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DEL

ESTADO DE LA NUEVA GRANADA

DADA POR LA CONVENCION CONSTITUYENTE

EN EL AÑO DE 1832

22 DE LA INDEPENDENCIA

BOGOTA-1832

¡GRANADINOS!

Al presentaros el libro santo que debe reglar los destinos de la patria, van á cumplir vuestros Representantes el deber sagrado de daros cuenta de los principios que los han guiado en su formación, y de los fines saludables que se han propuesto constantemente en todas sus resoluciones. ¡Puedan ellos gloriarse de haber echado la semilla del bien, así como su conciencia les dicta que no han tenido ni tienen más estímulo que la opinión general, ni otro objeto que la libertad y la dicha de los granadinos y el bienestar universal de los colombianos!

Separadas las secciones del Norte y Sur de la República de Colombia, era necesario dar nueva vida á la sección del centro, procurando al mismo tiempo restablecer los lazos que deben unir entre sí á las diversas partes de Colombia. Tal empresa estaba erizada de dificultades. Acontecimientos infaustos habían suspendido las relaciones nacionales; el despotismo ó la usurpación habían arrancado en los extremos, actos que la justicia debía también legitimar. A este fin, la Convención granadina dictó la ley de 21 de Noviembre último, que con razón debe llamarse fundamental del Estado. Prolijas discusiones, en que se examinó la cuestión bajo todos sus aspectos, en que no se omitió ninguna de aquellas circunstancias que debieran traerse á la vista, precedieron á la declaratoria de la existencia política del Estado de la Nueva Granada en Colombia. Vuestros Representantes os protestan que si la mayor imparcialidad y buena fe, si el deseo de acertar y el más puro patriotismo son prendas seguras de acierto, vosotros tenéis motivos de esperar que la ley fundamental no puede menos de ser la más conveniente para vuestro bien.

Existiendo ya el Estado, preciso era que tuviese una Constitución. De otro modo, vendrían los granadinos á ser presa de la anarquía ó del despotismo. Vuestros Representantes, pues, acometieron la empresa de daros esta Constitución, como que para ello estaban especialmente autorizados. Os la presentan seguros de que vuestro buen sentido, vuestro patriotismo y vuestras virtudes os inducirán á cumplirla exacta y puntualmente. En ella se ha establecido la separación de los poderes que constituyen el Gobierno, la responsabilidad de los funcionarios públicos, la libertad legal de la prensa y el riguroso

deber que tiene la Nueva Granada de proteger la santa Religión Católica, Apostólica, Romana; esta Religión divina, la única verdadera, precioso origen del bien que heredaron los granadinos de sus padres, que recibieron del cielo en el bautismo y que por la misericordia de Dios, que adoramos, conservaremos todos intacta, pura y sin mancha. En la Constitución igualmente se ha procurado fijar la importancia de las Provincias del Estado, concediendo á cada una de ellas una Cámara que cuide de sus propios intereses, que supervigile sus establecimientos, que fomente su industria, que difunda la ilustración y que tenga la intervención conveniente en el nombramiento de sus empleados y de los de la Nueva Granada entera. En adelante yá el centralismo no será el obstáculo de la felicidad de los pueblos, y la prosperidad de cada uno de ellos estará en manos de sus inmediatos mandatarios. ¿Y cómo habrían vuestros Representantes de haber olvidado que la confusión y mezcla de los poderes del Gobierno fué la esencia de la devastadora dictadura y el bianco á que se dirigió la más cruel y sangrienta de las usurpaciones? ¿Y cómo habrían de haber omitido rendir pública y solemnemente el homenaje humilde y sincero de su propio corazón hacia esa Religión sacrosanta que fué su exclusivo consuelo en los días de amargura que hizo sufrir á la patria la tiranía más detestable; ese lazo indisoluble y sagrado que une á todos los granadinos con el cielo, y por cuya conservación inmaculada perderían todos la vida? ¿Y cómo habrían de haber dejado á las Provincias sumidas en el abatimiento, degradadas en el orden político, abandonadas á discreción de agentes que no mereciesen su confianza, y separadas hasta cierto punto del Gobierno, sin contacto, sin cohesión entre sí, no con el Gobierno? Estas obligaciones, os lo repiten vuestros Representantes, han sido desempeñadas con el mayor celo de su parte.

Forzoso era también que en la Constitución se fijaran las bases de otros arreglos importantes que demandaba urgentemente una triste experiencia. Partiendo de esta necesidad, el sistema electoral, libre de las trabas que hacían dificiles las elecciones y menos influidas de la voluntad general, ha sido apropiado yá á las circunstancias geográficas del país y al estado actual de nuestra población. El abuso que en época demasiado calamitosa se hiciera del Tesoro público, creando empleos innecesarios y prodigando sueldos indebidos, exigía que la Convención cortase este mal en su raíz, disponiendo que no puede haber empleo alguno sin funciones, y que no se extraiga cantidad alguna para otros destinos que los determinados por la ley. Requería imperiosamente el agradecimiento público que los granadinos armados en defensa de la patria

fueran elevados á la más exacta igualdad con los otros ciudadanos; que para siempre quedaran borrados de tan inclitos guerreros las marcas de esclavitud que á pretexto de condecoraciones y privilegios les había impuesto la ambición más insolente. Y convencidos vuestros Representantes de que os animan sentimientos patrióticos, han consignado las disposiciones convenientes, seguros de que merecerán vuestra aprobación y tendrán su más fiel observancia.

Otro deber igualmente sagrado y de una inmensa importancia debían tratar de cumplir, y al efecto han acordado las medidas oportunas. Colombia, la tierra de los valientes, el asilo un tiempo de la libertad; esta República majestuosa, reconocida por las primeras potencias del mundo; este nombre inmortal que se trasmitirá á las generaciones futuras con el encanto del patriotismo, el honor de la virtud y el respeto debido á los héroes, Colombia exigía que los Representantes de la Nueva Granada protestaran los vivos deseos que tiene de restablecer ó formar los vinculos que puedan ligar entre sí á sus diversas secciones. Nada más conveniente á este objeto que manifestarse la Nueva Granada franca y generosa respecto de aquellos habitantes de Colombia cuya existencia política no estaba bien asegurada. Y en este punto será permitido à vuestros Representantes recrearse con la agradable esperanza de que alguno de sus actos legislativos habrán de cimentar, no sólo la buena inteligencia y amistad, sino las relaciones más estrechas con todos nuestros hermanos. La paz es la primera necesidad de los colombianos, y la amistad más perfecta, el más vehemente deseo que abunda en el corazón de los granadinos.

En fin, la Convención ha debido de preferencia tratar de cumplir las obligaciones que pesan sobre Colombia y el Estado, á favor de aquellos acreedores que generosamente comprometieron su fortuna para asegurar la independencia de la primera y dar vida política al segundo. Que el crédito de Colombia sea restablecido, y que la Nueva Granada pague la parte que le toca en deuda tan sagrada, es el más ardiente deseo de los granadinos y la protesta solemne que han hecho sus Representantes; para cuyo cumplimiento han acordado las medidas convenientes; de modo que cuando se verifiquen los arreglos entre las secciones el mundo será testigo de la buena fe de la Nueva Granada. Ella pagará también á los acreedores particulares del Estado, y la generosidad de éstos no será correspondida con la cruel insensibilidad del deudor, sino con la fidelidad más delicada en hacer los reembolsos según las condiciones y plazos asignados.

¡GRANADINOS! Toca á vosotros realizar las esperanzas del

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