Código mercantil de Bolivia: anotado y concordado con la lejislacion patria y los códigos de comercio de Francia, España, Perú, Chile y República Argentina, seguido de las leyes y disposiciones posteriores á su publicacion, que lo reforman y completan ; y de las leyes y disposiciones especiales sobre privilejios, aduanas, sociedades anónimas en general y bancos, Volumen2"El Imparcial, 1891 - 989 páginas |
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... especial- anente las covaderas esplotadas y por esplotar de Mejillones . - Para la firmeza y seguridad de este solemne empeñó el Gobierno de Boliva firmará la escritura correspondiente , tan pronto como se ini- cien los trabajos del ...
... especial- anente las covaderas esplotadas y por esplotar de Mejillones . - Para la firmeza y seguridad de este solemne empeñó el Gobierno de Boliva firmará la escritura correspondiente , tan pronto como se ini- cien los trabajos del ...
Página 490
... Hipotecario de Bo- livia , tiene , por privilejio especial , prioridad de pre- lacion sobre todo privilejio legal y aún del Estado sobre toda hipoteca legal , judicial y convencional de la cual no se haya tomado razon en el 490.
... Hipotecario de Bo- livia , tiene , por privilejio especial , prioridad de pre- lacion sobre todo privilejio legal y aún del Estado sobre toda hipoteca legal , judicial y convencional de la cual no se haya tomado razon en el 490.
Página 516
... sociales , obligan á todos los accionistas , aun á los ausentes y disidentes . Artículo 55. - Las actas de sus reuniones , se llevarán en un libro especial y el proceso verbal de cada una , con la nómina de los accionistas presen- - 516.
... sociales , obligan á todos los accionistas , aun á los ausentes y disidentes . Artículo 55. - Las actas de sus reuniones , se llevarán en un libro especial y el proceso verbal de cada una , con la nómina de los accionistas presen- - 516.
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... especial lo relativo á préstamos , si el Consejo no se reuniese en su sesion ordinaria ni en la siguiente á que él lo citare . SECCION 3. * ADMINISTRADOR Artículo 80. - El Adinistrador es el repre- sentante legal de la sociedad ...
... especial lo relativo á préstamos , si el Consejo no se reuniese en su sesion ordinaria ni en la siguiente á que él lo citare . SECCION 3. * ADMINISTRADOR Artículo 80. - El Adinistrador es el repre- sentante legal de la sociedad ...
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... especial . La renovacion no puede ser pronunciada sino por siete votos contestes , y no se ilevará á efecto sin la aprobacion de la Junta Ge- neral . Artículo 85. - El Administaador tiene dere- cho para oponerse á un acuerdo del Consejo ...
... especial . La renovacion no puede ser pronunciada sino por siete votos contestes , y no se ilevará á efecto sin la aprobacion de la Junta Ge- neral . Artículo 85. - El Administaador tiene dere- cho para oponerse á un acuerdo del Consejo ...
Contenido
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Términos y frases comunes
1.º de Enero 30 de Setiembre 31 de Octubre acciones Administrador Aduana Nacional Aduanero aforo agentes amortizacion ANICETO ARCE Antofagasta anual arancel Arica Artículo autorizacion Banco Boliviano Banco Hipotecario Banco Nacional bancos de emision billetes blica bultos buques Cámara de Comercio capital efectivo cargo centavos certificado ciento cion conforme Congreso Nacional Consejo de Administracion debe Decreto depósito derechos despacho despues deudor Directorio disposiciones documentos ejecucion Ejecutivo Emeterio Cano emitir Enero establecer Estatutos exijir exportacion extrangero fianza fija fiscales Gerente Hacienda é Industria Hacienda é Industria.-La hipoteca Industria.-La Paz inmueble intereses legal letras hipotecarias liquidacion liquidaciones manifiesto mensual mercaderías miembros Ministerio de Hacienda Ministro Mollendo multa obligaciones Octubre de 1890 oficina pago pólizas Prefecto del Departamento presente PRESIDENTE CONSTITUCIONAL privilejio puerto Puerto Suárez recargo Reglamento República resguardo Resolucion respectivo semestre serán sesion Setiembre sociedad anónima sociedades Sucre sucursales sujeto Supremo tambien tículo timbre Tómese razon Tupiza valor vijente
Pasajes populares
Página 764 - Este pacto será ratificado por el gobierno de Bolivia, en el término de cuarenta días, y las ratificaciones canjeadas en Santiago, en todo el mes de junio próximo.
Página 865 - Las cuestiones que surjan entre las personas que han intervenido en la negociación de una letra de cambio, se ventilarán ante los jueces del domicilio de los demandados en la fecha en que se obligaron, o del que tengan en el momento de la demanda.
Página 866 - Una vez cumplidas las medidas preventivas por medio de las respectivas cartas rogatorias, el juez exhortado hará publicar por el término de sesenta días avisos en que dé á conocer el hecho de la declaración de quiebra y las medidas preventivas que se han dictado.
Página 858 - Belisario Prats, Ministro de la Corte Suprema de Justicia. SE el Presidente de. la República del Paraguay, por — El señor doctor don Benjamín Aceval, y por — El señor doctor don José Z.
Página 866 - Declarada la quiebra en un país en el caso del artículo anterior las medidas preventivas dictadas en ese juicio, se harán también efectivas sobre los bienes que el fallido tenga en otros Estados, sin perjuicio del derecho que los artículos siguientes conceden a los acreedores locales.
Página 862 - Si la agencia marítima no existiere en la época en que se inicie el litigio, el fletador podrá deducir sus acciones ante los tribunales del domicilio de cualquiera de los interesados o representantes de aquélla. Si el actor fuese el fletante, podrá entablar su demanda ante los tribunales del Estado en que se encuentre domiciliado el fletador.
Página 859 - Las sociedades ó asociaciones que tengan carácter de persona jurídica se regirán por las leyes del país de su domicilio; serán reconocidas de pleno derecho como tales en los Estados, y hábiles para ejercitar en ellos derechos civiles y gestionar su reconocimiento ante los tribunales.
Página 868 - No es indispensable para la vigencia de este tratado su ratificación simultánea por todas las naciones signatarias. La que lo apruebe lo comunicará a los gobiernos de las Repúblicas Argentina y Oriental del Uruguay, para que lo hagan saber a las demás naciones contratantes. Este procedimiento hará las veces de canje. Art. 14.
Página 863 - Las cuestiones que se susciten entre el dador y el tomador serán sometidas a la jurisdicción de los tribunales donde se encuentren los bienes sobre los cuales se ha realizado el préstamo. En el caso en que el prestamista no pudiese hacer efectivo el cobro de las cantidades prestadas en los bienes afectos al pago, podrá ejercitar su acción ante los tribunales del lugar del contrato o del domicilio del demandado.
Página 868 - La autoridad de los síndicos o representantes legales de la quiebra, será reconocida en todos los Estados, si lo fuese por la ley del país en cuyo territorio radica el concurso al cual representan, debiendo ser admitidos en todas partes a ejercer las funciones que les sean concedidas por dicha ley y por el presente Tratado.