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que era irrealizable en el mismo Rio de la Plata por estar los puertos de ámbas márjenes en poder de los independientes, se espresa en los siguientes términos respecto del desembarco al Sur del Rio Negro, en la costa patagónica: "No considero ace"quible, aprovechar la espedicion en ningun punto de la Amé"rica Meridional por aquella parte, pues aunque están al "Sur del Rio Negro los puertos de San Antonio y San José y son capaces, particularmente éste último para escuadras, no "es posible desde ellos transitar tropas por lo interior y aunque "los Rios Negro y Colorado proporcionen vados, hai que pasar 66 por terrenos despoblados faltos de todo recurso y por medio de dos Reinos revolucionados como son los de Buenos Aires "y de Chile."

Es evidente que para llegar al Alto Perú, esas tropas desembarcando en las costas del Atlántico, no necesitaban atravesar la cordillera de los Andes. Luego, cuando Banzá habla de pasar el Reino de Chile ántes de cruzar los vados de los Rios Negro y Colorado, reconoce que los territorios que se estienden al Sur de aquellas corrientes están comprendidos en él y caen bajo su jurisdiccion.

Pasemos a las pruebas de jurisdiccion eclesiástica.

La laguna de Nahuelhuapi se halla situada al Sur del grado 41 de latitud sur y en la falda oriental de los Andes, puesto que de ella nace el Limaylehi que se echa en el Rio Negro y corre hasta el Atlántico.

El señor Amunátegui ha demostrado, con una Real Cédula dirijida al Gobernador don José de Garro en 1683, que las misiones de la Compañía de Jesus establecidas en la isla y márjenes de ese lago, caian bajo la jurisdiccion de la Gobernacion Chilena y eran mantenidas con sínodos estraidos del Real Situado concedido al Reino.

Mas tarde en 1686, asesinado ya el Padre Mascardi por los indios Poyas en su tentativa de penetrar al interior evanjelizando y a reconocer el sitio de los Césares, el Provincial de los Jesui

tas de Chile propuso al Duque de la Plata, Virei del Perú, el envío de Padres de la Compañía a Nahuelhuapi, de la otra banda de la Cordillera, y el Duque lo concedió con referencia al Gobernador de Valdivia que lo era el Maestre de Campo Francisco Hernandez de Cifuentes. Esto no llegó a ejecutarse por motivos independientes de la cuestion jurisdiccional.

Por Real Cédula de 11 de mayo de 1697, el Rei mandó que se formase en Santiago una Junta Jeneral de Misiones del Reino, que debia ser convocada y presidida por el Gobernador con asistencia del Obispo de Santiago.

En 1699, el Visitador Jeneral de Misiones don José Gonzalez de Rivera, gobernando don Tomas Marin de Poveda, volvió a insistir "en la conveniencia de que se fundase siquiera una "mision pasada la Cordillera Nevada en la primera provincia "de aquel gran jentilismo, que son los Pehuenches, tierras del "Cacique Loncotipay, para que, esperimentando allí el fruto, "se prosigan las demas que todos claman por sacerdotes."

Sometida esta proposicision a la Junta de Misiones ante el Gobernador, fué adoptada y encargado el mismo misionero visitador Gonzalez de Rivera, de llevarla al deseado efecto. De los resultados conseguidos quedó tan satisfecho Marin de Poveda que con fecha de enero de 1700, escribia testualmente al monarca lo que sigue:

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"Habiendo tenido la fortuna de que en el tiempo de mi Go"bierno se haya conseguido fundar doctrinas y misiones entre "los indios ancaes fronterizos de las plazas fuertes de V. M. y que éstas hayan penetrado hasta lo interior de la tierra de esta jentilidad y entablado sus doctrinas, etc... ha sido mi par"ticular cuidado el comunicar este bien a la Nacion de los Pe"huenches, cuya habitacion es desde la Cordillera Nevada hasta "cerca del Estrecho de Magallanes en cuya grande latitud de "tierras hai innumerable jentío de esta Nacion... y les he man"dado proponer admitan misioneros."

En Noviembre de 1700 llegó a Chile provisto del título de Gobernador del Reino a suceder a Marin de Poveda, D. Francisco

Ibañez de Peralta. Este majistrado continuó estimulando el movimiento apostólico iniciado por sus antecesores y en comunicacion al Rei fecha 30 de Junio de 1703 le da cuenta de lo obrado a este respecto. "Despues, le dice, que llegué a este Reino y entré en "el ejercicio de estos cargos no ha ocurrido novedad alguna pa"ra que haya necesitado convocar la Junta de Misiones que "V. M. se sirvió mandar formar por su Real Cédula de 11 de "Mayo de noventa y siete; pero habiendo tenido repetidas no"ticias desde que estoi aquí del Gobernador de Chiloé de que "muchos indios de la parcialidad de las Poyas, que son aque"llos donde asistió el Padre Mascardi y donde le mataron por "haber querido penetrar la tierra adentro a querer reconocer el "paraje en que habitaban los Césares, y que dichos indios "solo pasaban a Chiloé a confesarse y a recibir los Sacramentos, asegurando que cuasi toda aquella parcialidad se mantenia en “la observancia de la Relijion Católica desde que murió el Pa"dre Mascardi, que habrá treinta años, y que pedian con gran "des instancias que se les enviasen misioneros para que les pu"diesen suministrar los Sacramentos e instruir a los niños en los "misterios de la Relijion, y que con mayor razon se les debia "conceder a ellos el que tuviesen ministros que les asistiesen y "enseñasen que no los demas indios que estaban de esta parte "de la Cordillera, porque desde que pasó el Padre Mascardi a "aquel paraje se conservaron con solo una mision y que mien

