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Lanas-En el primer trimestre los precios quedaron en calma y no hubieron transacciones importantes á causa de que las calidades de Africa se vendieron á precio mas conveniente. Siguió la calma en el segundo y tercer trimestre, y en el cuarto, si bien los precios mejoraron, no se verificaron transacciones importantes por la escases del artículo, siendo las nuevas llegadas destinadas para el Interior y contratadas directamente en su origen.

Sebo-En el sebo no hubo transacciones importantes; las cantidades llegadas tanto de la República Argentina, como de los EstadosUnidos, vinieron ya destinadas á varias fábricas; y las de menor importancia no queriéndolas pagar arriba de 85 liras italianas papel los 100 kilógramos, las que quedaban depositadas en esta plaza, mientras los poseedores.con motivo del aumento en su orígen, exigen 90 liras el quintal.

Cueros lanares-Este artículo encontró siempre buena colocacion, por ser buscado.

Consideraciones

Tales son los datos que sobre estos diversos puntos arrojan los libros de esta Cancilleria y los que debo transmitir sobre el movimiento cemercial respecto á los artículos de esportacion de la República Argentina á este puerto y plaza, todo lo cual encontrará V. E. detallado en los adjuntos Estados Generales.

Pero, creeria faltar á mi deber, si no hubiera declarado desde luego á V. E. que los datos que esta Cancilleria puede suministrar respecto á la esportacion no son del todo exacto, y si no señalára las causas que produce este resultado, á pesar, y aun inutilizando en gran parte los esfuerzos, con que procuro por mi parte llenar los objetos importantes de la institucion consular, en servicio de tan vitales intereses del país.

En el deseo de presentar á V. E. en toda su estension la causa principal que produce este resultado, me honro en adjuntar cópia auténtica del estado general que el señor Cónsul de España ha tenido la bondad de transmitirme, cuyo original queda archivado en esta Cancilleria.

La comparacion de esta lista con la tomada de los libros Consulares pone de manifiesto la sensible diferencia entre el número de los buques, cuyos capitanes se han presentado al Consulado, en cumplimiento de la Ley, y los que efectivamente han salido, sobre lo que creí de mi deber, en fecha Noviembre 2 del año próximo pasado llamar la atencion del honorable cólega de V. E. er el Ministerio de Hacienda, pues, me veo en la obligacion de pasar á V. E. los datos que anteriormente dejo indicados, respecto al movimiento marítimo y de esportacion desde este puerto en 57 buques, midiendo 74,522 toneladas y tripulados por 3,467 marineros, esta diferencia, que consiste en 10 buques que salen sin la destinacion general y vayan para el Rio de la Plata, de tránsito para puertos de España, espresion, que no puede tener otro objeto, que el de ocultar el verdadero punto de su destino, y tanto mas cuando toman carga

psra Buenos Aires. Los perjuicios resultantes de este proceder, son muchos; y tomando en globo los puertos principales, me permito indicar á V. E. algunos de ellos, que tocan mas directamente á los objetos mismos de la institucion Consular.

Es muy claro, que de este modo los Cónsules quedan en la imposibilidad de presentar al Exmo. Gobierno datos acertados sobre la importancia del desarrollo marítimo y de esportacion, pues, mientras los Cónsules despachan un número de buques conforme á la Ley; otros van esquivando su conocimiento é intervencion, limitada á la visacion de las patentes de sanidad y legalizacion de los manifiestos de carga:

-La legalizacion de los manifiestos de carga tiene por uno de sus objetos el evitar, que el Tesoro Nacional sea perjudicado por el contrabando.

Punto tambien de séria importancia, es el hecho de esquivar la legalizacion de los manifiestos, sometiéndose á una multa (por otra parte bien limitada) no puede menos de tener un objeto no conforme á la Ley, y esta reflexion se hace tanto mas fundada por la circunstancia de ocultarse el verdadero destino de los buques.

Merece tambien por cierto, ser considerado este proceder de los capitanes de buques en su relacion con la sanidad pública, que pone peligro los que se presenten sin los requisitos exigidos por la Ley, del estado de sanidad del punto de donde emprenden su viage, los cuales, para no presentar los manifiestos de carga, omiten presentar la patente de sanidad, y este proceder no puede ser calificado, sinó de muy culpable, como que van á esponer por su culpa la salud y la vida de un pueblo, que les abre sus puertas para el ejercicio del comercio, etc., pero que no ha olvidado de darse las leyes que garanten la sanidad pública.

La garantia en el esterior de esas leyes y por consiguiente de la sanidad pública, que ellas procuran salvar, es la vigilancia de los Cónsules, que aun en medio de las epidemias permanecen en su puesto para velar que no sea comprometida, ó puesta en peligro la salud y la vida de sus conciudadanos, y esta garantia desaparece del todo, desde que los capitanes dejen de presentar, para ser visadas, las patentes de sanidad, por no presentar los manifiestos de carga.

Séame permitido tambien, Exmo. señor, notar aquí que las patentes, sin la visacion de los Cónsules, no pueden ser una garantia suficiente, pues es indudablemente muy posible y nada raro el caso, en que a patentes limpias de los oficios de sanidad local, tengan los Cónsules que hacer observaciones muy justas eh el interés del propio pais.

á

No es necesario entrar en detalles sobre las circunstancias que pueden fácilmente exigir de los Cónsules este procedimiento, en cumplimiento de sus deberes; ni sobre la necesidad, de que la vigilancia de los Cónsules al respecto se estendiera á todos y cada uno de los buques, que se dirijen á la República Argentina, y á fin de que V. E. conozca el sistema que se adopta por aquellos capitanes, que se despachan en dichos términos, diré :

Que ellos reciben carga para Buenos Aires ó Rio do la Plata, hasta la concurrencia que le permita la carga, que tienen ya contratada sus armadores en uno de los puertos del litoral español.

