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4., Guatulame; 5., Carén; 6., Agua DEPARTAMENTO DE PETORCA Amarilla; 7., Rapel; 8., Mialqui; y 9., Monte Patria.

Comuna de Punitaqui.— Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 17., Barraza; 18.", San Julián; y 19.", Punitaqui.

Comuna de Samo Alto. Com

Comprenderá las comunas de Ligua, Cabildo, Papudo, Zapallar y Petorca.

Comuna de Ligua.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.. La Ligua; 2., Placilla de la Ligua; 4.*, Valle Hermoso; y las antiguas sub

prenderá las antiguas subdelegaciones: delegaciones: 6., Pichilemu; 7.', Lon

10., Hurtado; 11., Samo Alto; y 12., Recoleta.

Comuna de Combarbalá. Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Combarbalá.

DEPARTAMENTO DE ILLAPEL

Comprenderá las comunas de Illapel, Mincha, Salamanca y Vilos.

Comuna de Illapel.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Illapel Oriente; 2. Illapel Poniente; 3., Cuzcuz; 4.', Hacienda de Illapel; 5., Peralillo, y 10., Los Hornos, y la antigua subdelegación 16., Las Cañas, del antiguo departamento de Pe

torca.

Comuna de Mincha.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 8.o, Mincha; 9.', Canela, y la antigua subdelegación 15., Huentelauquén, del antiguo departamento de Petorca.

Comuna de Salamanca.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.*, Chalinga, y 7., Salamanca, y las antiguas subdelegaciones: 17., E! Tambo, y 18., Quelén, del antiguo departamento de Petorca.

Comuna de Vilos.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12., Pupío; 13., Las Vacas, y 14., Los Vilos, del antiguo departamento de Pe

torca.

gotoma; 8., Guaquén, y 9.*, Quilimarí, del antiguo departamento de Pe

torca.

Comuna de Cabildo.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 5.*, La Higuera; 6.", San Lorenzo, y 8., Alicahue.

Comuna de Papudo.-Comprenderá la antigua subdelegación 7., Papudo.

Comuna de Zapallar. - Comprenderá la antigua subdelegación 3.*, Catapilco.

Comuna de Petorca.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 2.*, Chincolco; 3., Petorca; 4.", Hierro Viejo; 5., Pedegua; 10., Cóndores, y 11., Tilama, del antiguo departamento de Petorca.

DEPARTAMENTO DE SAN FELIPE

Comprenderá las comunas de San Felipe, Putaendo, Catemu y Panquehue.

Comuna de San Felipe.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1., Coimas; 2., Estación; 3., Hospital; 4., Santo Domingo; 5., Almendral; 6., Tambo; 7.", Santa María; 8.*, Jahuel; 9., San Fernando, y 10.*, San Nicolás.

Comuna de Putaendo.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.', Rinconada de Silva; 2.*, San Antonio

de la Unión; 3., Tártaro; 4., Rinconada de los Guzmanes; 5., Quebrada de Herrera, y 6., Asiento, del antigua departamento de Putaendo.

Comuna de Catemu.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.". Catemu Alto, y 8., Catemu Bajo, del antiguo departamento de Putaendo.

Comuna de Panquehue.-Comprenderá la antigua subdelegación 5., Panquehue, del actual departamento de Los Andes.

Mayaca; 2., Estación; 3., San Francisco; 4., Mercado; 5., San Pedro; 6., La Palma; 7., Pocochay; 8.", Charrabata; 9.", La Cruz, y 19., Bo

CO.

Comuna de Calera.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.*, La Calera, y 11.", Ocoa.

Comuna de Llay-Llay.--Comprenderá la antigua subdelegación 12., LlayLlay, y la parte de la antigua subdelegación 6., Montenegro, del actual departamento de Los Andes, que queda

DEPARTAMENTO DE LOS ANDES al Norte de la línea de cumbres que

Comprenderá las comunas de Los Andes, Curimón, Calle Larga y Rinconada.

Comuna de Los Andes-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.", El Sauce; 2.", El Comercio, y 13.*, Chacabuco, y las antiguas subdelegaciones: 11., San Regis; 12.a, Miraflores; 13., San José, y 14.", Río Colorado, del actual departamento de San Felipe.

Comuna de Curimón.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3., San Rafael, y 4., Curimón.

Comuna de Calle Larga.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 9.", Tabolango; 10., Calle Larga; 11., Pocuro, y 12., Santa Rosa.

Comuna de Rinconada.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7., Rinconada, y 8., Valle Alegre. DEPARTAMENTO DE QUILLOTA

Comprenderá las comunas de QuiHota, Calera, Llay-Llay, Hijuelas, Nogales y Quintero.

