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bildo abierto por una reunion numerosa de vecinos que levantaron una acta en tal sentido.

Restablecido el Director, nombró ministros i constituyó un consejo Consultativo compuesto de su ministerio, el presidente de la Corte Suprema, el rejente de la de Apelaciones, decano del tribunal de cuentas, comandante jeneral de armas, intendente de la provincia, gobernador eclesiástico i de un propietario, que lo fué don Fernando Errázuriz, i un comerciante que fué don Diego Portales.

Pero esta nueva institucion quedó consignada solamente en el decreto que la creó, sin que la historia nos revele rastro alguno de su existencia. Asi es que Portales no ejerció nunca ese primer empleo público que tuvo en el gobierno de su patria, ni tuvo entónces ocasion de lucir sus talentos políticos. Es preciso que esperemos su época i que entre tanto nos contentemos con verlo figurar todavía como empresario del estanco,

En 1826 estaba aun en todo el auje de su empresa, cuando el ejecutivo llamó la atencion del congreso nacional, en un mensaje demasiado notable, sobre un reclamo hecho por los tenedores de bonos del empréstito de Londres, que se quejaban de la insolvencia de sus dividendos e intereses. El mensaje obró una verdadera alarma en la cámara: el ministro de hacienda fué interpelado sobre las medidas de seguridad que habia tomado el ejecutivo para hacer efectiva la contrata de agosto de 1824, i se vino en conocimiento de que el monopolio del estanco habia sido entregado por el señor Benavente a Portales, Cea i Ca., sin las fianzas i formalidades que exijia el Senado con

sulto de 19 de marzo del mismo año, habiendo sido preciso derogarlo por el decreto aprobatorio de la contrata, para celebrarla conforme a la lei del Congreso anterior, que habia sido reformada por el Senado consulto, i la cual fué preciso rehabilitar, porque no hacia necesarias las fianzas.

Ardiente fué la discusion que se trabó sobre tales antecedentes, i no podia dejar de serlo, desde que se tocaban los tristes resultados de la medida del exministro Benavente, i desde que una realidad mas triste todavia venia a sorprender al Congreso, que se halló sin tener contra quien dirijir la accion fiscal, puesto que no habia responsabilidad ninguna que hacer efectiva, ni la ofrecia la casa contratante.

El estanco en manos de Portales, Cea i Ca. no habia producido un solo beneficio al Estado, i los fines que se habian espuesto en el preámbulo del decreto del ministro Benavente habian sido burlados. La casa era insolvente, el erario necesitaba reasumir el monopolio para organizarlo de nuevo i no perderlo todo; pero tenia que habérselas con un adversario poderoso, que habia sacado sus fuerzas del mismo negocio que tan deplorables resultados habia producido.

El Congreso Nacional dió pues una lei en 2 de octubre de 1826, trasladando el estanco al fisco i mandando verificar en el término de tres meses un juicio de compromiso con los empresarios para liquidar el negocio. Esta lei, que no aparece en el Boletin respectivo, no fué puntualmente cumplida, pues en mayo de 1827 se espidió otro decreto señalando nuevo término para verificar el juicio i decidiendo sobre

ciertos reclamos dilatorios de los empresarios. A fines del mismo año, todavía la cuestion estaba pendiente, i solo a principios de 1828 se rejistra en los diarios de la época la noticia de la aprobacion de las cuentas de los empresarios.

III.

Con todo, la lei de 1826 trajo otro jénero de resultados que obraron de una manera bien efectiva en la situacion política. Portales se puso en campaña i él i su círculo fueron bautizados con el apellido de estanqueros en la lucha de los partidos. Hasta entónces no figuraban en la arena sino dos bandos, el de los liberales o pipiolos que dominaba, i el de los pelucones o serviles que hacia la oposicion. Los estanqueros entraron en liza formando causa comun con estos últimos porque eran propiamente una fraccion de los pelucones, por sus principios e intereses, i porque su mision no tenia otro fin que derrocar a la administracion que les habia arrancado el monopolio del estanco.

Portales se habia instalado en Santiago despues de haberse apartado de la sociedad comercial a que pertenecia, la cual, pasados algunos meses, hizo una bancarrota como de dos millones, la mas estupenda que hasta entónces habia tronado en estos contornos. Pero el protagonista, cambiando de traje, se habia hecho periodista en consorcio con Benavente, el exministro de la contrata, i otros tres amigos i antiguos cofrades suyos. De esta comparsa salió el Hambriento, papel público sin período, sin literatura, impolítico, pero provechoso i chusco, segun se titulaba él mismo, i que se publicó en diez números desde diciembre de 1827 hasta marzo del año siguiente.

No se sabe acertivamente si don Diego Portales escribia, pero si lo hubiera hecho en tal papel, mala muestra de su destreza literaria nos habria dejado, porque no hai allí un solo artículo que contenga principios, ni ideas serias, ni siquiera la dilucidacion de alguna cuestion social, política, administrativa o relijiosa, o de mejora local. No hai nada, sino una serie de pasquines en cada número contra las personas influentes de la administracion, i precisamente debe a esto la celebridad que ha traido hasta nuestros dias.

El público de entónces se aficionó a cierto gracejo con que el Hambriento ridiculizaba a los pipiolos, poniéndoles apodos, notándoles sus defectos personales i hastas sus faltas privadas i sus vicios: pero aun ese gracejo era una imitacion del Granizo de Buenos Aires, i estaba mui léjos de atenuar la injuria o de disfrazar la diatriba que hacia el fondo de todos los artículos en prosa i verso, todos ellos pequeños i de corto aliento, que se publicaban en el periódico es. tanquero. Con todo, éste escusaba su odioso abuso de la libertad de imprenta, asegurando que se proponia correjir de ese modo el desenfreno i la licencia: "Tiempo vendrá, decia, anunciando como un profeta la lei de 1846, en que los severos aristarcos que hoi declaman contra la acritud de mi sátira, gozando de imperturbable sosiego bajo la tuicion benéfica de un reglamento de imprenta que proteja la bien hechora libertad i contenga el abuso del mas apreciable derecho, sean los primeros en bendecir mis esfuerzos para proporcionar al pais un bien que tanto influye en su ilustracion i en su dicha. Esto supuesto, caiga el que cayere i ande la bola."

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