En seguida se despachan en este Consulado de España, donde declaran la carga que tienen embarcada para Buenos Aires ó Rio de la Plata, de tránsito para el puerto de España, donde se dirijen y á la órden de sus consignatarios en aquel puerto, en que completan su cargamento y despues el mismo consignatario destina la carga de Génova, que va á su orden para Buenos Aires, formula el manifiesto general, al que agrega la última para Buenos Aires, cuyo manifiesto viene en seguida presentado al Cónsul Argentino para su legalizacion.

Comprendo, que con estas diligencias se tiene en vista facilitar en lo posible al comercio y á la marina mercante, pero me resisto á admitir, que la carga procedente de Génova, pueda ser en su to. talidad declarada por el capitan, quien es el que redacta el mani. fiesto de carga y constada por el Consul.

Son pues evidentes los perjuicios indicados ántes, á mas de los que resulten á los Cónsules residentes en el puerto, de donde procede la carga.

Anteriormente se tentó por algunos espedicionarios proceder igualmente con este Consulado, contraviniendo á las disposiciones de la Aduana Nacional, y en perjuicio de los derechos de mi colega de Nápoles, en lo que recibieron un absoluto rechazo, que no solo se vieron forzados á acudir á dicho Cónsul, cortando asi de una vez el abuso que se intentaba introducir, de lo que claro resulta, que si se procediera igualmente con los capitanes, que se despachan con carga de tránsito para los puertes de Espana, se evitarian estos perjudiciales abusos.

Debo tambien informar á V. E. que, visto las repetidas quejas de la prensa de la República Argentina, sobre ocultacion en el desembarque en contravencion á las leyes de Aduana asi como el resultado satisfactorio, que dió con el Gobierno de Grecia la medida de la visacion y duplicado de los conocimientos de carga de cada buque, con que se procede en este Consulado de Grecia, adopté, en tutela de los intereses de la Nacion, igual procedimiento, que puse en práctica á principio del presente año y por lo mismo no llegarán buques á esos puertos, sin llevar los relativos conocimientos de su carga, visados, con el duplicado de los mismos y cerrados en sobre separado, dirijido al señor Administrador de Aduana de la Nacion, sin que por estas diligencias, ni los capitanes, armádores y cargadores, sean forzados al mas minimo desembolso, sistema, que al facilitar el control en esa, lo es igualmente en este Consulado en toda ocasion en que se haila en la precision de dar esclarecimientos á las Aduanas de la República sobre algunas mercaderías embarcadas.

Por estas y otras consideraciones que no se ocultan á V. E., me he creido en el deber como lo hecho de someter á su superior juicio, y últimamente al del espresado honorable colega de V. E. en el Ministerio de Hacienda, la necesidad de medidas que corten tan

grande abuso y que sean una garantía eficaz de la sanidad pública y del Tesoro Nacional, y que son adoptadas por todas las Naciones, en garantía de estos grandes intereses.

Fallecimiento del ciudadano argentino D. Ignacio Rodriguez de la Torre

A su debido tiempo informé á ese Ministerio, sobre el fallecimiento del apreciable conciudadano el señor don Ignacio Rodriguez de la Torre que tuvo lugar en Montecatini (Toscana) á fines de Agosto de 1879, despues de haber permanecido en tiempo de su grave enfermedad dos meses en mi casa, atendido por el afecto del amigo y con el cuidado que su estado requeria. Sus últimas voluntades que dejó por escrito y declaró ante dos Testigos, el señor Juez de primera Instancia del partido de Montecatini doctor don Angel Gabrielli y del argentino Doctor Reinaldo Giudici, que lo acompa ñaba, fueron por mí cumplidas, recibiendo todo cuanto al mismo pertenecia, que remití al señor don Luis Botet, su apoderado general

en esa.

Auxilios

Este Consulado ha atendido, subvencionando y proporcionándoles embarque à 7 marineros argentinos, varios de los cuales eran náufragos de buques ingleses, y otros reducidos á la miseria por hallarse desembarcados.

Trabajos impresos

El número de los artículos publicados para fomentar la Inmigracion y en servicio de los intereses nacionales fueron 23, que se acompañan en el folleto citado sobre el Chaco.

Movimiento epistolar

Este ascendió durante el año indicado al número de 1,212 cartas espedidas, de las cuales 293 oficiales y 919 destinadas al ramo de la Inmigracion y al número de 631 las cartas recibidas, siendo de ellas 357 relativas al servicio oficial y 274 para el de la Emigracion, como resulta de los Estados que se acompañan.

Adjunto tambien à V. E. la cuenta general de Entradas y gastos de este Consulado durante el mismo año, por la cual se servirá imponerse que entraron pfts. 7,124.80 cs., y los gastos se elevaron

visto la multiplicidad de los diversos trabajos que se atendieron, á pfts. 10,140 con 65 cs. por cuyas cifras resulta un pasivo de pfts. 3,015 y 85 cs.

Llenado mi deber de informar á V. E. sobre los trabajos generales de este Consulado, correspondiente al año de 1879, felicito al Exmo. Gobierno y á V. E. por los grandes progresos planteados en el país bajo la ilustrada presente Administracion, aprovechando la ocasion para reiterar á V. E. la espresion de mi mas alta consideracion y respeto.

Dios guarde á V. E.

Eduardo Calvari.

A S. E. el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Relaciones Esteriores, Doctor D. Lúcas Gonzalez.

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