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tras los demas veian con violencia a los misioneros ellos los "solicitaban pidiendo se les diese aquel consuelo, y habiéndome "referido dicho Gobernador de Chiloé diversas veces estas no"ticias resolví, pocos dias há, convocar la Junta de Misiones para dárselas, y, habiéndolo ejecutado así, se convino en ella se enviasen dos padres de la Compañía para que asistiesen a la "mision de dichos Poyas, que se les señalase el propio sínodo o "asistencia que está determinado a los demas misioneros que

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están empleados en este ejercicio en todas las reducciones de "indios, por convenir, pues tenemos, Señor, por cierto que se "sacará mas fruto de esta mision que de todas las demas juntas,

"supuesto que se reconoce que sin tener persona que les afirme "en los misterios de la fé, permanecen los adultos de aquella "reduccion de los Poyas desde que el Padre Mascardi pasó a "ella, y aunque sea añadiendo este costo mas al Situado me ha parecido mui del servicio de Dios y de V. M. que a aquella jente se les envien ministros que los mantengan en el verdadero conocimiento de la Relijion Evanjélica de que me ha pare"cido dar cuenta a V. M. esperando de su católico celo lo ten"drá a bien.

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Desde 1703 quedó, pues, refundida la mision de Nahuelhuapi, y a instancias del Provincial de los Jesuitas se envió con este objeto a los Padres Juan José Guillermo, como Superior, y Felipe de la Laguna, de órden del Gobernador de Chile y se pagó su sínodo con los dineros del Situado del Reino.

Poco despues se presentó el Padre Guillermo manifestando al Gobernador que para la conservacion de la mision era indispensable, se le concediesen doce indios de encomienda de los ya cristianisados de Calbuco. Aquel funcionario concedió todo lo solicitado, elevándolo al mismo tiempo al conocimiento del soberano, en solicitud de su aprobacion.

El Rei impuesto de todo, confirmó y aprobó la mision de Nahuelhuapi en los campos de la falda oriental de la cordillera en real cédula fechada en febrero de 1713.

En ese documento se leen los siguientes acápites:

"Habiéndose visto en mi Consejo de Indias, juntamente com "el informe que sobre este particular me hizo la Audiencia de แ ese Reino y el Dean de la Catedral de esa ciudad y el Padre "Gonzalo de Covarrubias, Procurador Jeneral de las misiones "de él, etc..... he venido en confirmar y aprobar como por la presente confirmo y apruebo la espresada mision y providen"cia dada por el Gobernador de esas provincias en primero "de diciembre de setecientos y ocho en todo y por todo, segun

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y como se contiene..... y mando al Presidente y Oidores de "mi Audiencia de la ciudad de Santiago en las provincias de Chi"le, a mi Gobernador de ellas y a la Junta de misiones esta

“blecida en dicho Reino y a todas las demas personas a quienes "tocare el cumplimiento de esta mi resolucion, la observen y "guarden y cumplan y ejecuten en todo y por todo, poniendo particular cuidado en el aumento y conservacion de esta nue"va mision de indios Puelches y Poyas, nombrada Nuestra "Señora de la Asuncion de Nahuelhuapi."

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En otra Real Cédula de la misma fecha, el Rei comunica al Virei del Perú que ha tenido a bien "confirmar la mision nom"brada de Nuestra Señora de la Asuncion de indios Puelches "yPoyas en la provincia de Nahuelhuapi del Reino de Chile, que se resolvió erijir en la Junta Jeneral de misiones de Santiago."

En noviembre de aquel mismo año de 1713, determinando la manera cómo habia de subvenirse a los gastos de la mencionada fundacion trasandina, S. M., en Real Cédula dirijida a los Oficiales Reales de Potosí, dice testualmente que "atendidos "el atraso y miseria esperimentados y que esperimentan los relijiosos de la mision nombrada Nuestra Señora de la Asun"cion de indios Puelches y Poyas que nuevamente se ha vuelto "a establecer en la provincia de Nahuelhuapi, del Reino de "Chile, mando que en las bajas de vuestro cargo que son en "las que tengo mandado pagar el situado del dicho Reino de

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Chile, separeis, en cada un año, así los cuatro mil y ocho"cientos pesos que están asignados para los sínodos de las mi"siones que antes estaban establecidas, como tambien lo que

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correspondiere al sínodo de la que nueva y últimamente se "ha erijido y tengo confirmada de indios Puelches y Poyas en "la Provincia de Nahuelhuapi en dicho Reino de Chile, previ“niéndoos, al mismo tiempo, que la suma de la cantidad que, por el espresado motivo, satisfaciereis, la hayais de desfalcar "precisamente del todo del situado del referido Reino de Chile "y la remitais de ménos a él.”

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Nueve años mas tarde los jesuitas solicitaron que el sínodo que se les abonaba en las cajas de Potosí, se les pagase en Lima, y el Rei, en una nueva cédula, vuelve a llamar aquella rejion que

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