Chile contemporáneoImpr. Cervantes, 1904 - 232 páginas |
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Página 89
... Reglamentar el uso i la construccion , nivelacion i limpia de los desagües , acequias i cloacas , i de los canales i acueduc- tos , impidiendo que en ellos arrojen basuras i desperdicios que puedan obstruir el libre curso de las aguas i ...
... Reglamentar el uso i la construccion , nivelacion i limpia de los desagües , acequias i cloacas , i de los canales i acueduc- tos , impidiendo que en ellos arrojen basuras i desperdicios que puedan obstruir el libre curso de las aguas i ...
Página 90
... Reglamentar la instalacion i servicio de corrales , caballe- rizas , fábricas o industrias insalubres , determinando las condi- ciones de limpieza a que deben someterse para que no infec- cionen el aire , i pudiendo prohibirlos dentro ...
... Reglamentar la instalacion i servicio de corrales , caballe- rizas , fábricas o industrias insalubres , determinando las condi- ciones de limpieza a que deben someterse para que no infec- cionen el aire , i pudiendo prohibirlos dentro ...
Página 91
... reglamentar con aquellos fines la libertad de locomocion ; i II . Inspeccionar las boticas i droguerías , impidiendo que en ellas se espendan sustancias o medicamentos adulterados o en mal estado . Como encargadas de cuidar de la ...
... reglamentar con aquellos fines la libertad de locomocion ; i II . Inspeccionar las boticas i droguerías , impidiendo que en ellas se espendan sustancias o medicamentos adulterados o en mal estado . Como encargadas de cuidar de la ...
Página 92
... Reglamentar la construccion i el uso de los pozos , cister- nas , acueductos , esclusas , tranques i represas , pudiendo ordenar la destruccion o reparacion de los construidos , si los creyeren peligrosos para las poblaciones , sin ...
... Reglamentar la construccion i el uso de los pozos , cister- nas , acueductos , esclusas , tranques i represas , pudiendo ordenar la destruccion o reparacion de los construidos , si los creyeren peligrosos para las poblaciones , sin ...
Página 93
... Reglamentar , dentro de los límites urbanos de las po- blaciones , la colocacion , construccion , i limpia de chimeneas , es- tufas , fogones i calderos , el establecimiento de hornos , de mo- tores de vapor , de fábricas i depósitos de ...
... Reglamentar , dentro de los límites urbanos de las po- blaciones , la colocacion , construccion , i limpia de chimeneas , es- tufas , fogones i calderos , el establecimiento de hornos , de mo- tores de vapor , de fábricas i depósitos de ...
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Términos y frases comunes
1.º de enero accion administracion administrativa alianza liberal América antiguo autoridad Balmaceda Banco Banco de Chile billetes blica Cámara capital Chile chilena cion civiles colonia colonial Congreso conquistadores considerable Constitucion de 1833 Convencion Copiapó deben debia decia demas dente desarrollo despues Diputados eclesiásticos económica Ejecutivo eleccion electoral elejidos elementos emision enerjía Errázuriz esclusivamente españoles espíritu espresa establecer estranjeros estraordinarias estremo existe ferrocarriles fuerza fusion liberal-conservadora Gabinete garantías gobernadores guerra habia Hipotecario Iglesia independencia indíjenas indios influencia iniciativa intendentes intereses jeneral jénero José Manuel Balmaceda Lejislativo liberal-radical libertad libras esterlinas Manuel Montt Ministro Montt movimiento mundo nacional nacional o monttvarista nueva número oligarquía opinion pública órden organizacion pais parlamentaria Pedro de Valdivia pelucon período pintor pipiolo poder poderosa podia política Presi presidencial Presidente principio provincias radicales reforma Reglamentar réjimen rejiones rejistro relijiosa representacion Repú República revolucion Santiago servicio sesiones sistema social sociedad tambien tendencias tenia Valdivia Valparaiso vino voto
Pasajes populares
Página 69 - Cuando el Presidente de la República mandare personalmente la fuerza armada o cuando por enfermedad, ausencia del territorio de la República u otro grave motivo no pudiere ejercitar su cargo, le subrogará el Ministro del despacho del Interior, con el título de Vice-Presidente de la República...
Página 59 - El derecho de presentar peticiones a la autoridad constituida sobre cualquier asunto de interés público o privado, no tiene otra limitación que la de proceder en su ejercicio en términos respetuosos i convenientes. La libertad de enseñanza. 7.
Página 59 - La libertad de publicar sus opiniones por la imprenta, sin censura previa, y el derecho de no poder ser condenado por el abuso de esta libertad» sino en virtud de un juicio en que se califique previamente el abuso por jurados, y se siga y sentencie la causa con arreglo á la ley.
Página 69 - Las leyes pueden tener principio en el Senado o en la Cámara de Diputados a proposición de uno de sus miembros, o por mensaje que dirija el Presidente de la República.
Página 70 - Corresponde también al Senado autorizar al presidente de la Nación para que declare en estado de sitio, uno o varios puntos de la República en caso de ataque exterior.
Página 69 - Vicepresidente de la República, el Presidente del Senado; a falta de éste, el Presidente de la Cámara de Diputados, ya falta de éste, el Presidente de la Corte Suprema.
Página 69 - Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial y requerir, con tal objeto, a la Corte Suprema para que, si procede, declare su mal comportamiento, o al Ministerio Público para que reclame medidas disciplinarias del Tribunal competente, o para que, si hubiere mérito bastante, entable la correspondiente acusación...
Página 74 - Municipal. Estos cinco últimos Consejeros serán nombrados por el Presidente de la República. El Consejo será presidido por el Presidente de la República, i para reemplazar a éste, nombrará de su seno un Vice-Presidente que se elejirá todos los años, pudiendo ser reelejido.
Página 72 - Luego que el Congreso abra sus sesiones, deberán los Ministros del despacho presentarle una memoria detallada del estado de la Nación, en lo relativo a los negocios de sus respectivos Departamentos.
Página 74 - Presentar al Presidente de la República en las vacantes de Jueces letrados de primera instancia, y miembros de los tribunales superiores de justicia, los individuos que juzgue más idóneos, previas las propuestas del tribunal superior que designe la ley, y en la forma que ella ordene.