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Cienfuegos, Camilo Henriquez, don José Miguel Infante, don Manuel Salas, doctor don Gabriel Tocornal, don Francisco Ramon Vicuña. Para qué tenga efecto, imprímase i circúlese.- Lastra."

Santiago, marzo 17 de 1814.

"Los asuntos contenciosos, en cualquiera de los ramos de justicia, hacienda i guerra, se iniciarán o seguirán en la intendencia de provincia. Los de provisiones de ejército i sus incidencias, en la de ejército. Para su puntual i exacto cumplimiento, imprímase i circúlese. Lastra" (1).

Al mismo tiempo que de este modo se constituia i organizaba el nuevo poder, nuestro ejército, separado e incomunicado de la capital por consecuencia de la pérdida de Talca, sufria sérios contrastes i perma necia diseminado en dos divisiones, cuya reunion impedia el enemigo triunfante i poderoso: los independientes, desalentados, divididos i fatigados, habian perdido ya su celo, su entusiasmo, i dejaban cobrar cada dia mas prestijio a los contra-revolucionarios, los cuales, careciendo de valor para reaccionar, se contentaban con aprovechar las circunstancias para desconceptuar a sus adversarios i rehabilitar en el pueblo el respeto i amor por la metrópoli. En tal situacion el nuevo gobierno, como para variar la faz de tan tristes hechos, abraza con esforzada actividad

(1) Monitor Araucano de 18 de marzo de 1814, núm. 27.

la causa de la revolucion, inspira vida a todo lo que le rodea, despierta grandes i bellas esperanzas, levanta una nueva lejion de defensores, pone en movimiento los talleres de la maestranza e improvisa armas i otros mil recursos, en donde quiera que fija sus esfuerzos.

Empero, esa actividad no basta: la revolucion va ya en decadencia, no hai ahora quien pueda salvarla de la ruina segura a que la condujeran las imprudentes rivalidades de los patriotas, la frecuente variacion de constituciones i de gobiernos, la perpetua fluctuacion i consiguiente debilidad en el manejo de los negocios. Es cierto que los nuevos principios se han propagado, que la esperanza de independencia alienta i halaga todavia a muchos corazones, que el nuevo gobierno despliega un esfuerzo estraordinario para consolidar la causa i defender el pais. ¿Pero qué vale todo eso en presencia del imperio de las preocupaciones en que se apoyan los realistas i al lado del desencanto de las ilusiones, del ardiente deseo de paz que ajita a todos los espíritus? No hai medio: los patriotas mas sinceros tienen que humillarse a la fuerza de la opinion que los vence, i aun deben halagar las pasiones i aspiraciones de los amigos de la metrópoli. Una ocasion oportuna se presenta: el comodoro ingles Hillyar es el ánjel que trae a Chile la paz, ese precioso bien por el cual todos suspiran: por su mediacion se celebran los tratados de 3 de mayo, en los cuales se declara que Chile es parte integrante de la monarquía española, i súbdito de Fernando VII, en consonancia con el acuerdo ignominioso que el gobierno i el Senado habian espedido, abjurando

los principios de la revolucion i atribuyendo a los Carreras los planes de independencia i las causas de la guerra que atormentaba al pais (1).

Los verdaderos patriotas, entre los cuales se cuenta el Director Supremo, tuvieron que sofocar en el fondo de sus corazones la vergüenza dolorosa de tan desa

(1) Ese acuerdo es el siguiente: "Por la prision de Fernando VII quedaron los pueblos sin rei i en libertad de elejir un gobierno digno de su confianza, como lo hicieron las provincias españolas, avisando a las de ultramar que hiciesen lo mismo a su ejemplo.

"Chile, deseoso de conservarse para su lejítimo rei, i huir de un gobierno que lo entregase a los franceses, elijió una junta gubernativa compuesta de sujetos beneméritos. Esta fué aprobada por la rejencia de Cádiz, a quien se remitieron las actas de su instalacion, siendo ella interina mientras se formala un congreso jeneral de estas provincias, que acordase i resolviese el plan de administracion conveniente en las actuales circunstancias. Se reunió efectivamente el congreso de sus diputados, quienes, en su apertura, juraron fidelidad a su rei Fernando VII, mandando a su nombre cuantas órdenes i títulos espidieron, sin que jamas intentasen ser independientes del rei de España libre, ni faltar al juramento de fidelidad.

"Hasta el 15 de noviembre de 811 quedó todo en aquel estado, i entónces fué cuando por fines e intereses particulares i con la seduccion de la mayor parte de los europeos del reino, fué violentamente disuelto el Congreso por la familia Carrera, que hechos dueños de las armas i de todos los recursos, dictaron leyes i órdenes subersivas de aquel instituto, sin que ni las autoridades, ni el pueblo, ni la prensa, pudiesen esplicar los verdaderos sentimientos de los hombres de bien, ni opinar con libertad.

