Cuestiones prácticas de higiene y medicina legal

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Establecimiento Tipográfico de J. Balmas Planas, 1893 - 706 páginas
 

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Página 255 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 331 - El demente no será privado de su libertad personal, sino en los casos en que sea de temer que, usando de ella, se dañe á sí mismo, ó cause peligro ó notable incomodidad á otros.
Página 584 - Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular.
Página 256 - A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito.
Página 332 - Son inhábiles para donar los que no tienen la libre administración de sus bienes; salvo en los casos y con los requisitos que las leyes prescriben.
Página 331 - El padre, y por su muerte ó incapacidad la madre, son de derecho curadores de sus hijos legítimos solteros ó viudos, que no tengan hijos varones, mayores de edad , que puedan desempeñar la curaduría. Art.
Página 582 - ... gaceta oficial. Dado en el palacio del supremo gobierno en Lima a 1? de Julio de 1822.
Página 194 - Si para verificar el reconocimiento fuese necesario alterar ó destruir la cosa que ha de reconocerse, el juez mandará que se divida y se reserve una parte, la que se conservará intacta y en seguridad bajo el sello del juzgado.
Página 248 - Si fuere necesario el reconocimiento de lugares, la práctica de operaciones ú otro examen que requiera detención y estudio, otorgará el juez á los peritos el tiempo necesario para que formen y emitan su juicio, el cual se agregará á los autos, rubricado por el secretario. Art. 486. Los peritos que estén conformes extenderán su dictamen en una sola declaración firmada por todos: los que no lo estuvieren, lo extenderán separadamente.
Página 42 - Los incapaces por locura ó fatuidad son reputados menores : no pueden ejercer, por si, sus derechos civiles : no salen de la patria potestad; y muerto el padre, viven como menores bajo la proteccion de sus guardadores.

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