Comuna de Quillota. Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.",

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Comprenderá las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Limache, Quilpué y Casablanca.

Comuna de Valparaíso.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.o, Las Zorras; 2., Placilla de Peñuelas; 3.*, Playa Ancha; 4., La Matriz; 5.o, San Francisco; 6., Cordillera; 7., Serrano; 8., Cruz de Reyes; 9.", Orden; 10., San Juan de Dios; 11., La Victoria; 12.', Aguada; 13.. Jaime; 14., San Ignacio; 15.", Hospital; 16.", Merced; 17., Cardonal; 18., Las Delicias; 19., Providencia; 20., Waddington; 21., Estación; 22.o, Barón,

y 23., Matadero, y las Islas de Pascua, Salas y Gómez y Juan Fernández.

Comuna de Viña del Mar.-Comprenderá la antigua subdelegación 24.*, Viña del Mar, y la antigua subdelegación 6.* Concón, del antiguo departamento de Limache.

Comuna de Limache.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.. Limache Alto; 2., Limache Bajo; 3.*, Olmué; 4., Quebrada de Alvarado; 5., San Francisco, y 8., Quebrada de Escobares, del antiguo departamento de Limache.

Comuna de Quilpué.-Comprende rá las antiguas subdelegaciones: 7.*, Quilpué, y 9.', Villa Alemana, del antiguo departamento de Limache; la antigua subdelegación 8., Margamarga, del antiguo departamento de Casablanca, y la parte de la antigua subdelegación 5., Lepe, del actual departamento de Melipilla, que ha quedado comprendida dentro del departamento de Valparaíso.

Comuna de Casablanca.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.", Villa Cabecera; 2.', Tapihue; 3., Las Dichas; 4., Lagunillas; 5., Algarro bo; 6.*, San José, y 7.', Lo Vásquez, del antiguo departamento de Casablanca.

DEPARTAMENTO DE SANTIAGO

Comprenderá las comunas de: Santiago, Conchalí, Providencia, Ñuñoa, San Miguel, Espejo, Maipú, Yungay, Barrancas, Renca, Quilicura, Lampa, Colina, Tiltil, San Bernardo, Tango, Talagante, Isla de Maipo, Peñaflor, Cisterna, Puente Alto, San José de Maipo y Curacaví.

Comuna de Santiago.-Sus límites

son: Al Norte, el camino del Carrascal y la calle Román Spech, desde la calle Villasana hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde la calle Román Spech hasta la calle Bulnes; la calle Bulnes, desde el río Mapocho hasta la Av. General Korner; la Av. General Korner, desde la calle Bulnes hasta el canal de la Punta; el canal de la Punta, desde la avenida General Korner hasta la calle del Molino; la calle del Molino, desde el canal de la Punta hasta la avenida Fermín Vivaceta; la avenida Fermín Vivaceta, desde la calle del Molino hasta la avenida Prado; la avenida Prado, desde la avenida Fermín Vivaceta, hasta la avenida Independencia; la avenida Independencia, desde la avenida Prado hasta la calle Pérez Cotapos; la calle Pérez Cotapos, desde la avenida Independencia hasta el callejón del Guanaco; el callejón del Guanaco, desde la calle Pérez Cotapos hasta la avenida Robles; la avenida Robles, desde el callejón del Guanaco hasta la avenida Recoleta; la avenida Recoleta, desde la avenida Robles hasta la avenida O'Higgins; la avenida O'Higgins, desde la avenida Recoleta hasta el camino del Salto; el camino del Salto y la calle Inés de Suárez, desde la avenida O'Higgins hasta la calle Unión; la calle Unión, desde la calle Inés de Suárez hasta el canal del Carmen, y el canal del Carmen, desde la calle de la Unión hasta el Portezuelo. Al Este, una línea recta desde el Portezuelo hasta el punto en que la calle San Gabriel enfrenta el río Mapocho; el río Mapocho, desde la calle San Gabriel hasta la calle Condell; la calle Condell, desde el río Mapocho hasta la avenida Irarrázaval; la avenida Irarrázaval, desde la calle

Condell hasta la línea del Ferrocarril, y la línea del Ferrocarril, desde la avenida Irarrázaval hasta la estación de Santa Elena. Al Sur, la línea del Ferrocarril de Circunvalación, desde la estación de Santa Elena hasta su empalme con el Ferrocarril del Sur. Al Oeste. la línea del Ferrocarril del Sur, desde su empalme con el Ferrocarril de Circunvalación hasta la calle Antofagasta; la calle Antofagasta, desde el Ferrocarril del Sur hasta la calle de Varas; la calle de Varas, desde la calle Antofagasta hasta la calle de Chorrillos; la calle de Chorrillos, desde la calle de Varas hasta la avenida General Velásquez; la avenida General Velásquez, desde la calle Chorrillos hasta la avenida Ecuador; la avenida Ecuador, desde la avenida General Velásquez hasta la calle Apóstol Santiago; la calle Apóstol Santiago. desde la avenida General Velásquez hasta la calle San Pablo; la calle San Pablo, desde la calle Apóstol Santiago hasta la calle de Villasana; y la calle de Villasana, desde la calle San Pablo hasta el camino del Carrascal.