"Así es como durante el tiempo de aquel despotismo, se alteraron todos los planes, i se indicó, con signos alusivos, una INDEPENDENCIA que no pudieron proclamar solemnemente por no estar seguros de la voluntad jeneral. Sin duda aquella anarquía i pasos inconsiderados, movieron el ánimo del virei de Lima a conducir a estos paises la guerra desoladora, confundiéndose así los verdaderos derechos del pueblo, con el desórden i la inconsideracion. Atacado el pueblo indistintamente por esto, le fué preciso ponerse en defensa, i conociendo que la causa fundamental de la guerra eran aquellos opresores, empleó todos sus conatos en separarlos del mando, valién

certado proceder, creyendo fecundo en buenos resuldos este sacrificio que hacian, arrastrados por el poderoso partido de los realistas i medrosos, i esperanzados en aprovechar la suspension de hostilidades.

Pero esa esperanza que los halaga no se realizará

dose de las mismas armas que empuñábamos para defendernos de la agresion esterior.

"Puesto así el gobierno en libertad i deseando elejir un gobierno análogo a las ideas jenerales de la monarquía, confió la autoridad a un gobernador, llamándole supremo, por haber recaido en él la omnímoda facultad que tuvo la primera junta gubernativa, instalada en 18 de setiembre de 1810; i se propone ahora restituir todas las cosas al estado i órden que tenian el 2 de diciembre de 1811 cuando se disolvió el Congreso.

"Por tanto, aunque nos hallamos con un pié mui respetable de fuerza, que tiene al reino en el mejor estado de seguridad, que diariamente se aumenta i aleja todo recelo, conviniendo con las ideas del virei por la mediacion e influjo del señor comodoro Mr. James Hillyar, i para evitar los horrores de una guerra, que ha dimanado de haberse confundido los verdaderos derechos e ideas sanas, con los abusos de los opresores, propone Chile lo siguiente:

1.0 "Que supuesta la restitucion de las facultades i poder del gobierno al estado que tuvo cuando fué aprobado por la rejencia, debe suspenderse toda hostilidad, i retirarse las tropas agresoras, dejando al reino en libre uso de sus derechos, para que remita diputados a tratar con el supremo gobierno de España el modo de conciliar las actuales diferencias.

2.0 "No se variará el poder i facultades del gobierno de la manera que fué aprobado por la rejencia, esperando el reino el resultado de la diputacion que ha de enviar a España.

3. Se darán todos los ausilios que estén al alcance del reino para el sosten de la Península.

4.0 "Se abrirán los puertos a todos los dominios españoles para que continúen las relaciones mercantiles mutuamente.

5.0 "Se ofrece al señor comodoro Mr. James Hillyar, mediador de las diferencias entre el señor virei de Lima i este gobierno, una garantía suficiente para el cumplimiento de esta transaccion.

6. "Siendo notorio, tanto en Chile como en Lima, el eficaz deseo

jamas: la patria ha desaparecido, la luz de los principios revolucionarios se ha eclipsado, la España ha recobrado su antiguo prestijio i su poder, Chile ha vuelto a ser una colonia i ha restablecido la bandera española; la inmensa mayoría de sus habitantes, si no aplaude, a lo ménos recibe con indiferencia su nuevo

del señor comodoro i comandante de la Phabe, de terminar las diferencias pendientes en dos Estados unidos por naturaleza i relijion, aceptamos su laudable mediacion entre ámbos gobiernos, i ofrecemos garantir los tratados que por ella se hagan, con la seguridad que esté en nuestra facultad, i siendo esto conforme sustancialmente con los sentimientos que en conversaciones particulares ha manifestado el señor virei al señor Hillyar, a escepcion de quedar sujetos a guarnicion estraña, nos ofrecemos tambien a reponer esta falta de garantía con rehenes equivalentes. Por tanto, espera Chile no se ponga el menor embarazo en la salida de las tropas de Lima, en cuya negativa nunca podrá convenir este reino, así para hacer una eleccion libre de sus diputados, como para evitar una anarquía, i las disenciones interiores que probablemente se orijinarian, quedando alguna fuerza esterior; i sobre todo, porque garantidas las proposiciones de un modo seguro, es inútil, i podria ser mui perjudicial mantener en el reino aquella fuerza.

7.0 "Quedarán olvidadas las causas que hasta aquí hayan dado los vecinos de las provincias del reino, comprometidos por las armas, con motivo de la presente guerra.

8.0 "El gobierno deja a discrecion i voluntad de los jenerales de nuestro ejército restaurador, acordar i determinar el punto o situacion en que han de discutirse i decidirse los tratados i demas ocurrencias de que no se haya hecho mérito, i tambien el que personen la discusion, o en su lugar nombren plenipotenciarios que desempeñen a satisfaccion tan importante encargo; i para este nombramiento, se autorizan en bastante forma.

"Convenidos los jenerales de ámbos ejércitos en los antecedentes artículos, sin variacion sustancial, volverán a este gobierno para su ratificacion, que se hará en el término que acordasen.

"Santiago, abril 19 de 1814.- Francisco de la Lastra. Doctor José Antonio Errázuriz. Camilo Henriquez. - Dr. Gabriel José de Tocornal. - Francisco Ramon Vicuña. Dr. Juan José de Echeverria, secretario."

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