Imágenes de páginas
PDF
EPUB

dicha gente, y cargáronle tantas aguas que hobo de perecer el capitán y la gente, y volvió sin hacer cosa en fin de julio del dicho año.

Después, en principio del mes de noviembre del dicho año, torné á enviar el dicho capitán y gente al dicho puerto de la Burburuata: hízoles muy buen tiempo, pasaron por los llanos de Acarigua y dieron en la laguna de Tacarigua, y hicieron de paz muchos de los indios de aquella costa, y el dicho capitán hizo las diligencias y autos siguientes:

>>En la provincia y gobernación de Venezuela, que es en tierra firme de las Indias del mar Océano, á 24 días del mes de diciembre, víspera de la Natividad de Nuestro Señor y Salvador Jesucristo, de 1547 años, estando en la provincia que llaman de la laguna de Tacarigua, y á la lengua del agua de la dicha laguna de Tacarigua, por ante mí el escribano y testigos yuso escritos, el muy noble señor Juan de Villegas, teniente de gobernador y de capitán general en la dicha provincia por el muy magnífico señor Licenciado Juan Pérez de Tolosa, gobernador y capitán general en ella por S. M., dijo que por cuanto en la capitulación y asiento que S. M. mandó tomar con los alemanes, á cuyo cargo ha estado esta gobernación, se dió por límites della desde Maracapana hasta el cabo de la Vela, Leste Ueste, Norte Sur, según más largamente dijo que parecía por la dicha capitulación, por virtud de la cual vino por gobernador desta dicha provincia y gobernación con provisión de S. M. Ambrosio de Alfinger, alemán, el cual desembarcó con su armada en el puerto donde pobló la ciudad de Coro y tomó la posesión, después de lo cual, estando esta gobernación á cargo de Enrique Rembol, alemán, el dicho señor teniente, por mandado y comisión del dicho Enrique Rembol, fué por justicia mayor y capitán general á la costa de Maracapana, donde capituló con la justicia de Cubagoa, que fecha información de adónde llegaban los límites de la gobernación tomase la posesión de la tierra, la cual dicha información dijo que había hecho juntamente con la justicia de Cubagoa ante Andrés de Andino, escribano de S. M.,

y que por ella constaba y parecía que los límites de la gobernación de Venezuela llegaban hasta Maracapana, donde dijo que él, en nombre de S. M. y de los gobernadores de la dicha provincia, en su real nombre, había tomado la posesión en el año de 1543, y había usado de la juridición cevil y creminal de la dicha tierra, libre y desembarga. damente, sin contradición ninguna, que agora el dicho señor gobernador le ha enviado con gente de pie y de á caballo, como á su teniente, á conquistar y apaciguar la dicha laguna de Tacarigua y el puerto de Burburuata y Caracas y sus comarcas, donde le ha mandado busque minas de oro de que se tiene noticia, é hallando tierra cómoda para ello, la pueble, por estar la dicha provincia de Tacarigua en el comedio de la dicha gobernación de Venezuela, muchas leguas á sotavento de la dicha Maracapana; y en cumplimiento de lo susodicho, había llegado á la dicha laguna de Tacarigua; por ende dijo que continuando la dicha posesión, quería tomar y aprehender la posesión de la dicha laguna de Tacarigua en nombre de S. M., y del dicho señor gobernador de la dicha provincia en su real nombre, y tomándola y aprehendiéndola, llegó á la ribera de la laguna y cogió agua della, y con una espada cortó ramas, y se paseó por la dicha ribera de la dicha laguna y por otras partes, y se mandó poner y se puso junto á la dicha laguna una cruz de madera hincada en el suelo; lo cual todo dijo que hacía é hizo en señal de posesión, la cual tomó quieta y pacíficamente, sin contradición de persona alguna que yo el dicho escribano viese ni oyese; y de todo ello como pasó el dicho señor teniente del gobernador lo pidió por testimonio, siendo presentes por testigos á lo susodicho el capitán Luis de Narváez, é Per Alvarez, teniente de veedor de S. M. en la dicha jornada, é Pablos Xuárez, alguacil mayor, é Juan Domínguez Antillano y Gonzalo de los Ríos, y Sancho Briceño, y Juan Descalante, y otros muchos.

>>E después de lo susodicho, estando en un asiento cerca de la dicha laguna de Tacarigua, en 30 días del dicho

mes de diciembre el dicho señor teniente dijo: Que por cuanto él ha venido á la dicha laguna y sus comarcas á buscar y descubrir minas de oro y plata, de que se tenía noticia y agora al presente él, envía á cierta gente para que corra y vean alguna parte desta comarca, y que entre las personas que van había tres mineros de minas de oro, que eran Hernando Alonso y Juan Ximénez y Juan Sánchez Moreno; y porque diz que muchas veces sucedía que muchos mineros por sus propios intereses y por inducimiento de caudillos que llevan, y por otros respetos que les mueve para ello, aunque vean dispusición y calidad en la tierra por donde andan, y para haber y hallarse minas de oro, no lo hacen ni dicen, de lo cual redundaba gran daño y perjuicio á la real hacienda de S. M., y á los conquistadores desta provincia, y que á esta laguna habían venido á la poblar; por tanto, que hacía é hizo parecer ante sí á los dichos Hernando Alonso y Juan Ximénez y Juan Sánchez Moreno, mineros susodichos, de los cuales y de cada uno dellos tomó y recebió juramento en forma debida y de derecho, y so cargo dél, les encargó que con toda diligencia vean por las partes donde fueren la calidad y dispusición de la tierra, y sien alguna parte pareciere que hay dispusición para verse y hallarsen las dichas minas de oro, lo digan y manifiesten al dicho señor teniente y á toda la gente que aquí hay despañoles públicamente y sin hacer ni haber en ello fraude ni encubierta alguna por ninguna causa que sea; que les prometía y prometió como tal teniente de gobernador, que demás de lo que han de haber las personas que descubren primeramente minas, como primeros descubridores se les remuneraría y serían favorescidos en repartimientos y otros provechos de la tierra, é á la confisión del dicho juramento dijieron sí juro y amén, y prometieron de lo ansí hacer y cumplir en todo: testigos los dichos.