Las calles y caminos enumerados en los límites precedentes forman parte de la comuna de Santiago en los sectores que sirven de deslinde.

Comuna de Conchalí.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones 24.", Huechuraba, y 25.*, Salto, en la parte no comprendida dentro de los límites de la comuna de Santiago; la parte de la subdelegación 15., Renca, situada al Oriente de la línea del Ferrocarril y la parte de la subdelegación 16.*, Quilicura, situada al Oriente de la misma línea y al Sur del camino de la estación de Quilicura.

Comuna de Providencia. Com

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prende la parte de la antigua subdelegación 5., Providencia, situada al Norte de las calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta imaginaria que las une, y las antiguas subdelegaciones 1., Las Condes; 2., Apoquindo, y 26., Mineral de Las Condes.

Comuna de Ñuñoa Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3., Tobalaba, y 4.', Ñuñoa, la parte de la antigua subdelegación 5., Providencia, situada al Sur de las calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta imaginaria que las une, y la subdelegación 15., Lo Cañas, del antiguo departamento de La Victoria.

Comuna de San Miguel.-Comprenrá las antiguas subdelegaciones: 6.*, Santa Rosa, y 7., Llano Subercaseaux.

Comuna de Espejo.-Comprenderá la antigua subdelegación 9.*. Chuchunco.

Comuna de Maipú.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones 10., Los Pajaritos; 11.', Maipú, y 12., Las Lo

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rá la antigua subdelegación 17.", Lam

pa.

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Comuna de Colina.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 18., Cañada de Colina; 19., Colina; 20.*, Baños de Colina, y 21., Chacabuco. Comuna de Tiltil. Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 22.", Tiltil, y 23., Caleu, y la parte de la antigua subdelegación 6., Montenegro, del actual departamento de Los Andes, que queda al Sur de la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua.

Comuna de San Bernardo.--Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.", San Bernardo; 9., Tres Acequias; 10., Cerro Negro, y 11., Bajos de Mena, del actual departamento de La Victoria.

Comuna de Peñaflor.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 2.3, Santa Cruz de La Victoria; 3.", Esperanza; 4., Peñaflor, y 19., Mallocɔ, del antiguo departamento de La Victoria.

Comuna de Tango.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.3, Calera de Tango, y 8.', Tango, del antiguo departamento de La Victoria

Comuna de Talagante.-Comprenderá la antigua subdelegación 5.a, Talagante, del antiguo departamento de La Victoria.

Comuna Isla de Maipo.-Comprenderá la antigua subdelegación 6.o, Isla Grande, del antiguo departamento de La Victoria y el distrito 3.o, El Monte, de la antigua subdelegación 5.o, Valdivia, del actual departamento de Maipo.

ΕΙ

Comuna de Cisterna. Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 17." La Granja, y 18., Camino de Santia

go, del antiguo departamento de La Victoria.

-

Comuna de Puente Alto. Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12., Puente Nuevo de Pirque, y 16.", Peral, del antiguo departamento de La Victoria.

Comuna de San José de Maipo.Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13., Canal de Maipo, y 14., San José, del antiguo departamento de La Victoria.

Comuna de Curacaví.-Comprenderá la antigua subdelegación 4., Curacaví, y la parte de la antigua subde. legación 5.*, Lepe, que queda dentro de los límites del departamento de Santiago.

DEPARTAMENTO DE MELIPILLA

Comprenderá las comunas de San Antonio, Melipilla, El Monte, María Pinto, Cartagena y Loica.

Comuna de San Antonio.--Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.*, San Antonio; 8., Cuncumén; 14.", Santo Domingo, y 15., Bucalemu, del antiguo departamento de San Antonio.

Comuna de Melipilla. - Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.*, Melipilla; 9., Matadero; 10.", Chocalán, y 11., Codegua.

Comuna de El Monte.-Comprenderá la antigua subdelegación 2.', San Francismo del Monte.

Comuna de María Pinto. Comprenderá la antigua subdelegación 3.*. María Pinto.

Comuna de Cartagena.-Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.*, Cartagena, y 20., El Tabo, del antiguo departamento de San Antonio.

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