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ma causada por la casual publicacion de la nota dirijida al Ministro Argentino y que viene á mostrar una vez mas la prudencia aconsejada por las buenas prácticas diplomáticas de no abandonar á la publicidad notas semejantes, que serán aplicadas á propósitos subversivos-Esta mi nota y la que se sirve comunicarme serán publicadas para el objeto que tiene en vista.

Saludo á S. S. con toda consideracion.

D. F. SARMIENTO.

A S. S. el señor Encargado de Negocios del Paraguay, D. Cárlos Saguier.

Legación del Puraguay.

Señor Ministro:

Buenos Aires, Setiembre 18 de 1879.

Tengo el pesar, atentos mis recuerdos de nuestra conferencia de anteayer, de no poder confirmar, en todas sus partes, el contenido de la nota que V. E. me ha necho el honor de dirijirme ayer tarde á propósito de la internacion de asılados Correntinos en el territorio de la República del Paraguay.

Nuestra conferencia tuvo lugar el mártes.

La publicacion de la nota, que motiva la de V. E. ha sido hecha el miércoles. Es, pues, evidente que la prevencion amistosa de V. E. no ha debido su origen á una publicacion que no habia sido aún verificada-V. E. me manifestó en esa conferencia lo que se sirve indicar en su precitada nota y me es grato confirmar esta parte de su contenido; pero V. E. me ha de permitir observarle que la adhesion que invoca de mi parte no tuvo ni podia tener todo el alcance que hoy le atribuye.-Yo no tenia conocimiento, oficial, ni privado, de los actos y jestiones sobre que versa esta correspondencia, y V. E. solo se sirvió referirse á ellos sin darme lectura del testo de los documentos cambiados. Tampoco tenia yo la menor instruccion de mi Gobierno para ocuparme de este asunto y la misma correspondencia á que V. E. se refirió probaba que la gestion pendia ante mi Gobierno por iniciativa del Encargado de Negocios Argentino en el Paraguay. En esta situacion, ¿como podia yo asentir á los juicios de V. E. respecto de la medida de mi Gobierno sobre al cual recaia? -Lo que sin duda á inducido á V. E. á suponer que yo asentia á tales juicios es que, sin abrir opinion acerca del hecho en concreto, no pude menos, de hallar en abstracto fundado á V. E. cuando negaba á los Gobiernos de Provincia el derecho de dirijir á Gobiernos Estrangeros solicitudes de internacion que me presté con sumo placer á escribir confidencialmente á mi Gobierno sobre los sucesos que motivan esta emergencia. Sin que sea mí ánimo abrir discusion alguna sobre este asunto, para lo cual no estoy competentemente autorizado, permitame V. E. manifestarle con respetuosa franque

za, que si la nota publicada fuese auténtica, lo que ignoro hasta la fecha, ella léjos de dar márgen á reclamaciones contra la conducta de mi Gobierno, demostraria por el contrario qué, aleccionado por la reciente y dolorosa esperiencia del Galileo ha llenado espontáneamente sus deberes de buena vecindad hacia una República hermana, á la vez que ha salvado su propia soberania gravemente comprometida por la actitud sediciosa de parte de la emigracion Correntina en el Paraguay. Réstame declarar á V. E. que, por mi parte, espero con gusto la publicacion de estas notas que V. E. se sirve anunciarme, y agregar que la publicacion de la que motiva esta correspondencia no puede ser atribuida á mi gobierno, y no justifica de consiguiente el recuerdo que V. E. me hace de las buenas prácticas diplomáticas en mi carácter de representante de un Gobierno que siempre las observó escrupulosamente en sus relaciones con el de V. E.-Fspero que V. E., trayendo de nuevo á exámen los antecedentes de este asunto, se dignará acoger favorablemente la justicia de mis observaciones junto con las cuales tengo el honor de representarle el testimonio de mi mas alta consideracion y alto respeto.

