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indios, dijo: que los dichos naturales no tienen 'ningunas casas, é qué los cristianos tienen algunas chocillas de mantas y de algunos carrascos, y que cree que habian muerto; y muértose entre todos, mas de treinta hombres, negros y indios en mayor. parte; é caballos se le han muerto treinta é cuarenta caballos.

Preguntado si los indios naturales de la dicha tierra, si son salvages, y si les han visto comer la carne y pescado crudos, y la subciedad de los hombres é otras inmundicias, como bestias, é que si al tiempo que se quieren ayuntar en cópula carnal el hombre con la muger, si lo hacen públicamente los unos delante de los otros é si toman á las dichas mugeres por las espaldas como animales, dijo: que se remite á lo que dicho tiene en cuanto á ser salvages y bestiales los dichos indios, y que la carne y pescado, no sabe si lo comen crudo; é que ha oido decir, que los que fueron á las entradas que los dichos indios naturales la comian la subciedad suya que hacian é lo guardaban, é está tomado por testimonio de los escribanos que allá fueron, é al dicho Marques se lo trageron para que lo viese; é que los que fueron á entrar fueron por una é por otra hasta cincuenta leguas é que llevaban el agua é cómida á cuestas, é que en toda la dicha tierra que andubieron no hallaron comidas ningunas, é qués tierra inhabitable, é que no hallaron mas de cuarenta ó cincuenta indios que no salian al campo; é

que oyó decir é sabe, porque así es público é notorio, que un indio de los naturales le trageron donde estaba el Marques, é le mandó meter en la cocina donde estaba una india de los dichos naturales para que aprendiese la lengua, é que estando en la dicha cocina, el dicho indio, dicen, que asió á la india por las espaldas é hizo su voluntad, .é que á palos no se la pudieron quitar hasta que cumplió su voluntad; é que se dice que las mugeres son comunes á todos, é que ninguno tiene muger propia; é que tambien oyó decir que eran sodometicos.

·Preguntado qué tanto gente de caballo y de pie y amigos y negros que con el dicho Marques al tiempo queste testigo se partió de alli y qué tratamientos y racion se les daba, dijo: que de caballo le pueden quedar obra de cincuenta ó sesenta, é de pie otros tantos, pocos mas o menos; é que de negros y naborias, indios, muy pocos.

Preguntado si hallaron oro ó plata. ó perlas en la dicha tierra, y si los dichos indios la traian, dijo: que ni traen oro ni plata, ni la hay ni la ha visto, ni perlas, ni las tienen en nada los indios, ni se les da nada por ellas, sino por unos caracolillos que traen blancos y colorados y negros; é questo es lo que sabe para el juramento que hizo; é afirmóse enéllo é firmólo de su nombre; é el dicho señor Gobernador lo señaló de su firma, é yo el dicho Escribano.-Hernan Rodriguez.

Testigo. Juan de Samaniego, vecino é regidor.

de la dicha Ciudad de Compostela siéndole preguntado que si lo que oyó decir á Juan de Xaso é á Jorge Zeron de la dicha tierra, donde quedaba el dicho. Marques, dijo lo siguiente:

Preguntado qués lo que oyó decir á Jorge Zeron é á Juan Xaso, que vinieron de la dicha tierra donde el dicho Marques quedaba, é si era la mas mala del mundo é no habia que comer, é si les oyó decir que en todo lo que habian andando en las treinta ó cuarenta leguas que habian ido á entrar no habian hallado agua ni caminos ningunos, é que si se las habian muerto de sed cinco caballos, é que los peones quedaban medio muertos, é si los amigos que llevaba se dejaban morir, viendo los susodicho, é que si no les socorriesen que todos perecerian, é que lo que comian lo habian de moler por sus propias manos, dijo: quéste testigo oyó decir al dicho Jorge Zeron que era la tierra la mas mala del mundo, é que así lo oyó al dicho Xaso, é á otros que con ellos vinieron; y que en la dicha tierra no habia hallado agua ni caminos, ni aun árbol verde; é queste testigo les oyó decir que se habian muerto ciertos caballos, é que se quedaron peones muertos si no fuera por hoyos que hicieron é sacaban agua salobre de la mar; é queste testigo oyó decir á algunos que vinieron de la dicha tierra do el Marques está, que un indio se habia ahorcado viendo la tieré que muchos se iban á meter entre los indios, é se iban á morir; é queste testigo oyó decir al di

ra,

cho Xaso y Jorge Zeron, é á los mas que vinieron de la dicha tierra que si no los socorren que presto se morirán, é questa es la verdad de lo que oyó para el juramento que hizo; é firmólo de su nombre Juan de Samaniego é el dicho Señor Gobernador; yo el dicho Escribano lo señalamos de nuestras firmas.

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E yo el dicho Pedro Ruiz de Haro, Escribano susodicho de mandamiento del dicho Señor Alcalde que aquí firmó su nombre.-Juan de Samaniego.Entre dos rúbricas.

E de pedimento del dicho Diego de la Peña lo susodicho, escrebí; é por ende fice aquí esta mi rúbrica é firma acostumbrada, qués á tal.-En testimonio de verdad.-Pedro Ruiz de Haro, Escribano público y del Consejo. Entre dos rúbricas.

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DISCURSO Y PROPOSICION QUE SE HACE A VUESTRA MAGESTAD DE LO TOCANTE A LOS DESCUBRIMIENTOS DEL NUEVO MÉXICO POR SUS CAPÍTULOS DE PUNTOS DIFERENTES (1).

Luego que llegué, y en los primeros años que aquí estuve, fuí avisado del asiento que dejó tomado el Virrey Don Luis de Velasco para la entrada del Nuevo México con Don Juan de Oñate y aprobacion que hube de hacer dél con reformacion de algunos puntos, y despues dije el efecto que todo tuvo. Pasó mucho tiempo que de los sucesos no se supo cosa alguna, hasta el año de noventa y nueve; y entonces, solamente, lo que escribí á Vuestra Magestad enviando entera razon y copias de las cartas del Gobernador de las hicieron de palabra el comisario Fray Alonso Martinez y unos capitanes que traxeron el despacho; y visto esto, mandó Vuestra Magestad responderme un capítulo de carta, su fecha en San Lorenzo el Real, en postrero de Mayo de mil é seiscientos en que se me escribe que parecieron de importancia las noticias que Don Juan dió de su jornada, y que Vuestra Magestad se tendria por muy servido de que yo diese calor; al intento yo lo habia hecho ansí (conjeturando la voluntad y pecho de Vuestra Magestad, y fa

y

que

(1) Archivo de Indias. Patronato, Est. 1.°, Caj. I.

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