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distritos fijados en este decreto, por la imposibilidad de identificar en el terreno los antiguos;

6. Teniendo presente lo dispuesto en los decretos de 8 de Julio de 1888, de 5 de Febrero de 1886, de 22 de Octubre de 1870, de 16 de Noviembre de 1885, de 4 de Agosto de 1888, de 21 de Julio de 1897, de 27 de Marzo de 1908 y de 5 de Enero de 1918, que dividieron en subdelegaciones y distritos los antiguos departamentos de Valparaíso, Limache y Casablanca; de 3 de Noviembre de 1885, que dividió en subdelegaciones y distritos el departamento de Quillota; de 30 de Agosto de 1888 y de 30 de Noviembre de 1885, que dividieron en subdelegaciones y distritos los antiguos departamentos de Petorca y Ligua; de 30 de Noviembre de 1885, de 27 de Noviembre de 1885, de 3 de Octubre de 1857 y de 23 de Octubre de 1878, que dividieron en subdelegaciones y distritos los antiguos departamentos de San Felipe, Los Andes y Putaendo; el decreto-ley N. 354, de 17 de Marzo de 1925; los decretos con fuerza de ley números 8,582 y 8,583, de 30 de Diciembre de 1927; N.o 2,335, de 22 de Mayo de 1929; N.o 2,996, de 29 de Mayo de 1929, y el decreto con fuerza de ley N.o 321, de 20 de Mayo de 1931; y

7. Teniendo presente, además, las facultades que me confieren el artículo 1.9 de la ley N.o 4,544 y el artículo 1. de la ley N.o 4,896, en lo que se refiera a la provincia de Aconcagua.

Decreto:

que se divide la provincia de Aconcagua, comprenderán, respectivamenle, las comunas subdelegaciones siguientes:

Departamento de Valparaíso. Comprenderá las comunas subdelegaciones: 1., Valparaíso; 2., Viña del Mar; 3., Limache; 4., Quilpué, y 5.*, Casablanca.

Departamento de Quillota.-Comprenderá las comunas subdelegaciones: 1., Quillota; 2., Quintero; 3.*, Nogales; 4.", Hijuelas; 5., Llay-Llay, y 6., Calera.

Departamento de Petorca.-Comprenderá las comunas subdelegaciones: 1.", Ligua; 2., Petorca; 3.o, Cabildo; 4.. Zapallar, y 5., Papudo.

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Al Norte, la línea de cumbres, divisoria secundaria de aguas, desde la punta Pozos o Steeple, sobre el Océano Pacífico, hasta el cerro Los Co

Artículo 1. Los departamentos en huiles; la línea de cumbres que limita

por el sur la hoya del estero de Quilimarí, desde el cerro Los Cohuiles hasta el cerro del Potrero Alto, pasando por la cuesta de Las Palmas; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero de Pupío, desde el cerro de Potrero Alto hasta el cerro del Barillar o de Los Litres, y la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Choapa, desde el cerro de Barillar o de Los Litres hasta la frontera argentina.

Al Este, la frontera argentina, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Choapa hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Aconcagua.

Al Sur, la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Aconcagua, desde la frontera argentina hasta el cerro del Roble, pasando por la cuesta de Chacabuco, la cumbre del Tabón, el cerro Blanco de las Mazas y el portezuelo de Vichiculén; la línea de cumbres, desde el cerro del Roble hasta el cerro de la Vizcacha, pasando por el portezuelo de la Dormida; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero de Puangue, desde el cerro de la Vizcacha hasta el cerro del Roble Alto; la línea de cumbres, desde el cerro del Roble Alto hasta el cerro de las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de los Morros y el paso de los Padrones, sobre el estero de Puangue; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero de Puangue, desde el cerro de las Cardas hasta el portezuelo de Ibacache, pasando por el cerro Mauco, el cordón de la cuesta de Zapata y el cerro de la Palmilla; la quebrada de Corralillos, desde su origen en el portezuelo de Iba

cache hasta su confluencia con la quebrada de la Magdalena, y el estero del Rosario, desde la confluencia de las quebradas de Corralillos y la Magdalena, que lo forman, hasta su desembocadura en el Océano Pacífico.

Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura del estero del Rosario hasta la punta Pozos o Steeple.

Las Islas de Juan Fernández, la de Pascua y la de Sala y Gómez pertenecen a la provincia de Aconcagua.

La cabecera de la provincia de Aconcagua es la ciudad de Valparaíso.

