández Ortelano hubo de presentarse ante el tribunal nombrado por Osorio para verificar la conducta política de muchos que aparecían, cuando no revolucionarios decididos, por lo menos simpatizando con su causa. A ese intento, redactó este manifiesto ó explicación, acompañándole, entre otros documentos, de una memoria del secretario del Consulado de Guatemala, que se había impreso en

Madrid, y en la cual se emitían conceptos análogos á los que el poeta había estampado en sus versos. Por muy alambicadas que pareciesen las explicaciones dadas por Fernández, al aceptarlas se le impuso la condición precisa de que las diese á la estampa, como lo hizo, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal, y según él dice, «por aquietar el escrúpulo de algunas personas que podían persuadirse á que aquellos versos tuviesen mal sentido, por más que mi intención al hacerlos fué sana, lo cual tengo bien probado con hechos y razones que no dejan motivo á la menor duda.»>

98.-(En el comienzo de la primera pág..:) Auto proveido/por el Supremo Gobierno/a representacion del Ilustrisimo Sr./Obispo electo de esta Sta. Iglesia Catedral, reponiendo/à los Curas en la posecion de cobrar derechos por/las funciones parroquiales del Obispado, que/se mandaron avolir por el Gobierno/intruso./ (Colofón debajo de un filete ondulado, al pié de la última página impresa:) Santiago. En la Imprenta del Gobierno P. D. J. C. Gallardo

4.5 pp. fols.-Final en bl. Briseño, Est., Bibl., I, p. 32. B. N. S.

Este folleto contiene la vista del Fiscal de Real Hacienda, doctor Lazcano, fecha 2 de Diciembre de 1814, en que hace mérito de la

solicitud del Obispo Rodríguez, y, por supuesto, favorable á ella; y el auto de Osorio, de 10 del mismo mes, en que «ordena y manda que queden sin efecto, como nulas y atentadas, las órdenes y auto del Congreso y Junta de 26 de Septiembre y 25 de Noviembie de 1811 y sus demás correlativos al reglamento de la dotación

de Curas; satisfáganse hasta el fin del presente mes y año con los ramos destinados y agregados para ellas à la Tesorería General de Real Hacienda, restituyendo éstos después á sus legítimas pertenencias y administraciones, según se hallaban ántes, en virtud de costumbre, erecciones de iglesias, leyes y disposiciones reales; queden los párrocos en libertad de exigir sus justas obvenciones, con la equidad y lenidad propia de sus pastorales ministerios, etc. »

Osorio no se olvidó tampoco de recomendar al Obispo que procurase formar aranceles más completos que los que regían hasta entonces, en cumplimiento de la real cédula de 20 de Enero de 1772, que hasta ese momento había estado en suspenso, y á imitación de lo que se había ejecu

tado en Concepción y en otras diócesis de América; y, por fin, mandaba publicar en la capital por bando su resolución, y circularla á los intendentes, gobernadores, jueces políticos y cabildos de todo el reino.

La palabra «Supremo» con que se calificaba al Gobierno en el encabezamiento, despertó los recelos de la autoridad, y, así, se mandó corregir por «Superior» en la Gaceta de 5 de Enero de 1815, suponiendo haber sido errata. Por este motivo en todos los ejemplares se enmendó esa palabra por medio de un papel, con las letras ERIOR puestas en cima de REMO. Reproducido en la Gaceta del Gobierno, I, número VI, pp. 70-74.

99.-El Dos de Mayo./ Himno patriotico / de D. Juan Bautista Arriaza,/dispuesto para escena, /con la adicion de un monologo por el mismo autor,/por encargo del Cuerpo de Artilleria, / con el objeto de que se execute en el coli-/seo de la Cruz en el aniversario de este/dia memorable. / ~ / Reimpreso./Santiago en la Imprenta del Gobierno./Año de 1814.

75X120 milms.-Port., y en el reverso la explicación de la escena.-8 pp. s. f., inclusas las notas de la última para el texto.-Décima al Cuerpo de Artillería, I p.-F. bl.

Véase el facsimil..