>>É después desto, estando en la ribera y costa de la mar á la lengua del agua, do dicen puerto y salinas de Burburuata, á 24 días del mes de hebrero de 1548 años, por ante mí el dicho escribano y testigos yuso escritos, pareció pre

sente el dicho Juan de Villegas, teniente de gobernador y de capitán general susodicho, y dijo que como ha dicho y declarado en los autos antes deste, él había venido, por mandado del dicho señor gobernador, á estas provincias á buscar minas de oro, y á conquistar y apaciguar y traer al servicio de S. M. los indios naturales de las dichas provincias, y habiendo tierra cómoda para ello, poblar un pueblo de españoles, en lo cual había puesto mucha diligencia, y en apaciguar y reducir al servicio de S. M. los indios de las dichas provincias, dándoles á entender su libertad y lo nuevamente proveído y mandado por S. M., y cómo de aquí adelante no han de ser sacados de sus naturalezas, y que hasta agora se han hecho algunos caciques y principales de paz con mucho trabajo, porque á lo que se les decía no daban crédito á causa de los muchos robos que diz que en estas provincias han fecho armadas de la Española y Cubagoa, porque de diez años á esta parte, de paz y de guerra, han destruído la mayor parte de los indios comarcanos á la dicha laguna de Tacarigua y puerto de Burburuata y sus comarcas, haciéndolos esclavos, siendo de la dicha gobernación de Venezuela, á cuya causa los indios que han quedado han dejado sus propios intereses é asientos, y se habían subido á las montañas; é que no obstante que las dichas minas de que tanta noticia se tiene, hasta agora no se han descubierto, se tiene esperanza que siendo Dios Nuestro Señor servido se descubrirán; y que al dicho señor teniente le parecía y pareció que haciéndose un pueblo de españoles en el dicho puerto de Burburuata, se reducirán del todo todos los indios de las dichas comarcas y Caracas y otras naciones á ellos comarcanas, y servirán á los vecinos de dicho pueblo, y mediante la vecindad, contratación y comercio que se terná con los dichos indios, es de creer que se descubrirán los secretos de la tierra y las dichas minas de oro, y se allanará la tierra, porque los dichos indios den lugar que se busquen; y que él agora, en nombre de S. M. quería tomar, como dijo que tomaba y tomó y aprehendió, la posesión del dicho puerto y salinas de Bur

buruata, y en señal de posesión se paseó por la dicha playa y tomó la posesión en forma.

>>É después de lo susodicho, estando cerca del dicho puerto y río de Burburuata el dicho señor teniente, dijo que allí le parecía sitio y asiento conveniente, por ser la tierra cómoda, para asentar el pueblo de españoles; por tanto, en nombre de S. M. fundaba allí una ciudad de españoles, á la cual dijo que intitulaba por nombre la ciudad de Nuestra Señora de la Concepción del puerto de Burburuata, de la gobernación de Venezuela; y señalada la dicha ciudad, dijo que protestaba y protestó de la poblar de españoles casados y solteros, que con muchos ganados vacunos y ovejunos y yeguas quedan con el dicho señor gobernador en el asiento del Tocuyo, aguardando la dicha poblazón; y en señal de principio de fundamento se comenzó y mandó desmontar y trazar el dicho asiento y sitio para la dicha ciudad; y de todo ello, como pasó, lo pidió por testimonio: testigos los dichos.

>>Este dicho día, mes é año susodicho, el dicho señor teniente dijo: que por cuanto en nombre de S. M. había fundado la dicha ciudad, y en ella desde luego se querría avecindar la gente que con él había venido para venir con sus haciendas y ganados á la poblar, y ante todas cosas se había de hacer y edificar una iglesia y casa de oración donde se celebre el culto divino; por tanto, en nombre de S. M., como tal teniente y primer fundador y poblador que quería ser de la dicha ciudad, por sí, en nombre de los vecinos della, para siempre jamás, dijo que tomaría y tomó, señalaba y señaló por patrón y advocación de la dicha iglesia á Nuestra Señora de la Concepción; y porque ella sea rogadora, medianera é intercesora con su precioso Hijo, que tenga por bien que las dichas minas de oro de que se tiene noticia en esta comarca, se descubrirán para que puedan vivir los españoles de la dicha ciudad y se alimenten sin menoscabo de sus conciencias; y desde agora, en nombre de S. M., como primero fundador, por sí y por los otros vecinos y pobladores que al presente se avecindaran y po

« AnteriorContinuar »