CARLOS SAGUIER.

A S. E. el señor D. Domingo F. Sarmiento, Ministro Interino de Relaciones Esteriores de la República Argentina.

Legacion Argentina en el Paraguay.

Señor Ministro:

Asuncion, Setiembre 26 de 1879.

Tengo el honor de comunicar á V. E. que despues de estas notas cambiadas con este Gobierno sobre la internacion que habia ordenado á algunos ciudadanos Argentinos residentes en el Paraguay, he tenido conocimiento extra-oficialmente de que habian sido suspendidas las órdenes dictadas con tal objeto. Sé al menos que dichas órdenes fueron suspendidas en cuanto a los ciudadanos argentinos que se habian dirijido á esta Legacion dando conocimiento del hecho y reclamando se les hiciera respetar sus derechos de residentes - Mas como comuniqué á V. E. la medida adoptada tal como se trató de hacerla efectiva, era general, y abarcaba á todos los que pudieran considerarse como emigrados políticos de Corrientes, y no sé hasta este momento si algunos ciudadanos argentinos habian sido obligados efectivamente á abandonar los puntos de su residencia internandose hacia el norte del Paraguay. -En mi confidencial del 7 del corriente manifesté à V. E. que por mi parte no abrigaba duda alguna en cuanto á que este Gobierno carecia completamente de derecho para hacer efectiva la internacion que habia ordenado, teniendo presentes los tratados existentes con el Paraguay, y la circunstancia de no haber mediado requisicion alguna de parte de nuestro Gobierno para dicha internacion.

Pero al mismo tiempo hice presente las razones por las cuales suspendia la gestion iniciada sobre este asunto, hasta tanto V. E. pudiera comunicarme las instrucciones que juzgase conveniente.Subsistentes dichas razones, intencionalmente me he abstenido de pedir informe de este Gobierno sobre lo que haya hecho en virtud de la medida adoptada, para evitar el caso de reclamar la revocacion de cualquier órden de internacion hasta no recibir las instrucciones que de V. E. deseo-Mas si éstas no me vinieran oportunamente, pediré á este Gobierno los informes indicados, y si algunos ciudadanos argentinos hubieran sido internados reclamaré inmediatamente la suspension de dicha medida y el respeto para aquellos, de su derecho de libre residencia conforme à las leyes del país que está especialmente garantido por el tratado de amistad etc. celebrado entre la República Argentina y el Paraguay: pues juzgo de mi deber no dejar sentado el precedente de que este Gobierno sin requisicion alguna de parte del Argentino pueda administrativamente ordenar la internacion de nuestros conciudadanos, haciendo pesar sobre ellos todos los perjuicios consiguiente à una medida de este género so pretesto de supuestos conatos de conspiracion contra su propio país.-Tal será la regla de conducta que observaré en esta emergencia, si oportunamente no recibiese indicaciones en sentido contrario.

Saludo á V. E. con mi distinguida consideracion.

T. ACHAVAL RODRIGUEZ.

Exmo. señor Ministro de Reiaciones Esteriores de la República Argentina.

Ministerio de Relaciones Esteriores.

Buenos Aires, Octubre 17 de 1879.

Señor Encargado de Negocios:

Acuso recibo á la nota de S. S. fecha 26 de Setiembre en que comunica haber tenido conocimiento estrajudicialmente de haber sido suspendidas las órdenes dictadas para la internacion de argentinos.

Saludo á S. S. atentamente.

L. GONZALEZ.

A S. S. el señor Encargado de Negocios Argentino en el Paraguay, Doctor D. Tristan Achaval Rodriguez.

Legacion Argentina en el Paaaguay.

Señor Ministro:

Asuncion, Octubre 23 de 1879.

Tengo el honor de remitir á V. E. en copia bajo los números 1,2,3 y 4 las últimas notas cambiadas con este Gobierno sobre la internacion de algunos ciudadanos argentinos de que en oportunidad di cuenta á ese Ministerio, y con las cuales quedó terminado ese incidente.