Este librito que posee D. Aníbal Echeverría y Reyes es una de las piezas de aquella época más difíciles de obtener. No la cita el Sr. Briseño ni existe tampoco en la Biblioteca Nacional. La descripción que se da de la escena para el teatro y la facilidad para ser representada, siendo en realidad un monólogo con un coro de voces, que debía ir repitiendo los últimos versos; el hecho de haber sido compuesto en honor del Cuerpo de Artillería á que pertenecía Osorio, el vencedor

de Rancagua, acaso son indicios suficientes para congeturar que este himno fué alguna vez declamado en Santiago.

La décima final es como sigue:

Gloria al Cuerpo que el primero
Por la boca de un cañón
Respondió á Napoleón
«Obedecerte no quiero:>>
Pues ese incendio guerrero
Que ya en todas partes arde
Y aterra al Corso cobarde,
Todo es efecto del rayo
Disparado en Dos de Mayo
Por DAOIS y VELARDE!

100.—(Dentro de una orla:) Almanak/o Calendario, y diario de/quartos de Luna, segun el Meridiano de/Santiago de Chile/para el año de 1815./ (Gran viñeta muy tosca, probablemente grabada en madera, que representa á la luna radiante en su cuarto creciente.) Compuesto./Por D. Jose Camilo Gallardo. /Los dias en que hay precepto de oir Misa, y no/trabajar, tienen esta señal Los en que unicamen-/ te obligan el oir Misa se señalan con esta./ (Debajo de una línea de filetes:) Santiago; Imprenta de Gobierno.

8X12 cents.-Port., y a la vuelta: Epocas célebres. Cómputos eclesiásticos. Fiestas movibles. Cuatro témporas, párrafo que termina en la primera línea de la pág. sigte., s. f., que, como la anterior, contiene una nota sobre los días en que no se puede comer carne, días en que se puede ganar indulgencia plenaria, teniendo la bula de cruzada, y los eclipses (ninguno de ellos visible en Santiago).-Texto á dos columnas, con viñetas muy toscas de las fases de la luna, 13 pp. s. f.

B. N. S. Véase el facsimil.

Como épocas célebres se cuentan, entre otras, además del descubrimiento de América, del de Chile por Almagro, y de la fundación de Santiago (que se supone verificada un año después de la expedición de Almagro), «la feliz entrada del Ejército Real Pacificador, que fué el 5 de Octubre del año anterior.»><

Los días de fiesta, con obligación de oir misa, eran en aquel entónces, según este alma

ALMANAK

O CALENDARIO, Y DIARIO DE
quartos de Luna, segun el Meridiano de
Santiago de Chile

PARA EL AÑO DE 1815.

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POR ENCARGO DEL CUERPO DE ARTILLERIA, con el objeto de que se execute en el coliseo de la Cruz en el aniversario de este dia memorable.

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no

Los dias en que hay precepto de oir Misa, y trabajar, tienen esta seal Los en que unicamen-a te obligan el oir Misa se señalan con estat.

SANTIAGO IMPRENTA DE GOBIERNO.

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naque:

1.o de Enero. La Circuncisión del Señor. 6 de Enero. La Adoración de los Santos Reyes, día en que había absolución general en Santo Domingo.

2 de Febrero. La Purificación de Nuestra Señora. Indulgencia plenaria en Santo Domingo para los cofrades del Rosario, visitando su iglesia.

27 de Marzo. Pascua. San Ruperto.

28 de Diciembre. Los Santos Inocentes. 31 de Diciembre. San Silvestre Papa. De estos días había aún algunos que eran festivos dentro del recinto de la ciudad, como ser el de San Saturnino y el de Santo Domingo de Guzmán.

Además de los santos que quedan enumerados como patronos de algunas ciudades chilenas, de las restantes eran:

El Dulce Nombre de Jesús, de la ciudad de

3 de Abril. La Anunciación de Nuestra Se- Quirihue;

ñora.

4 de Mayo. La Ascensión del Señor.

15 de iď.

San Isidro labrador.

24 de Junio. La Natividad de San Juan Bautista.

29 de Junio. San Pedro y San Pablo. 25 de Julio. San Santiago apóstol, patrono principal de esta ciudad.

15 de Agosto. La Asumpción de Nuestra Señora.