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Al Norte, el río Aconcagua, desde su desembocadura en el Océano Pacífico hasta la puntilla de Tabolango; la línea de cumbres, desde la puntilla de Tabolango, sobre el río Aconcagua, hasta el cerro Queronque, y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Limache, desde el cerro de Queronque hasta el cerro del Roble, pasando por el portezuelo de San Pedro y el cerro de la Campana.

Al Este, la línea de cumbres, desde el cerro del Roble hasta el cerro de La Vizcacha, pasando por el portezuelo de La Dormida; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero de Puangue, desde el cerro La Vizcacha hasta el cerro del Roble Alto; la línea de cumbres, desde el cerro de Roble Alto hasta el cerro de Las Cardas, pasando por el Alto de Carén, el cerro de los Morros, y el pa

so de Los Padrones, sobre el estero de Puangue, y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero de Puangue, desde el cerro de Las Cardas hasta el portezuelo de Ibacache, pasando por el cerro Mauco, el cordón de la cuesta de Zapata y el cerro de La Palmilla.

Al Sur, la quebrada de Corralillos, desde su origen en el portezuelo de Ibacache hasta su confluencia con la quebrada de la Magdalena, y el estero del Rosario, desde la confluencia de las quebradas de Corralillos y la Magdalena, que lo forman, hasta su desembocadura en el Océano Pacífico.

Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura del estero del Rosario hasta la desembocadura del río Aconcagua.

Las Islas de Juan Fernández, la de Pascua y la de Sala y Gómez pertenecen al departamento de Valparaíso.

La cabecera del departamento de Valparaíso es la ciudad de su título.

COMUNA SUBDELEGACION DE VALPARAISO

Sus límites son:

Al Norte, la bahía de Valparaíso, desde la punta Angeles hasta la desembocadura de la quebrada del Sauce o de Los Mayos.

Al Este, la quebrada del Sauce o de Los Mayos, desde su desembocadura en la bahía de Valparaíso hasta su origen; la línea de mayor pendiente, desde el origen de la quebrada del Sauce o de Los Mayos hasta el cerro Quillaicito; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de La Cabritería, desde el cerc Quillaicito hasta la línea de cum

bres que limita por el sur la hoya del estero Viña del Mar; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero Viña del Mar, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de La Cabritería hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Peñuelas, y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Peñuelas, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero Viña del Mar hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del lago de Peñuelas.

Al Sur, la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del lago y del estero de Peñuelas, desde la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago de Peñuelas hasta el cerro Alto de la Cruz; la línea de cumbres, desde el cerro Alto de la Cruz hasta el origen del estero de Curauma; el estero de Curauma, desde su origen hasta el lindero norte del fundo Obregón, y el lindero norte de los fundos Obregón y Quintay, desde el estero de Curauma hasta el Océano Pacífico.

Al Oeste, el Océano Pacífico, desde el lindero norte del fundo Quintay rasta la punta Angeles.

Las Islas de Juan Fernández, la de Pascua y la de Sala y Gómez pertenecen a la comuna de Valparaíso.

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Cañas, 15 Cerro de la Merced, 16 Cerro de Las Ramaditas, 17 Waddington, 18 Barón, 19 Los Placeres, 20 Las Zorras, 21 Placilla, 22 Peñuelas, 23 Quebrada Verde, 24 Juan Fernández y 25 Isla de Pascua.

Distrito 1., Poblaciones de Playa Ancha

Sus límites son:

Al Norte, la bajada a las Torpederas, desde el Océano Pacífico hasta la avenida Playa Ancha, y la avenida Playa Ancha, desde la bajada a las Torpederas hasta la avenida Alemania (camino de Cintura).

Al Este, la avenida Alemania, desde la avenida Playa Ancha hasta la quebrada de Juan Gómez; la quebrada de Juan Gómez, desde la avenida Alemania hasta la calle del Agua Potable, y la calle del Agua Potable, desde la quebrada Juan Gómez hasta la quebrada de Los Lúcumos.

Al Sur, la quebrada de Los Lúcumos, desde la calle del Agua Potable hasta su desembocadura en el Océano Pacífico.

Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura de la quebrada de Los Lúcumos hasta la bajada a las Torpederas.

Distrito 2.o, Playa Ancha

Sus límites son:

Al Norte y Este, la bahía de Valparaíso, desde la punta Angeles hasta la prolongación de la avenida Caram

pangue.

Al Sur, la avenida Carampangue y cu prolongación, desde la bahía de Valparaíso hasta la avenida Alemania (camino de Cintura); la avenida Ale

mania, desde la avenida Carampangue hasta la avenida Playa Ancha; la avenida Playa Ancha, desde la avenida Alemania hasta la bajada a Las Torpederas, y la bajada a Las Torpederas, desde la avenida Playa Ancha hasta el Océano Pacífico.

Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la bajada a Las Torpederas hasta la punta Angeles.

Distrito 3.o, Cerro Santo Domingo

Sus límites son:

Al Norte, la avenida Carampangue, desde la quebrada Juan Gómez hasta la calle Bustamante.

Al Este, la calle Bustamante, desde la avenida Carampangue hasta la calle Márquez; la calle Márquez, desde la calle Bustamante hasta la calle Pascal; la calle Pascal, desde la calle Márquez hasta la calle Almirante Riveros; la calle Almirante Riveros, desde la calle Pascal hasta la calle Clave; la calle Clave, desde la calle Almirante Riveros, hasta la avenida San Fran cisco, y la avenida San Francisco y la quebrada de San Francisco, desde la calle Clave hasta el camino de La Pól

vora.

Al Sur y Oeste, el camino de La Pólvora, desde la quebrada de San Francisco hasta la calle de Agua Potable; la calle del Agua Potable, desde el camino de La Pólvora hasta la quebrada de Juan Gómez, y la quebrada Juan Gómez, desde la calle del Agua Potable hasta la avenida Ca

rampangue.

Distrito 4., Puerto

Sus límites son:

Al Norte, la prolongación de la ave

nida Carampangue, desde la calle Bustamante hasta la bahía de Valparaíso.

Al Este, la bahía de Valparaíso, desde la prolongación de la avenida Carampangue hasta el costado oriente de la plaza Sotomayor, y el costado oriente de la plaza Sotomayor, desde la bahía de Valparaíso hasta el costado sur de dicha plaza.

Al Sur y Oeste, el costado sur de la plaza Sotomayor y la calle Serrano, desde el costado oriente de la plaza Sotomayor hasta la calle Clave; la calle Clave, desde la calle Serrano hasta la calle Pascal; la calle Pascal, desde la calle Clave hasta la calle Márquez; la calle Márquez, desde la calle Pascal hasta la calle Bustamante, y la calle Bustamante, desde la calle Márquez hasta la prolongación de la avenida Carampangue.

Distrito 5., Cerro de la Cordillera

Sus límites son:

Al Norte, la calle Serrano y su prolongación, desde la calle Clave hasta la avenida José Tomás Ramos y Ra

mos.

Al Este, la avenida José Tomás Ramos y Ramos, desde la prolongación de la calle Serrano hasta la quebrada de San Agustín; la quebrada de San Agustín, desde la avenida José Tomás Ramos y Ramos hasta la avenida del Agua Potable; la avenida del Agua Potable, desde la quebrada de San Agustín hasta el camino del cerro Cordillera a Quebrada Verde, y el camino del cerro Cordillera a Quebrada Verde, desde la avenida del Agua Potable hasta el camino de La Pólvora.

Al Sur, el camino de La Pólvora, desde el camino del cerro Cordillera

a Quebrada Verde hasta la quebrada de San Francisco.

Al Oeste, la quebrada San Francisco y la avenida San Francisco, desde el camino de La Pólvora hasta la calle Clavé, y la calle Clave, desde la avenida San Francisco hasta la calle Serrano.

Distrito 6., Cerro Alegre

Sus límites son:

Al Norte, las calles Prat y Esmeralda, desde la calle José Tomás Ramos y Ramos hasta la calle Cumming.

Al Este, la calle Cumming, desde la calle Esmeralda hasta la avenida Elías; la avenida Elías y la quebrada Elías, desde la calle Cumming hasta la calle Herder (callejón Manzanos); la calle Herder, desde la quebrada Elías hasta la calle Boccacio (López); la calle Boccacio, desde la calle Herder hasta la calle Carlos Pezoa Véliz (camino a Laguna Verde); la calle Carlos Pezoa Véliz, desde la calle Boccacio, hasta la avenida del Agua Potable, y la avenida del Agua Potable y camino de Laguna Verde a Cerro Alegre, desde la calle Carlos Pezoa Véliz hasta el camino de La Pólvora.

Al Sur, el camino de La Pólvora, desde el camino de Laguna Verde a Cerro Alegre hasta el camino de Quebrada Verde al Cerro Cordillera.

Al Oeste, el camino de Quebrada Verde, al cerro Cordillera, desde el camino de La Pólvora hasta la àvenida del Agua Potable; la avenida del Agua Potable, desde el camino de Quebrada Verde al cerro Cordillera hasta la quebrada de San Agustín; la quebrada de San Agustín, desde la

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