Como V. E. observará, en mi última nota, copia No. 3, al reclamar de este Gobierno la renovacion, invocaba entre otros fundamentos la circunstancia de no haber mediado requisicion alguna de parte de nuestro Gobierno que hubiera provocado la medida adoptada; al hacerlo asi, tenia presente los tratados subsistentes entre la República Argentina y el Paraguay.

Este Gobierno en su última nota, copia No. 4, en que contestó la indicada de esta Legacion, al mismo tiempo que manifestó su resolucion de revocar las órdenes de internacion, juzgó conveniente espresar que para la adopcion de tal medida, creia que no era en modo alguna necesaria una requisicion prévia de parte de nuestro Gobierno.

Habiéndose alcanzado el objeto de la reclamacion, he creido que debia dar ésta por terminada con la referida nota de este Gobierno, sin entrar en una discusion, que habia sido fuera de oportunidad, sobre la necesidad de prévia requisicion en un caso de internacion como el que ha tenido lugar.

Por lo demás la manifestacion de este Gobierno quedó de antemano contradicha en mi referida nota, copia No. 3.

Saludo á V. E. con mi distinguida consideracion.

T. ACHAVAL RODRIGUEZ.

A S. E. el señor Ministro de Relaciones Esteriores de la República Argentina.

COPIA N° 1.

Legacion Argentina en el Paraguay.

Señor Ministro:

Asuncion, Octubre 9 de 1879.

El infrascrito, Encargado de Negocios de la República Argentina, tiene el honor de manifestar á V. E. que aunque por informes de los mismos interesados, tiene conocimiento de que con posterioridad á la nota de ese Ministerio de 6 de Setiembre próximo pasado, las órdenes de internacion intimadas á ciudadanos argentinos por autoridades sulbalternas del litoral, fueron suspendidas en sus

efectos, respecto á algunos de ellos; no obstante, no sabiendo el infrascrito, si esto hubiere sucedido respecto á todos, y á fin de llenar instrucciones de su Gobierno, pide á V. E. se digne comunicarle si á mérito de órdenes del Exmo. Gobierno de V. E. llegó el caso de que algunos ciudadanos argentinos fuesen obligados á abandonar los puntos de su residencia é internarse en el territorio nacional; en cuyo caso espera así mismo que V. E. se servirá designar por su nombre las personas que hubieren sido objeto de aquella medida.

Esperando el infrascrito que V. E. tendrá á bien comunicarle los datos que solicita, se complace en reiterar á V. E. las seguridades de su consideración distinguida.

(Firmado.)-T. ACHAVAL RODRIGUEZ.

A S. E. el señor Ministro de Relaciones Esteriores de la República del Paraguay.

COPIA No. 2.

Ministerio de Relaciones Esteriores.

Señor Encargado de Negocios:

Asuncion, Octubre 10 de 1879.

He tenido el honor de recibir su nota fecha de ayer, en la cual me pide le comunique la nómina de los emigrados políticos argentinos que hubieren sido intimados en virtud de órdenes impartidas por el Gobierno de la República.

En respuesta, debo manifestar á V. S., que tan pronto como el Gobierno obtenga los datos solicitados en la indicada nota, me haré el honor de trasmitirlos á la Legacion de su digno cargo.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar á V. S. las seguridades de mi distinguida consideracion y estima.

(Firmado.)-JOSÉ S. DECOUD.

A S. S. el señor Encargado de Negocios de la República Argentina en el Paraguay, Doctor D. Tristan Achaval Rodriguez.

COPIA No. 3.

Legacion Argentina en el Paraguay.

Señor Ministro:

Asuncion, Octubre 16 de 1879.

El infrascrito, Encargado de Negocios de la República Argentina, tiene el honor de manifestar á V. E., que su Gobierno con conoci

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