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ya por la distinguida posicion que ocupa, ya por la inteligencia y cordura que le caracterizan.

El Gobierno ve con profundo pesar la continuacion de la guerra entre España y los pueblos hermanos del Pacífico, y llama con todos sus votos el restablecimiento

de la paz que los saque de un estado en gran manera per

judicial, y que, bajo condiciones honrosamente satisfactorias para ambas partes, cure las heridas abiertas por la mano de la aciaga discordia. Mucho se espera de la anunciada y espontánea interposicion de los Estados Unidos de América.

Francia.

Mirando por el fomento de las buenas relaciones con Francia, deseo constante del Gobierno, decretó él la vuelta á Paris del Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario que allí sirve á los Estados Unidos de Venezuela. El mismo estaba nombrado de antemano para entenderse con la Comision imperial en

lo

que pertenece á la exposicion que se abrirá el primero de Abril próximo. Fué ya señalado el espacio que ocuparán en el lugar de ella los objetos procedentes de la república; y se hacen esfuerzos por mandar algunos de los muchos que pudieran presentarse en circunstancias ménos desfavorables.

Se han aumentado los lazos que unen á los dos pueblos con la línea de vapores que parte mensualmente de San Nazario, y pasando por Martinica, se extiende

hasta La Guaira y Puerto Cabello. De aquí ha resultado la necesidad de nombrar cónsules en el primer lugar y en Fort de France; necesidad que ha sido atendida. El Ejecutivo se ha mostrado con el nuevo paquete tan liberal como se lo permite la legislacion vigente.

Siguen regulando el trato de ambos pueblos, en órden á comercio, navegacion y materia consular, los pactos convenidos desde 1842 y 1856 respectivamen

No obstante haber expirado los plazos prescritos á su duracion, se han prorogado por tácito consentimiento, segun la letra de su última cláusula. El señor Encargado de Negocios ha presentado un proyecto de convencion consular que sustituya á la referida, y, si bien se aceptó como base de negociacion, esta no ha podido llevarse adelante,

Los ajustes de 6 de Febrero y 29 de Julio de 1864, destinados á sellar los expedientes de reclamaciones, hacen necesario el pago de trescientos mil pesos en este año y los dos que siguen, habiendo de entregarse cada semestre la mitad en los dias 3 de Febrero y 3 de Agosto. Habíase creido cobrable otro plazo á mediados de 1866; y con efecto se hizo entónces la notificacion correspondiente. Mas el Gobierno no tuvo por exacta, esa inteligencia, y motivó su opinion en los argumentos que aduce la nota Ministerial de 7 de Agosto. De ella se envió copia á la Legacion Venezolana en Francia, para que demostrase la justicia con que procedia la república. Los raciocinios del infraescrito no lograron modificar las convicciones del Gabinete Imperial sobre la época en que ha de efectuarse el pago. Con todo, pensó que bastaba que el art. 39 hubiese sido

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interpretado de una manera diferente por la Administracion de Venezuela, para que al cabo la dificultad`se resolviese conforme á su juicio. No 15.

Confiaba el Ejecutivo en poder desempeñar la fe de la nacion al llegar el 3 del mes presente. No ha perdonado diligencia por conseguir sus fines; mas tuvo la pena de ver acercarse el dia señalado sin tener á mano los fondos requeridos. Está aguardando el resultado de varios pasos, y necesita algun tiempo de respiro, como hubo de comunicarlo al Sr. Encargado de Negocios el 19 del corriente, ántes que se le cobrase la deuda. La Legislatura se penetrará de la necesidad de ayudar eficazmente al Ejecutivo á salir de tan grandes embarazos, sin perder de vista que dentro de seis meses se deberán ciento cincuenta mil pesos mas, y así en adelante hasta Agosto de 1869. Entónces quedarán amortizados los novecientos mil pesos que aun se restan, si en cada semestre se entrega la sexta parte en los términos convenidos.

En su mensaje á las Cámaras de 1866, el Ejecutivo nacional les habló de las causas que habia tenido para transijir amigablemente con las legaciones los diversos reclamos á que dieron márgen los últimos años de inquietudes domésticas. Figuraba entre ellas la esperanza de que este benévolo proceder granjease las simpatías de las naciones amigas, y las moviese á cooperar en el empeño de poner término á las demandas pecuniarias. Se proponia no admitirlas en adelante mas que en los casos establecidos por el derecho de gentes. En cumplimiento de un programa tan justo, y sobre todo tan necesario en circunstancias en que ago. bia á la república el peso de las reclamaciones, no ha

podido acceder á la entablada en favor del súbdito Frances señor Bartolomé Tavera. En las notas que se copian al fin se expone el caso, y se discute la cuestion como la entiende el Gobierno. Se pide al Congreso que señale el rumbo que ha de seguirse en el evento de que, no satisfecha la legacion, persista en obtener del Ejecutivo lo que se ha negado hasta ahora. No 16.

En Francia se ha reformado la ley sobre propie dad literaria, segun participacion que ha hecho su representante en Caracas. El cambio ha consisti do en aumentar el tiempo de la duracion de los privilegios de los autores, no ménos en provecho de sus herederos que de cualesquiera otros á quienes traspasen sus títulos. De modo que los ingenios tendrán mayores estímulos para producir con atencion al acrecentamiento del premio. Tales ideas se expresaron en la respuesta. Número 17.

Tambien se ha informado al Ejecutivo, por el mismo conducto, de que por otra ley de 19 de Mayo último han sido exentados los buques extranjeros, desde el principio del año en que estamos, de todo derecho de tonelada en los puertos Franceses. La misma ley suprime, dentro del plazo de tres años, bajo condicion de reciprocidad, los recargos de bandera aplicables á las producciones importadas de los paises de su orígen por buques extranjeros. La legacion ha dicho que, como en Venezuela no existen impuestos diferenciales, y el tratado asimila la marina mercante de ambas naciones, la última parte no toca á sus recíprocos intereses. En cuanto á la primera, el Gobierno imperial excita al de la república á seguir el ejemplo de Francia y exone.

rar al comercio de cargas que no pueden sino gravar los cambios internacionales. La Administracion recomienda al Congreso el voto que emana de tan elevada fuente.

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La Gran Bretaña.

Hay algunos puntos dignos de tratarse y resolverse en las relaciones de Venezuela y la Gran Bretaña. Son generalmente conocidos, y forman los objetos de la plenipotencia nombrada para la Corte de Londres, hallándose pendientes desde la muerte del Doctor Alejo Fortique.

En el mes de Octubre de 1865 quedaron ajustadas las reclamaciones Británicas provenientes de los cinco años de desavenencias domésticas. Tres de ellas, que se miraban como urgentes por la situacion de los interesados, se mandaron pagar en Ciudad Bolívar, Güiria y Carúpano, y ascienden juntas á poco mas de catorce mil pesos. Para las restantes, que son las mas y componen la mayor cantidad, no se ha hallado cómo atenderlas. El señor Encargado de Negocios ha escrito con frecuencia al Ministerio quejándose de demora. No ha sido perfeccionado el ajuste, y él ha manifestado que se aceptaria el diez por ciento ofrecido, siempre que todo su producto se destinase á las deudas Inglesas, porque de otra suerte se necesitarian muchos años para su amortizacion, y del modo propuesto bastarian seis meses. Ha insistido tambien en la cláusula

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