El digesto nacional: compendio de las leyes, decretos del gobierno y demas resoluciones y actos oficiales de la republica oriental del Uruguay

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Establecimiento Tipografico y Litografico de Luciano Mege, 1860 - 307 páginas
 

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Pasajes populares

Página 18 - Cámara. 15. Hacer los reglamentos de milicias y determinar el tiempo y número en que deben reunirse. 16. Elegir el lugar en que deban residir las primeras autoridades de la Nación. 17.
Página 5 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 30 - Al Senado corresponde abrir juicio público á los acusados por la Cámara de Representantes, y pronunciar sentencia con la concurrencia, á lo menos de las dos terceras partes de votos, al solo efecto de separarlos de sus destinos . 39.
Página 219 - Destituir los empleados por ineptitud, omisión o delito, en todos los casos con acuerdo de la Cámara de Senadores o, en su receso, con el de la Comisión Permanente, y en el último, pasando el expediente a la Justicia.
Página 18 - Expedir leyes relativas a la independencia, seguridad, tranquilidad y decoro- de la República; protección de todos los derechos individuales, y fomento de la ilustración, agricultura, industria, comercio exterior e interior. 4.°...
Página 181 - Miré y pasa por el puntal de San Miguel á tomar el Chuy que entra en el Océano.
Página 109 - Fuerza, en campo de plata; en el cuadro inferior de la derecha, un caballo suelto, como símbolo de la Libertad, en campo de plata, y en el de la izquierda, sobre esmalte azul, un buey como símbolo de la Abundancia. Adornado el escudo con trofeos militares de marina y símbolos de comercio.
Página 18 - Justificar el peso, ley y valor de las monedas; fijar el tipo y denominación de las mismas, y arreglar el sistema de pesas y medidas. 11.
Página 14 - El derecho exclusivo de acusar ante el Senado al Jefe Superior del Estado y sus Ministros, a los miembros de ambas Cámaras, y de la Alta Corte de Justicia, por delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos, violación de la Constitución, u otros que merezcan pena infamante, o de muerte...
Página 147 - Fundamental, lo siguiente: 1° Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental por la violencia de la fuerza, unida a la perfidia...

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