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que tenemos apagados nuestros hornos y sin riego gran parte de nuestro territorio, y que sólo un producto, el salitre, mantiene oscilante nuestra balanza comercial, es forzoso también cuidarse de estas

cosas.

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Ajustar tratados con Europa para poder celebrar convenios de reciprocidad con la América latina, con toda ella, si es posible, y abaratar los fletamentos navales y terrestres, como hizo Alemania en 1879, debe ser todo nuestro empeño.

Chilean policy must be chilean trade.-Nitrate is not everlasting.

INTERCAMBIOS COMERCIALES DE CHILE CON ALGUNOS PAISES DE LA AMERICA LATINA

ARGENTINA

El año de 1854 fué ajustado el Tratado de Amistad y Comercio entre Chile y el Reino Unido de Gran Bretaña é Irlanda, tratado que subscribieron los señores Carlos Bello y Mr. Harris, en representación de ambos países. 28

Al ser sometidos á su ratificación por parte deChile, tanto dentro del Congreso como desde las columnas de La Prensa y El Siglo, se impugnaron con rudeza los términos de dicho pacto, fundándose en que por él se hacían á Gran Bretaña, á título de nación más favorecida, concesiones comerciales que impedirían más tarde al Gobierno chileno el hacer convenios especiales con las repúblicas sud-ameri

canas.

28. Recopilación de Tratados y Convenciones» chilenos, tom. I, pág. 28.

El eminente tratadista don Andrés Bello publicó entonces diversas artículos en defensa del pacto chileno-británico, y entre muchos argumentos decía en uno de ellos: 29

«Hubo un tiempo en que nuestro Gobierno profesaba principios diferentes en favor de los nuevos Estados. Creía justo y conveniente que en sus pactos comerciales con las grandes potencias se reservasen las Repúblicas hispano-americanas la facultad de otorgarse unas á otras favores especiales que sirviesen de fomento á su naciente industria, y el Presidente lo expresó así varias veces en sus discursos de apertura. En conformidad á estas miras de liberal fraternidad, se estipuló un tratado con el Perú, que fué ratificado por el general Salaverri, é invalidado por la administración que lo sucedió. Pero ¿de qué servían estas disposiciones de Chile cuando no podían ó no querían corresponder á ella las repúblicas hermanas? La antigua Colombia se había ligado á la Gran Bretaña por un tratado perpetuo que no le permitía conceder á ningún Estado privilegios excepcionales; y los tres Estados de Venezuela, Nueva Granada y el Ecuador, herederos de esta obligación, la han reconocido en sus pactos posteriores y permanecen indefinidamente sujetos á ella. Buenos Aires se halla en el mismo caso, desde la época del

29. Léase á don Andrés Bello: «El tratado con Gran Bretaña» en ns Obras Completas», pág. 509.

reconocimiento de la independencia por la Gran Bretaña. Otro tanto ha sucedido á Méjico.- Bolivia celebró con la Francia un tratado en que tampoco se reservó la facultad de distinguir á las Repúblicas hermanas con estipulaciones especiales, y no hace mucho que trató en los mismos términos y por tiempo ilimitado con la Gran Bretaña.»

«¿Con cuál, pues, de los nuevos Estados, agrega don Andrés Bello, podría Chile estipular privilegios diferenciales si conservase la libertad de concéderlos? ¿Con el Perú, cuya política comercial ha estado constantemente marcada por una celosa hostilidad á la industria de Chile? ¿Con el Perú, que ha desechado ya un pacto solemne de mutuas concesiones especiales? Los demás Estados vecinos y todos los que tienen puertos en el Pacífico se hallan imposibilitados de retribuir estas concesiones, dado que quisiésemos otorgárselas; y en diez años, que es toda la duración del pacto anglo-chileno, no hay la más ligera probabilidad de que se presente una combinación de circunstancias en que Chile pudiese hacer un uso prudente de la facultad que renuncia.»

Esa ligera probabilidad de que habla Bello, de que llegue á ofrecerse la ocasión de ajustar pactos de reciprocidad comercial con la América latina, no se ha presentado aún, á pesar de los sesenta años transcurridos desde el tratado de Londres, desde que Bello así habló.

La Cancillería de Chile desde entonces hasta hoy

ha acariciado la idea de un acercamiento político sud-americano, ó sea estrecharse por medio de los vínculos especiales que crea y vigoriza el intercambio comercial.

Hubo un momento, allá por el año de 1892, en que se creyó posible llegar á celebrar tratados de comercio con la República Argentina y el Perú, principalmente, y deseando alejar todo obstáculo para su realización, el Ministro de Relaciones Exteriores don Isidoro Errázuriz, aconsejó el desahucio previo de los tratados que nos ligan con las naciones europeas, ya que la cláusula de concesiones á título de nación más favorecida, podía llegar á ser embarazosa para ajustar aquellos pactos.

Y parecía entonces que la ocasión era propicia. El Brasil y los Estados Unidos de América, por intermedio de sus Plenipotenciarios Mendoca y Blaine, acababan de subscribir el pacto de reciprocidad de 1891. No sucedió así, sin embargo.

No obstante, perseverando en ese orden de ideas, el Ministro de Relaciones Exteriores don Raimundo Silva Cruz, en 1904, dió instrucciones para ajustar con los países de la América Latina convenios para establecer un intercambio comercial privilegiado y reciproco de sus productos. Al propio tiempo, desahuciados los tratados de comercio con los países europeos, dió principio á la realización del plan de nuestra Cancillería de exigir en todo nuevo pacto que los favores ó privilegios que Chile acordare á

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