8 de Septiembre. La Natividad de Nuestra Señora. Indulgencia plenaria y asistencia de los Tribunales en la Merced.

8 de Diciembre. La Concepción de Nuestra Señora, patrona de estos dominios y de la ciudad de la Concepción de Chile.

25 de Diciembre. La Natividad de N. S. Jesucristo.

26 de Diciembre. San Estéban.

San José Esposo de Nuestra Señora, de las
villas de Curicó, Maipo, Parral y Melipilla;
San Felipe, de la villa de Aconcagua;
San Luis Gonzaga, de la villa de Rere;
Santa Rosa de Lima, de la villa de los An-
des;

San Francisco de Asís, de la de Copiapó;
San Rafael Arcángel, de la de Cuzcuz;
San Carlos Barromeo, de la de San Carlos;
San Martín, de la de Quillota;

Santa Bárbara, de la de Casablanca;

San Ambrosio, de la de Linares y el Guasco. Santiago, como la capital, tenía varios. Además del Apóstol Santiago, San Francisco Solano, Nuestra Señora de Mercedes y San Saturnino.

El almanaque, no sólo anunciaba las fiestas. religiosas que debían celebrarse en días determinados del año en ciertas iglesias,-como la

Los días en que únicamente obligaba oir mi- rogativa que tenía lugar el 13 de Mayo por las

sa, eran:

31 de Enero. San Pedro Nolasco.

24 de Febrero. San Matías apóstol.
28 de Marzo. San Sixto y San Doroteo.

3 de Mayo. La Invención de la Santa Cruz, patrona de la villa de Rancagua.

16 de Mayo. San Juan Nepomuceno. 30 de Mayo. San Fernando rey de España, patrono de la villa de este nombre, y día del rey Fernando VII.

13 de Junio. San Antonio de Pádua. 26 de Julio. Santa Ana, madre de Nuestra Señora, patrona de la villa de Petorca.

4 de Agosto. Santo Domingo de Guzmán, patrono de la villa de la Ligua.

10 de Agosto. San Lorenzo.

24 de Agosto. San Bartolomé apóstol, patrono de las ciudades de Coquimbo y Chillán. 28 de Agosto.San Agustín, patron o de la ciudad de Talca.

10 de Septiembre. El Dulce Nombre de Maria, patrono de la ciudad y puerto de Valdivia.

21 de Septiembre. San Mateo Apóstol, patron o de la ciudad de Osorno.

29 de Septiembre. San Miguel Arcángel, patrón de la ciudad de los Angeles.

29 de Noviembre. San Saturnino, patrono ménos principal de esta ciudad.

30 de Noviembre. San Andrés, apóstol. 21 de Diciembre. Santo Tomás apóstol. 27 de Diciembre. San Juan Evangelista.

calles de Santiago con la milagrosa imágen del cristo de San Agustín, á que asistían los tribunales, en conmemoración del temblor del año de 1647,-sino también algunos hechos. Así se recordaba que el Sábado Santo se verificaba la visita de cárcel, día en que también se «cerraba el punto» esto es, entraba el feriado judicial, hasta el miércoles después de Pascua. El 24 de Diciembre celebrábase otra visita general de cárceles y se cerraba nuevamente el punto en los Tribunales.

Estos tenían obligación de asistir á la Catedral todo el octavario de Corpus; à la novena que principiaba en la Merced el 16 de Septiembre y á la absolución general que se verificaba en la misma iglesia el 24 de ese mes.

Merece leerse la nota puesta al día 5 de Octubre:

<< Este día debe ser eternamente memorable en Chile y todos sus pueblos. En él se destruyó la tiranía, se restableció el órden y sucedió al estado más deplorable el más feliz con la entrada pacífica que hicieron en esta capital las reales tropas pacificadoras, bajo su digno jefe el señor brigadier don Mariano Osorio:» nota inspirada por la adulación y que en el almanaque del año subsiguiente (1817) cuando ya Osorio no estaba en Chile, el editor cambió por esta otra: «<Conmemoración de la batalla de Rancagua, ganada contra los insurgentes por las reales armas de nuestro Católico Monarca, el 1.° y 2 de este mes del año de 1814, en cuyo

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